El Real Decreto-ley 13/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de empleo agrario, tiene por objeto favorecer la contratación temporal de las personas trabajadoras en el sector agrario mediante el establecimiento de medidas extraordinarias de flexibilización del empleo, de carácter social y laboral, necesarias para asegurar el mantenimiento de la actividad agraria, durante la vigencia del estado de alarma.
Estas medidas afectarán a los contratos laborales de carácter temporal para desarrollar actividades en régimen de ajenidad y dependencia en explotaciones agrarias, con independencia de la categoría profesional o la ocupación concreta de la persona empleada, cuya firma y finalización estén comprendidas en el periodo del estado de alarma.
Estas medidas extraordinarias fueron prorrogadas hasta el 20 de septiembre, según establece el Real decreto ley 19/2020, de 26 de mayo.
Las empresas y empresarios tienen que comunicar a los servicios públicos de ocupación autonómicos, en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su concertación, las contrataciones la vigencia del cual se acuerde prorrogar, indicando la nueva fecha de finalización.
FINALITZAT