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  • Subvenciones a la movilidad para actividades de artes visuales, diseño y arquitectura
22203 - mobilitat-artistes-aavv Departament de Cultura accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Respuesta
  3. 3. Recibir la subvención
  4. 4. Justificar la subvención
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Subvenciones a la movilidad para actividades de artes visuales, diseño y arquitectura

Sol·licitar

QUIÉN
Ciudadanía | Empresas y profesionales | Entidades
CÓMO
Por Internet | Presencialmente | Por correo postal
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 27/02/2025 al 13/03/2025
Del 16/06/2025 al 01/07/2025

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Subvenciones a la movilidad para actividades de artes visuales, diseño y arquitectura

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Normativa

  • 1a convocatoria 2025-Resolución de 6 de febrero de 2025, por la que se abre la 1.ª convocatoria 2025 para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la movilidad para llevar a cabo actividades en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura.

  • 2ª convocatoria 2025-Resolución de 6 de junio de 2025, por la que se abre la 2ª convocatoria 2025 para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la movilidad para llevar a cabo actividades en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura

  • Resolución por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección del Consorcio Instituto Ramon Llull de 16 de enero de 2025 por el que se modifican las bases existentes y se aprueban bases nuevas que deben regir la concesión de subvenciones del Consorcio Instituto Ramon Llull

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Subvenciones a la movilidad para llevar a cabo actividades en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura

Subvenciones a la movilidad para llevar a cabo actividades en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura que se hayan realizado entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2025

 

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Cultura
  • Institut Ramon Llull
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
Entidades

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas, las personas físicas empresarias y las personas jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en estas bases.

Plazos

1ª convocatoria 2025: Del 27 de febrero al 13 de marzo de 2025, ambos inclusive.

2ª convocatoria 2025: del 16 de junio al 1 de julio de 2025, ambos inclusive.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Plazos
    Del 27/02/2025 al 13/03/2025
    Del 16/06/2025 al 01/07/2025

    Por Internet

    Movilidad AAVV

    Iniciar . Acceder a Movilidad AAVV

    Presencialmente

    Consorcio Institut Ramon Llull

    Av. Diagonal 373 (Palau Baró de Quadras)

    08008 Barcelona

     

    Registro: de lunes a viernes de 9 a 14h

     

    Sólo personas físicas

    Por correo postal

    Consorci Institut Ramon Llull

    Av. Diagonal 373 (Palau Baró de Quadras)

    08008 Barcelona

     

    Sólo personas físicas

  2. 2

    Segundo paso

    Respuesta

    La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se notificará a las [...]

    La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el tablón electrónico del Institut Ramon Llull y en el tablón de anuncios de la sede de Barcelona (Avenida Diagonal, 373, 08008 Barcelona).

  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la subvención

    El Institut Ramon Llull inicia la tramitación del pago del 100% del importe otorgado una vez efectuado eldesplazamiento, el alojamiento y/o el transporte de la carga subvencionados y previa [...]

    El Institut Ramon Llull inicia la tramitación del pago del 100% del importe otorgado una vez efectuado el
    desplazamiento, el alojamiento y/o el transporte de la carga subvencionados y previa presentación de la
    documentación justificativa.

  4. 4

    Cuarto paso

    Justificar la subvención

    El plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención es de un mes a contar a partir de la finalización de la actividad subvencionada. Si ha finalizado la actividad [...]

    El plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención es de un mes a contar a partir de la finalización de la actividad subvencionada. Si ha finalizado la actividad subvencionada y la resolución de otorgamiento todavía no ha sido publicada, el plazo para presentar la documentación justificativa es de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación.

    En el caso de actividades que finalicen el año siguiente al de la convocatoria, la fecha máxima para presentar la documentación justificativa es el 31 de enero del año siguiente al de la convocatoria.

Fecha de actualización 07.03.2025
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