El Gobierno de la Generalitat aprobó las bases reguladoras de las ayudas destinadas a paliar el impacto económico de la COVID-19 sobre las personas que marisquean a pie y las titulares de explotaciones acuícolas en territorio catalán.
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:
- Las personas mariscadoras a pie que han tenido una paralización temporal de su actividad marisquera entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2020 como consecuencia de la COVID-19.
En el caso de estas personas beneficiarias la cuantía de las ayudas es de 50,00 €/día de paralización efectuada calculada comparando los días de notas de venta entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre del año 2020 con la media de días de notas de venta de los 3 años anteriores en el mismo periodo. - Las personas titulares de explotaciones acuícolas que han tenido una suspensión temporal de la actividad, o han experimentado una reducción de la producción y ventas, entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2020 como consecuencia de la *COVID-19.
Para estas personas beneficiarías la cuantía de la ayuda será del 50% de la disminución de ingresos producida a causa de la COVID-19 con un importe máximo de 200.000 € por persona beneficiaria y para el conjunto de establecimientos de los cuales sea titular en Cataluña.
Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP).
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