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11100 - trasllat de residus entre CCAA Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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Pasos a realizar

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  2. 2. Recibir respuesta de la administración
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Traslado de residuos entre Comunidades Autónomas

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Normativa

  • Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado (BOE núm. 171 publicado el 19/06/2020)

    . Abrir en una nueva ventana.
  • Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  181  publicado el 29/07/2011)
  • DECRETO 93/1999, de 6 de abril, sobre procedimientos de gestión de residuos.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  2865  publicado el 12/04/1999)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Se entiende como traslado de residuos en el interior de España el transporte de residuos desde una Comunidad a otra por su valorización o eliminación. Los operadores que deseen realizar un traslado de residuos para destinarlos a operaciones de eliminación u operaciones de valorización cuando se trate de residuos domésticos mezclados, residuos peligrosos y otros que se determinen reglamentariamente deben presentar una notificación previa a las autoridades competentes de la Comunidad Autónoma de origen y de destino.

Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Agència de Residus de Catalunya
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A todas las empresas que exporten / importen residuos.

Plazos

La notificación de traslado de residuos se presentará al menos con 10 días de antelación a la fecha prevista del traslado. El Documento de Control y Seguimiento debe acompañar el traslado de los residuos.

Documentación

Todos los residuos:

  1. Contrato de tratamiento (CT)
  2. Documento de Identificación (DI)

Para determinados residuos:

I. Notificación previa (NT):

  1. Los traslados de residuos peligrosos;
  2. Los traslados de residuos destinados a eliminación;
  3. Los traslados que se destinen a valoración de residuos domésticos mezclados identificados con el código LER 20 03 01 y de los residuos que se establezcan reglamentariamente.

II. Solicitud de autorización de acuerdo con el artículo 33 del Decreto 93/1999: Exportación e importación de residuos no peligrosos destinados a valorización exentos de tramitar notificación previa (NT).

El DI y la NT se tramitará a través de la plataforma E-SIR y la solicitud de autorización de acuerdo con el artículo 33 del Decreto 93/1999 mediante petición genérica.

Documentos

Circular informativa del transporte de residuos entre Comunidades Autónomes

Requisitos

Todos los operadores que realicen un traslado de residuos peligrosos, de residuos destinados a operaciones de eliminación u operaciones de valorización cuando se trate de residuos domésticos mezclados deben presentar una notificación previa. También es necesario que todo traslado tenga un documento de identificación, a efectos de seguimiento y control.

Tasas

No hi ha tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Comunicar el traslado

    Tramitar la documentación a través de la plataforma E-SIR siguiendo las instrucciones de la Guía de traslados entre Comunicados Autónomas E-SIR publicada por el Ministerio para la Transición [...]

    Tramitar la documentación a través de la plataforma E-SIR siguiendo las instrucciones de la Guía de traslados entre Comunicados Autónomas E-SIR publicada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto demográfico (MITERD).

    La solicitud de autorización de acuerdo con el artículo 33 del Decreto 93/1999 mediante petición genérica.
    Pasos a seguir para presentar una petición genérica:

    1. Descargar el formulario que encontrará en este mismo apartado ( 'Presentar petición genérica sin firma electrónica' o 'Presentar petición genèricaamb firma electrónica').
    2. Rellene los datos del formulario. Cuando llegue al apartado 'Dónde va dirigida', en el desplegable 'Departamento' seleccione "Agencia de Residuos de Cataluña ', Tema:' Medio Ambiente ', Subtema:' Residuos '
    3. En el apartado 'Documentación anexa', debe asociar en un solo documento toda la documentación necesaria.

     

    Por Internet

    Presentar petición genérica con firma electrónica

    Iniciar . Acceder a Presentar petición genérica con firma electrónica

    Presentar petición genérica sin firma electrónica

    Iniciar . Acceder a Presentar petición genérica sin firma electrónica

    Plataforma electrónica de gestión de residuos E-SIR (MITERD)

    Iniciar . Acceder a Plataforma electrónica de gestión de residuos E-SIR (MITERD)

    Este trámite sólo se puede hacer por internet. Para la petición genérica no es necesario que disponga de idCATMòbil o certificado digital. Para acceder a la plataforma E-SIR siga las instrucciones de la plataforma del ministerio.

    Por correo electrónico

    En cuanto a los traslados con notificación previa (NT) presentadas con anterioridad al procedimiento electrónico y que aún están vigentes, se tramitará un documento propio con el contenido del anexo I del RD 553/2020 y enviarlo a la buzón dcs.arc.tes@gencat.cat. Puede encontrar un modelo de DI en la web del MITERD.

  2. 2

    Segundo paso

    Recibir respuesta de la administración

    En el plazo máximo de diez días (hábiles) desde la fecha de acuse de recibo de la notificación de traslado, el órgano competente de las comunidades autónomas de origen y de destino podrá oponerse al [...]

    En el plazo máximo de diez días (hábiles) desde la fecha de acuse de recibo de la notificación de traslado, el órgano competente de las comunidades autónomas de origen y de destino podrá oponerse al traslado alegando algunas de las causas previstas en el artículo 9 del Real decreto 553/2020.

    El plazo de diez días queda interrumpido si las administraciones solicitan información, documentación complementaria o corrección de errores.

    El operador puede efectuar el traslado si, transcurridos estos días, los órganos competentes de las comunidades autónomas de origen y de destino no han solicitado información o documentación complementaria, subsanación de errores, o no han manifestado su oposición al traslado , de conformidad con lo establecido en el artículo 9.

    En el caso de las exportaciones de residuos no peligrosos destinados a valorización exentos de notificación previa la Agencia de Residuos de Cataluña tramitará autorización / denegación de los traslados mediante resolución.

Fecha de actualización 15.03.2021
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