Los contratos suscritos con comercializadoras de referencia (las empresas que cumplen las condiciones para ofrecer los precios regulados por el Gobierno del Estado español) pueden tener dos tipos de modalidades: el precio voluntario para el pequeño consumidor o la tarifa fija a 12 meses.
Si se opta, en cambio, por las comercializadoras de libre mercado, la modalidad es la contratación bilateral.