¿Qué tienes que saber?
Los beneficiarios de una pensión no contributiva (PNC) tienen la obligación de presentar la declaración individual del pensionista dentro del primer trimestre de cada año. En esta declaración, deben detallarse los ingresos obtenidos el año anterior por la persona beneficiaria y su unidad económica de convivencia (cónyuge, hijos, nietos, padres, abuelos, hermanos), así como realizar una previsión de los ingresos esperados para el año actual.
El plazo para presentar la declaración es desde el día 1 de enero hasta el día 31 de marzo de 2025.
A los beneficiarios de la PNC de invalidez o de la PNC de jubilación.
Desde el día 1 de enero hasta el día 31 de marzo de 2025.
- Documentación que acredite cualquier cambio en tu situación personal o convivencial.
- En caso de cambio de estado civil: libro de familia, sentencia de separación o divorcio, convenio regulador, etc.
- En los apartados de datos económicos, debes indicarse:
- Las rentas o ingresos propios percibidos. No debes declarar tu propia pensión no contributiva, el complemento de la PNC y el complemento de alquiler de la PNC.
- Las rentas de las personas de tu unidad económica de convivencia.
Los datos deben corresponder a los ingresos reales del año pasado y a la previsión para el año en curso.
¿Qué tipos de rentas o ingresos deben declararse?
- Rentas de trabajo, pensiones y prestaciones: salarios, pensiones, prestaciones, subsidios, pensiones compensatorias, etc.
- Rendimientos mobiliarios: rentas bancarias, dividendos, intereses, etc.
- Rendimientos inmobiliarios y otros: rentas de alquiler y otros ingresos de cualquier naturaleza.
No tienes que pagar tasas para este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Presentar la declaración
Plazos
Del 01/01/2025 al 31/03/2025Los formularios para presentar la declaración han sido financiados por la Unión Europea – NextGenerationEU.
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Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes consultar el estado del trámite:
Puedes consultar el estado del trámite:
- En el Área privada (con el idCAT Mòbil o/y certificado digital).
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Llamando al teléfono 012 (con el código identificador del trámite y el DNI/NIF).
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Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cuándo recibiré la respuesta?
¿Cuándo recibiré la respuesta?
Si después de revisar el expediente, se comprueba que no existe ningún cambio en la cuantía de la PNC que percibes, no te enviaremos ninguna respuesta. Sólo te enviaremos una notificación si existe alguna variación en tu pensión.
¿Puedo presentar un recurso o una reclamación?
Puedes presentar una reclamación previa a través de la vía jurisdiccional social en un plazo de 30 días hábiles a partir del día en que recibas la notificación.

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