Línea de ayudas, dotada con 40 millones de euros para actividades de restauración afectadas económicamente por la COVID-19
Con esta nueva línea de ayudas, el Gobierno hace patente su compromiso con el sector de la restauración. La medida quiere contribuir a la competitividad de las empresas y al mantenimiento de los negocios ante la disminución de la facturación ocasionada por las últimas restricciones decretadas para paliar los efectos de la pandemia.
Personas beneficiaries:
Los profesionales autónomos y empresas que presten actividades de restauración, dadas de alta en el censo del
impuesto de actividades económicas.
A los efectos de estas bases se entienden como empresas que prestan actividades de restauración, los bares,
restaurantes y cafeterías, incluidos aquellos que prestan su actividad dentro de un establecimiento colectivo como
pueden ser centres comerciales o mercados municipales.
Quedan excluidas como beneficiarias de estas ayudas las empresas que se encuentran participadas en más de un 50%
por capital público y las fundaciones.
Cantidad de la ayuda:
La ayuda otorgada tiene el carácter de importe máximo y consistirá en una aportación única por persona beneficiaria.
Las ayudas serán de entre 1.000 a 15.000 euros, en función del número de trabajadores:
- 1.000 euros para autónomos y microempresas (hasta 9 trabajadores)
- 5.000 euros para pequeñas empresas (de 10 a 49 trabajadores)
- 15.000 euros para empresas de 50 trabajadores o más.
Procedimiento de solicitud
Las solicitudes se tienen que presentar según el modelo normalizado que está a disposición de las personas interesadas en la sede corporativa de Canal Empresa de la Generalitat de Cataluña, en la página web del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña o en la página web del Departamento de Empresa y Trabajo.
Las solicitudes se presentarán por medios telemáticos, acompañadas de la documentación que prevén estas bases, si procede, a través del Canal Empresa.
La identificación de la persona solicitante se hará a través de los sistemas de firma electrónica admitidos por la Sede electrónica y que se pueden consultar en: https://seu.gencat.cat/ca/certificats-sistemes-signatura-electronica-seu.html
IMPORTANTE
A LA HORA DE DESCARGAR EL FORMULARIO
Para evitar problemas antes de descargar el formulario hay que tener presente como se presentó la solicitud. Es importante saber si se hizo con certificado digital o con IDCAT móvil, para poder elegir el formulario adecuado, dado que el programa tan solo reconoce el expediente si se ha empleado el mismo sistema en que se presentó la solicitud.
Por lo tanto, y a modo de ejemplo:
INCORRECTO
Solicitud firmada con IDCAT móvil: la persona beneficiaria descarga y rellena formulario de aportación con certificado digital, el formulario no reconoce el expediente.
Solicitud firmada con certificado digital: la persona beneficiaria descarga y rellena formulario de aportación con IDCAT móvil, el formulario no reconoce el expediente.
CORRECTO
Solicitud firmada con certificado digital: la persona beneficiaria descarga y rellena el formulario de aportación con certificado digital, el formulario reconoce el expediente y se puede presentar la documentación.
Solicitud firmada con IDCAT móvil: la persona beneficiaria descarga y rellena el formulario de aportación con IDCAT móvil, el formulario reconoce el expediente y se puede presentar la documentación.
PRESENTACIÓN DE FORMULARIOS
Por otro lado, dado que hay una limitación con el peso de los archivos a aportar (5MB), se pueden hacer tantas solicitudes como se necesiten para poder aportar toda la documentación.
Plazo de presentación de solicitudes cerrado