El Gobierno de España publicó en el Real decreto ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, la línea COVID de ayudas directas para trabajadores y trabajadoras autónomos y empresas, prevista en el título I (artículos 1 a 3), de la cual las comunidades autónomas tienen que tramitar la convocatoria, gestión y resolución de las solicitudes, efectuar el abono y los controles previos y posteriores al pago. Posteriormente, se publicó también el Real decreto ley 17/2021, que establecía algunas modificaciones en el RDL 5/2021.
Las ayudas financiadas por el Gobierno de España están destinadas a reducir el endeudamiento de las personas trabajadoras autónomas (empresarios y profesionales) y las empresas no financieras más afectadas por la pandemia de la COVID-19 y se tienen que destinar al pago de deudas contraídas por las empresas desde marzo de 2020.
La Generalitat de Cataluña abrió:
- una primera inscripción, mediante la Orden ECO/127/2021, de 14 de junio, destinada a determinados sectores.
- una segunda inscripción, mediante la ORDEN ECO/153/2021, de 16 de julio, ampliando los sectores de actividad.
- una tercera inscripción, mediante la ORDEN ECO/209/2021, de 9 de noviembre, que amplía el ámbito temporal cubierto por las ayudas, y las finalidades a las que se pueden destinar.
Las Resoluciones correspondientes se publican en el e-Tauler.
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