¿Qué tienes que saber?
La Creu de Sant Jordi es una distinción que reconoce por sus méritos personas o entidades que han prestado servicios destacados en Cataluña en defensa de su identidad o en el plan cívico y cultural.
Si no se concede la Creu de Sant Jordi a una candidatura el año en que lo has presentado, el expediente sigue abierto y se pueden añadir cartas y firmas de apoyo.
Si quieres presentar la candidatura de manera presencial, es recomendable pedir cita.
A cualquier ciudadano, ciudadana o entidad.
La puedes solicitar en cualquier momento.
¿Qué documentación se tiene que presentar?
Tienes que dirigir una carta al consejero o consejera de Cultura de la Generalitat en que presentes a una persona o entidad como candidata a recibir la Creu de Sant Jordi.
Si propones una persona como candidata, a la carta se le tienen que adjuntar:
- un documento con los datos siguientes de la persona propuesta:
- nombre y apellidos
- lugar y fecha de nacimiento
- dirección y teléfono (opcional)
- el currículum en que especifiques los méritos por los cuales se merece la Cree.
Si propones una entidad como candidata, a la carta se le tienen que adjuntar:
- un documento con los datos siguientes de la entidad propuesta:
- nombre completo de la entidad
- lugar y fecha de constitución
- dirección y teléfono corporativos del presidente o presidenta, o del secretario o secretaria
- un documento que recoja la trayectoria de esta entidad y en que especifiques los méritos por los cuales se merece la Cree.
Esta carta puede ir acompañada de firmas de apoyo individuales o presentadas en bloque.
¿Cómo se tiene que presentar esta documentación?
Preferentemente tienes que presentarla con los anexos en un soporte electrónico y adjuntados a la petición en línea.
Lo tienes que hacer siguiendo estas instrucciones:
- si tienes documentos en soporte electrónico, adjúntalos a la petición en línea.
- si son publicaciones en papel (libros, artículos, etc.), indícanos la referencia bibliográfica.
- si son obras de arte o similares, adjunta un documento electrónico con una ficha descriptiva de la obra (fotografía, características principales e institución o colección que la custodia).
Si no puedes referenciar o digitalizar una parte de la documentación, puedes entrégala en la oficina de registro de Palau Marc, junto con una copia o referencia de la petición en línea, para que pueda ser valorada. Una vez entregada, esta documentación se podrá recuperar de la oficina de registro de Palau Marc en un máximo de tres meses, transcurridos los cuales será eliminada.
No se tienen que pagar tasas para este trámite.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede proponer una candidatura a la Creu de Sant Jordi?
Cualquier ciudadano, ciudadana o entidad.
¿Quién puede recibir la Creu de Sant Jordi?
Una persona o entidad que haya prestado servicios destacados en Cataluña en defensa de su identidad, o en el plan cívico y cultural.
¿Puedo proponer una candidatura en nombre de otra persona o entidad?
Sí, pero habrá que contar con el consentimiento de la persona propuesta para facilitar los datos de contacto al Departament de Cultura y al Departament de Presidencia en la presentación de la propuesta de candidatura y para gestionar, si procede, el otorgamiento.
¿Las personas residentes en otras comunidades autónomas o países pueden recibir la Creu de Sant Jordi?
Sí.
¿Las entidades que tienen la sede fuera de Cataluña pueden recibir la Creu de Sant Jordi?
Sí.
¿Una persona difunta puede recibir la Creu de Sant Jordi?
Sí, pero sólo en dos casos:
si se ha decidido concederle la Creu de Sant Jordi antes de su muerte.
si la defunción se ha producido entre la última concesión de la distinción y la edición posterior.
¿Puedo presentar una candidatura para más de una persona o entidad en una misma solicitud?
No, lo tienes que hacer en diferentes solicitudes.
¿Cuál es el plazo para presentar una candidatura?
La puedes presentar en cualquier momento.
¿Hay algún límite de cartas y firmas de adhesión a una candidatura?
No.
¿Cuántas Creus de Sant Jordi se conceden cada año?
No hay establecida ninguna cantidad mínima o máxima, tal como se puede ver en el apartado Todas las ediciones de la web Creu de Sant Jordi. Encontraras una cronología en que aparecen las personalidades y entidades distinguidas desde 1982 hasta la actualidad.
¿Quien recibe la Creu de Sant Jordi también recibe un premio monetario?
No. Las personas que reciben la Cruz reciben una medalla y las entidades, una placa.
¿Què pasa en caso de defunción de la persona distinguida?
En caso de defunción de la persona distinguida, la Generalitat publica la esquela a los medios de comunicación.
Hay que comunicar la muerte al Gabinete de Relaciones Externas y Protocolo del Departamento de Presidencia por teléfono o correo electrónico.
- Teléfono: 934 024 618
- Correo electrónico: protocol.presidencia@gencat.cat
¿Cómo sabré que se concede la Creu de Sant Jordi a la persona o entidad que he propuesto?
El Departamento de Cultura llamará por teléfono a la persona o entidad distinguida.
¿Cómo puedo saber si alguien ya ha recibido la Creu de Sant Jordi?
Ve al apartado Todas las ediciones de la web Creu de Sant Jordi. Allí hay una cronología en que aparecen las personalidades y entidades distinguidas desde 1982 hasta la actualidad.
¿Si no se concede la Creu de Sant Jordi a mi candidatura, lo tengo que volver a presentar?
No. Si no se le ha concedido la Cree, la candidatura queda abierta y se pueden añadir más cartas y firmas de apoyo.
¿Si tengo alguna duda, con a quien puedo contactar?
Con la Oficina de Relaciones Institucionales del Departamento de Cultura a través del correo electrónico relacionsinstitucionals.cultura@gencat.cat
Pasos a realizar
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Primer paso
Hacer la propuesta de candidatura