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Pasos a realizar

  1. 1. Presentar la declaración
  2. 2. Consultar el estado del trámite
  3. 3. Recibir respuesta de la Administración
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Declaración individual del pensionista

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CUÁNDO
En plazo

Del 01/01/2026 al 31/03/2026

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Normativa

  • Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  261  publicado el 31/10/2015)
  • Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla, en materia de pensiones no contributivas, la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  69  publicado el 21/03/1991)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Es un documento que debes presentar durante el primer trimestre de cada año si recibes una pensión no contributiva (PNC).

Sirve para informar de los ingresos que tú y las personas con las que vives (cónyuge, hijos, nietos, padres, abuelos o hermanos) tuvisteis el año anterior, y de los ingresos que prevés recibir este año.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Drets Socials i Inclusió
  • Direcció General de Prestacions Socials
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía

A las personas que reciben una pensión no contributiva por incapacidad o por jubilación.

Plazos

Del 1 de enero al 31 de marzo de 2026.

Documentación
  • Documento que acredite la representación (excepto si estás inscrito/a en el Representa como representante de la persona titular de la PNC).
  • Documentación que acredite los cambios en el estado civil (libro de familia, convenio regulador, sentencia de divorcio, etc.).
  • Certificado de empresa o nóminas del año anterior y del año en curso, con el número de pagos anuales (solo si tú o algún miembro de la unidad de convivencia trabaja por cuenta ajena).
  • Documentación que acredite cualquier cambio en la situación personal o de convivencia que justifique los datos que has indicado.
Tasas

Este trámite es gratuito.

Datos económicos

¿Qué datos debes indicar?

  • Rentas de trabajo, pensiones y prestaciones: salarios, pensiones, prestaciones, subsidios, pensiones compensatorias, etc.
  • Rendimientos mobiliarios: rentas bancarias, dividendos, intereses, etc.
  • Rendimientos inmobiliarios u otros: ingresos procedentes del alquiler, subarriendo, cesión o explotación de inmuebles, así como cualquier otro ingreso que no provenga del trabajo, pensiones o prestaciones, ni del capital mobiliario.

¿Qué datos no debes indicar?

  • Tu pensión no contributiva.
  • El complemento de la pensión no contributiva.
  • El complemento de alquiler de la pensión no contributiva.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Presentar la declaración

    Plazos
    Del 01/01/2026 al 31/03/2026

    Los formularios para presentar la declaración han sido financiados por la Unión Europea – NextGenerationEU.

    Por Internet

    Presentar la declaración

    Iniciar . Acceder a Presentar la declaración

    Debes tener un certificado digital o el idCAT Mòbil.

    • Consulta las condiciones técnicas para tramitar en línea (Soporte a la tramitación).
    • Consulta cómo resolver errores de tramitación.

    Para dudas o incidencias durante la tramitación por internet, puedes llamar al teléfono 012.

    Presencialmente

    Si necesitas soporte para realizar el trámite, puedes pedir cita en las oficinas de atención ciudadana y te ayudarán a hacer la declaración individual del pensionista.

    También puedes presentar la documentación en un registro oficial.

    Declaración individual del titular de la pensión no contributiva de la Seguridad Social

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Puedes consultar el estado del trámite:

    Puedes consultar el estado del trámite:

    • En el Área privada (con el idCAT Mòbil o/y certificado digital).
    • En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIE).
    • Llamando al teléfono 012 (con el código identificador del trámite y el DNI/NIE).
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir respuesta de la Administración

    ¿Qué respuesta recibirás?

    ¿Qué respuesta recibirás?

    Te enviaremos una notificación solo si hay algún cambio en la cantidad de la pensión que recibes. Si no hay ningún cambio, no recibirás ninguna notificación.

    ¿Puedes presentar un recurso o reclamación?

    Sí, si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar una reclamación previa a la vía jurisdiccional social. Tienes un plazo de 30 días hábiles desde el día en que recibas la notificación.

Fecha de actualización 27.12.2024

Trámites relacionados

  • Pensión no contributiva por jubilación
  • Pensión no contributiva por incapacidad
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