Los progenitores tenéis derecho a un período de descanso con motivo del nacimiento de vuestro hijo/a. Este período de descanso se puede ampliar en casos de parto, adopción o acogimiento múltiple, discapacidad u hospitalización del recién nacido.
El salario es del 100% y lo asume por completo el Instituto Nacional de la Seguridad Social(INSS) o el Instituto Social de la Marina (ISM), en el caso de los trabajadores del mar.