Compendio de toda la documentación que el vendedor le debe entregar
- La cédula de habitabilidad, tanto en viviendas nuevas como de segunda mano.
Este documento garantiza el cumplimiento de los niveles mínimos de habitabilidad exigibles a las viviendas. En el caso de las viviendas de nueva construcción, se verifica el cumplimiento de los controles de calidad obligatorios en la construcción de viviendas. La cédula de habitabilidad es imprescindible para darse de alta de los servicios de agua, electricidad y gas. Caduca a los 15 años de su expedición y debe tramitarse nuevamente si transcurre este plazo. En el caso de las viviendas usadas, debe tramitarla un/a técnico/a (arquitecto/a, arquitecto/a técnico/a o aparejador/a). - El vendedor de la vivienda tiene que entregar el certificado de eficiencia energética y la etiqueta energética.
- El plano a escala 1:50, la descripción de los materiales de la construcción y la memoria de calidades.
- La lista de técnicos, constructores y otros profesionales vinculados a la construcción.
- La lista de las compañías suministradoras y los boletines de alta.
- Las garantías de la vivienda (en el caso de obra nueva, debe haber un seguro de 10 años por vicios y desperfectos de estructura, que es indispensable para poder inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad, correspondiente al llamado seguro decenal).
- La documentación relativa a la hipoteca constituida, si procede.