¿Qué tienes que saber?
Subvenciones a centros privados concertados que desarrollen el nuevo modelo de prácticas en el marco del Programa de innovación pedagógica de prácticas del máster universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas en Centros Educativos (PINN MUFPS).
Resolución de concesión de las subvenciones.
A los centros educativos privados concertados que han participado en el PINN MUFPS a partir del curso 2019-2020 hasta el curso 2021-2022.
Presentación de la solicitud: del 28 de enero al 11 de febrero de 2023
El formulario de solicitud debe enviarse con los siguientes documentos anexados:
- Estudiantes acogidos
- Actividades de formación
Una vez obtenido el número de expediente, es necesario presentar el formulario de justificación con los siguientes documentos anexados:
- Memoria explicativa
- Memoria económica
- Acreditación del logotipo del Departamento de Educación
- Declaración responsable de retribución de los órganos de dirección o administración
Requisitos y condiciones de los centros solicitantes
Los centros privados concertados deben cumplir con los requisitos establecidos en la base 3 la Orden EDU/223/2022, de 6 de octubre de 2022.
Otros requisitos
- Participación en el itinerario formativo del programa PINN MUFPS, en al menos dos de las formaciones que se detallan a continuación, en alguno de los cursos 2019-2020, 2020-2021 y 2021-2022:
- Acompañamiento de centros formadores de prácticas del MUFPS.
- El equipo impulsor para la transferencia del modelo de acompañamiento en el centro formador.
- Comunidad de práctica de equipos impulsores de Centros Formadores.
- El centro formador como entorno de aprendizaje profesionalizador de estudiantes de prácticas.
- Acogida y acompañamiento de estudiantes del MUFPS durante los cursos 2019-2020 y/o 2020-2021 y/o 2021-2022. Estos estudiantes deben estar registrados en la aplicación Prácticum del Departamento de Educación.
No hay que pagar tasas para este trámite.
Pasos a realizar
-
Primer paso
Solicitar la subvención
Plazos
Del 28/01/2023 al 11/02/2023 -
Segundo paso
Justificar la subvención
Dentro del período de presentación de solicitudes, los centros privados concertados deben presentar tanto el formulario de solicitud como el formulario de justificación de la subvención.
Plazos
Del 28/01/2023 al 11/02/2023Dentro del período de presentación de solicitudes, los centros privados concertados deben presentar tanto el formulario de solicitud como el formulario de justificación de la subvención.
El formulario de justificación de la subvención debe cumplimentarse una vez obtenido el número de expediente asignado. El número de expediente, que es un campo obligatorio del formulario, se obtiene una vez enviado el formulario de solicitud (puede tardar unos minutos en estar disponible), en el Área privada del apartado Trámites del web de la Generalidad de Cataluña.
La cuenta justificativa tiene carácter de declaración responsable, y debe contener la siguiente documentación, de acuerdo con lo que se establece en la base 8.2 de la Orden EDU/223/2022 de 6 de octubre.
-
Tercer paso
Aportación de documentación
En caso de que la Comisión requiera documentación o aclaraciones adicionales, es necesario realizar las aportaciones adjuntas al formulario enlazado al apartado "Por internet" que tiene a [...]
Plazos
Del 28/01/2023 al 31/12/2023En caso de que la Comisión requiera documentación o aclaraciones adicionales, es necesario realizar las aportaciones adjuntas al formulario enlazado al apartado "Por internet" que tiene a continuación.
-
Cuarto paso
Recibir la respuesta de la Administración
Las subvenciones concedidas se hacen públicas en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña y dado que son de un importe igual o superior a 3.000 euros, también se da [...]
- Las subvenciones concedidas se hacen públicas en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña y dado que son de un importe igual o superior a 3.000 euros, también se da publicidad al Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña, con expresión de la convocatoria, programa, crédito presupuestario al que se imputan, beneficiario, cuantía concedida y objeto de la subvención.
- Previamente a la concesión de las subvenciones, el órgano instructor resuelve sobre la inadmisión o el desistimiento de las solicitudes y lo notifica a las personas interesadas mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
- La concesión de las subvenciones la resuelve, por delegación, el director general de Innovación, Digitalización, Currículum y Lenguas en el plazo máximo de 6 meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña. Esta resolución, que finaliza el procedimiento, se notifica a las entidades interesadas mediante su publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña y en esta página.
- Las resoluciones de concesión de subvenciones, de inadmisión, y la propuesta de concesión de subvenciones, se entregarán conforme se avance en la justificación de las subvenciones.
Resolución de concesión de las subvenciones.
-
Quinto paso
Rebre la subvenció
La obligación de pago de la subvención se tramita una vez resuelta la convocatoria, y una vez la justificación ha sido considerada correcta y se ha cumplido la finalidad que motivó su [...]
- La obligación de pago de la subvención se tramita una vez resuelta la convocatoria, y una vez la justificación ha sido considerada correcta y se ha cumplido la finalidad que motivó su concesión.
- Previamente al reconocimiento de la obligación del pago, las entidades beneficiarias deben estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No será necesario aportar los certificados acreditativos en el caso de la autorización que se prevé en el apartado 7.4 de la Orden EDU/223/2022, de 6 de octubre.