¿Qué tienes que saber?
1ª convocatoria 2025: Del 27 de febrero al 13 de marzo de 2025, ambos inclusive.
2ª convocatoria 2025: del 16 de junio al 1 de julio de 2025, ambos inclusive.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 27/02/2025 al 13/03/2025Del 16/06/2025 al 01/07/2025 -
Segundo paso
Respuesta
La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se notificará a las [...]
La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el tablón electrónico del Institut Ramon Llull y en el tablón de anuncios de la sede de Barcelona (Avenida Diagonal, 373, 08008 Barcelona).
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Tercer paso
Recibir la subvención
El Institut Ramon Llull inicia la tramitación del pago del 100% del importe otorgado una vez efectuado eldesplazamiento, el alojamiento y/o el transporte de la carga subvencionados y previa [...]
El Institut Ramon Llull inicia la tramitación del pago del 100% del importe otorgado una vez efectuado el
desplazamiento, el alojamiento y/o el transporte de la carga subvencionados y previa presentación de la
documentación justificativa. -
Cuarto paso
Justificar la subvención
El plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención es de un mes a contar a partir de la finalización de la actividad subvencionada. Si ha finalizado la actividad [...]
El plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención es de un mes a contar a partir de la finalización de la actividad subvencionada. Si ha finalizado la actividad subvencionada y la resolución de otorgamiento todavía no ha sido publicada, el plazo para presentar la documentación justificativa es de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación.
En el caso de actividades que finalicen el año siguiente al de la convocatoria, la fecha máxima para presentar la documentación justificativa es el 31 de enero del año siguiente al de la convocatoria.