Los vehículos de interés histórico son aquellos que preservan el patrimonio de la época en que se construyeron y que se utilizan excepcionalmente en la vía pública.
A partir del 1 de octubre de 2024, con la entrada en vigor del real decreto 892/2024 que aprueba un nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, la clasificación de los vehículos como históricos ya no se tramita ante los órganos competentes de las comunidades autónomas (en Cataluña, la Subdirección General de Seguridad Industrial de la Generalitat).
Este nuevo reglamento establece las condiciones que tiene que cumplir un vehículo para ser clasificado como histórico. La clasificación ahora se tramita ante la Jefatura Provincial de Tráfico de la Dirección General de Tráfico (DGT) del domicilio del interesado. Esta, después de comprobar la documentación, anota la clasificación en el Registro de Vehículos y emite un permiso de circulación con la nueva clasificación.