Las entidades docentes habilitadas en materia de seguridad industrial tienen la función de preparar a las personas que deben superar una formación específica definida en la reglamentación técnica de seguridad industrial para desarrollar su actividad profesional así como de expedir a los alumnos un certificado individual digital de superación de la formación.
Están sometidas al régimen jurídico de declaración responsable y deben cumplir los requisitos estipulados en los reglamentos de seguridad industrial y el resto de normativa que les pueda ser de aplicación. La habilitación se da por campo reglamentario de seguridad industrial.
Cada entidad docente puede tener más de un centro de formación. Los centros de formación son los diferentes espacios o instalaciones donde las entidades docentes imparten la formación en materia de seguridad industrial.
La inscripción en el RASIC es única para cada entidad docente con independencia de los centros de formación donde se desarrolle la actividad docente teórica o práctica y de los ámbitos reglamentarios correspondientes. Cada establecimiento o centro de formación debe cumplir los requisitos aplicables.