¿Qué tienes que saber?
Programas:
1. Apoyo a la organización de formatos innovadores o extraordinarios de competiciones deportivas femeninas y en igualdad dentro y fuera del ámbito federativo.
1.1. Apoyo a la organización de formatos innovadores o extraordinarios de competiciones deportivas femeninas.
1.2. Apoyo a la organización de formatos innovadores o extraordinarios de competiciones deportivas adaptadas e inclusivas
2. Apoyo a la formación del personal tecnicodeportivo en igualdad y de las técnicas, de las árbitras, de las juezas, de las tutoras de juego y de las entrenadoras.
3. Apoyo a las campañas de sensibilización de la práctica deportiva en igualdad de género y en inclusión de personas con discapacidad, para niños y adolescentes.
3.1. Apoyo a las campañas de sensibilización de la práctica deportivas en igualdad de género, para niños y adolescentes.
3.2. Apoyo a las campañas de sensibilización de la práctica deportiva inclusiva de niños y adolescentes con discapacidad.
Apoyo|Soporte a la práctica deportiva de las personas con discapacidad de los centros de educación especial.
Programa 1
- Federaciones deportivas catalanas
- Consejos deportivos
- Universidades catalanas
- Clubs deportivos
Programa 2
- Federaciones deportivas catalanas
- Consejos deportivos
Programa 3
- Centros educativos de primaria y secundaria, públicos y concertados, reconocidos por el Departamento de Educación
- Entidades deportivas
- Entidades no deportivas, con secciones deportivas
Programa 4
- Centros de educación especial, reconocidos por el Departamento de Educación
Plazo de presentación de las solicitudes: del 27 de octubre al 10 de noviembre de 2023.
El plazo para presentar la justificación finalitza el día 30 de enero de 2024.
La documentación la encontraréis a cada uno de los pasos de la tramitación.
Las entidades deportivas y las no deportivas con Secciones deportivas:
- Tienen que estar inscritas o adscritas al Registro de entidades deportivas de la Generalitat de Catalunya (REE)
- La junta directiva, u órgano de gobierno correspondiente, tiene que estar debidamente inscrito o con la documentación correspondiente presentada en el REE o en lo que corresponda.
No se tienen que pagar tasas para este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
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Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta?El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la correspondiente convocatoria en el DOGC. [...]
¿Cuándo se recibe la respuesta?
El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la correspondiente convocatoria en el DOGC. Una vez transcurrido este plazo, si no se ha producido la notificación mencionada, los interesados pueden entender que sus solicitudes han sido desestimadas por silencio administrativo.
¿Qué respuesta se recibe?
La resolución final del procedimiento se notifica a las personas interesadas mediante su publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, accesible desde la sede electrónica. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.
¿Se puede presentar recurso?
Se puede interponer recurso de alzada ante|delante de la persona titular del Departamento competente en materia de deportes, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de la resolución. -
Tercer paso
Recibir la ayuda
Una vez publicada la resolución de concesión definitiva y sin que haga falta ninguna petición específica por parte de las entidades, el CCE tramita el documento [...]
Una vez publicada la resolución de concesión definitiva y sin que haga falta ninguna petición específica por parte de las entidades, el CCE tramita el documento de anticipo por el % del importe de la subvención indicado en las bases de la convocatoria hasta el 100%.
