Esta línea de subvenciones tiene por objeto impulsar la competitividad y la modernización, a través de la transformación digital y sostenible de las pequeñas y medianas empresas de comercio y de las asociaciones y entidades de comercio.
Estas subvenciones se financian mediante recursos derivados del instrumento europeo de recuperación NextGenerationEU, por medio del Mecanismo de recuperación y resiliencia que establece el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero.
De acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/241, el Gobierno del Estado aprobó, el 27 de abril del 2021, el Plan de recuperación, transformación y resiliencia, que recoge 110 inversiones y 102 reformas, con un horizonte temporal hasta el año 2026, dividido en cuatro ejes de transformación: la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y territorial, y la igualdad de género. Al mismo tiempo, el Plan se divide en 10 políticas tractoras que recogen 30 componentes. Estas subvenciones se enmarcan dentro del Componente 13 “Impulso a la PYME” del Plan.
Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:
- Las personas profesionales autónomas dadas de alta en el régimen especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, titulares de un establecimiento de comercio al detalle
- Las pequeñas y medianas empresas titulares de un establecimiento de comercio al detalle, dadas de alta en el censo del impuesto de actividades económicas
- Las entidades territoriales, gremios y entidades sectoriales de comercio sin ánimo de lucro y las asociaciones de mercados municipales sedentarios y no sedentarios
En el ámbito de las empresas de comercio, la persona beneficiaria tiene que tener como mínimo un establecimiento a pie de calle en Cataluña.
Quedan excluidas explícitamente las empresas fabricantes y mayoristas que no realizan venta al detalle.
Además, sólo podrán ser beneficiarias las empresas incluidas dentro de la categoría de pyme, es decir, pequeñas y medianas empresas (incluidas también las empresas de menos de 10 trabajadores).
Actuaciones y gastos subvencionables:
Serán subvencionables las siguientes actuaciones:
En el ámbito de las empresas de comercio:
- Proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra, por ejemplo, la mejora de la atención, relación y conocimiento de la clientela, gastos relacionados con implementación de soluciones de ciberseguridad o para el desarrollo de aplicaciones informáticas.
- Gastos referidos a la transformación del punto de venta, como la digitalización de la gestión del comercio, la transformación digital del comercio no sedentario o la adquisición de mobiliario tecnológico y herramientas tecnológicas para el establecimiento físico.
- Gastos relativos a la sostenibilidad y a la economía circular como la adopción de nuevas tecnologías para disminuir los costes y el impacto ambiental o la instalación de sistemas digitalizados de puntos de recogida.
En el ámbito de las entidades y asociaciones de comercio:
- Mejora de la atención, relación y conocimiento de las personas consumidoras y su fidelización
- Inversión en canales digitales de las asociaciones
- Publicidad y comunicación en medios o soportes digitales
- Métricas y análisis de mercado
- Soluciones de ciberseguridad a nivel asociativo
- Adquisición de mobiliario y herramientas tecnológicas
- Formación destinada a mejorar el uso y gestión de herramientas tecnológicas en el comercio, marketing digital, técnicas de fidelización y explotación y análisis de datos vinculados en venta online.
Cuantía
La ayuda otorgada tiene el carácter de importe máximo y consistirá en una aportación única por persona beneficiaria de hasta el 80% de los gastos subvencionables con un máximo de 75.000 euros.
La inversión mínima es de 2.000 euros
Procedimiento de solicitud y documentación
Las solicitudes se tienen que presentar según el modelo normalizado que está a disposición de las personas interesadas en la sede corporativa de Canal Empresa de la Generalitat de Catalunya, en la página web del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña o en la página web del Departamento de Empresa y Trabajo.
Las solicitudes se presentarán por medios telemáticos, acompañadas de la documentación que prevén
estas bases, si procede, a través del Canal Empresa.
Presupuesto: El importe máximo destinado a la concesión de estas subvenciones es de 7.430.059,44 euros | Plazo: El plazo de presentación de las solicitudes, junto con la documentación y anexos empieza a las 9:00 horas del día 15 de diciembre de 2022 y acaba a las 14:00 horas del día 19 de enero de 2023.
El plazo de presentación de las solicitudes, junto con la documentación y anexos empieza a las 9:00 horas del día 15 de diciembre de 2022 y acaba a las 14:00 horas del día 19 de enero de 2023.