Esta línea de avales, gestionada por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) en colaboración con las entidades financieras, tiene por objetivo garantizar los nuevos préstamos y las renovaciones concedidas por entidades financieras a empresas y autónomos para atender a las necesidades financieras derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, circulante y otras necesidades de liquidez, incluyendo también las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.
La línea de avales tiene una dotación de hasta 100.000 millones de euros. El primer tramo, ya activado, tendrá un importe de 20.000 millones de euros, el 50% de los cuales se reservará para garantizar préstamos de autónomos y pymes.
Podrán solicitar estos avales las empresas y autónomos afectados por los efectos económicos de la COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 y en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020. Los avales tendrán carácter retroactivo y podrán solicitarse para las operaciones formalizadas con posterioridad a la entrada en vigor del Real decreto ley 8/2020, que se produjo el pasado día 18 de marzo.
El aval garantizará el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones de operaciones solicitadas por autónomos y pymes.
Para el resto de empresas, el aval cubrirá el 70% del préstamo nuevo concedido y el 60 de las renovaciones.
Se ha ampliado también la cobertura de esta línea de avales para cubrir pagarés del Mercado Alternativo de Renta fija.
También, el Real Decreto 15/2020 de 21 de abril establece el no inicio del periodo ejecutivo de determinados deudas tributarias en caso de concesión de financiación de esta línea ICO, si se cumplen ciertos criterios establecidos por la Agencia Tributaria.
El día 7 de julio el Gobierno español extendió la línea de avales mediante la aprobación de 40.000 millones de euros más, orientados principalmente a financiar inversiones estratégicas.
El 29 septiembre, a través de la orden TMA/924/2020, el gobierno español prorrogó los plazos para la solicitud y la formalización de estos préstamos. Se podrán solicitar hasta el 30 de noviembre 2020 y formalizar hasta el 31 de diciembre.
El día 17 de noviembre, a través del real decreto ley 34/2020, el gobierno español amplió el plazo para la concreción de estos avales hasta el 30 de junio de 2021, así como la extensión del plazo de devolución en tres años más, hasta un máximo de 8 años. También se amplió el periodo de carencia, hasta un máximo de 24 meses.
Si eres una entidad financiera y estás interesada al adherirte en el acuerdo con el ICO con el fin de cubrir las necesidades de liquidez de las pymes catalanas a consecuencia de la situación derivada del COVID-19, ponemos a tu disposición el teléfono 900 121 121 de atención al cliente.
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