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Ayudas Mercat - PoC

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Empresas y profesionales
CÓMO
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CUÁNDO
En plazo

Del 27/02/2024 al 05/07/2027

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Normativa

  • ORDEN REU/255/2023, de 16 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas en forma de garantía de operaciones de financiación para empresas fruto de la investigación para el desarrollo de pruebas de concepto (MERCAT-PoC).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9046  publicado el 22/11/2023)
  • RESOLUCIÓN REU/509/2024, de 22 de febrero, por la que se abre la convocatoria de ayudas en forma de garantía de operaciones de financiación para empresas fruto de la investigación para el desarrollo de pruebas de concepto (MERCAT-PoC) (ref. BDNS 745024).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9109  publicado el 26/02/2024)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Concesión de ayudas en forma de garantía de operaciones para empresas fruto de la investigación para el desarrollo de pruebas de concepto de financiación que formalizará IFEM en coinversión con inversores privados para empresas fruto de la investigación que llevan a cabo las universidades del sistema universitario de Cataluña, los centros de investigación CERCA, los centros tecnológicos, las fundaciones hospitalarias, las instituciones sin ánimo de lucro que tengan como actividad principal la investigación y que tengan sede en Cataluña, y la Institución Catalana de investigación y Estudios Avanzados (ICREA).

Este trámite únicamente se puede hacer por internet

Plazo de presentación de solicitudes: del 27 de Febrero de 2024 hasta el 5 de Julio de 2027(ambos incluidos)

Contacto: Juan Antonio Bermejo (juan.antonio.bermejo@gencat.cat)

 

La solicitut de la ayuda no se considerará presentada hasta que no se haya presentado toda la documentació requerida (ver guía de presentación).

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Recerca i Universitats

Otros organismos relacionados

  • Departament d'Economia i Finances
  • Instruments Financers per a empreses Innovadores (IFEM), SLU
  • Agència de Gestió d'Ajuts Universitaris i de Recerca (AGAUR)
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A empreses innovadores amb establiment operatiu a Catalunya, sorgides de les universitats del sistema universitari de Catalunya, els centres de recerca CERCA, els centres tecnològics, les fundacions hospitalàries, les institucions sense ànim de lucre, que tinguin com a activitat principal la recerca i que tinguin seu a Catalunya i ICREA.

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes: del 27 de Febrero de 2024 hasta el 5 de Julio de 2027(ambos incluidos)

Documentación

La siguiente documentación se adjuntará al formulario general:

  • Anexo normalizado
  • NIF de la empresa.
  • Escritura de constitución.
  • Poderes de la persona representante legal de la empresa.

La siguiente documentación requerida se ha de presentar a través del Área privada:

  • Plan de negocio.
  • Resumen ejecutivo.
  • Modelo financiero en formato Excel.
  • Cuentas anuales de los últimos dos ejercicios, en su caso.
  • Último cierre disponible del año en curso.
  • Declaración anual de operaciones (modelo 347).
  • Declaración de intenciones o comprobante de la inversión si ésta ya se ha materializado (escritura de ampliación de capital) de los prescriptores. Este documento debe incluir un informe de valoración con la justificación del interés de la propuesta y de su viabilidad técnica.
  • Currículum de los inversores de la empresa (descripción breve de la trayectoria profesional; en caso de que hayan hecho otras inversiones, detallar una lista de las inversiones realizadas con el nombre de la empresa, el nombre comercial de la empresa y el importe invertido).
  • Currículum de los emprendedores (descripción breve de la trayectoria profesional y académica).
  • Composición accionarial con detalle de las diferentes ampliaciones de capital.
  • Acreditación documental de ser propietarios de los derechos de explotación comercial de los conocimientos científicos y tecnológicos que se quieren introducir en el mercado.
  • Descripción de los antecedentes científicos y tecnológicos que han llevado al desarrollo del nuevo producto, proceso o servicio y la creación de la nueva empresa. Grupo o grupos de investigación que han participado en el desarrollo del conocimiento o las tecnologías que se quieren comercializar y relación existente entre estos y los promotores principales de las empresas.
  • Declaración sobre la información relativa a la condición de PIME de las empresas.

Documentos

Documento anexo

Declaración sobre la condición de PIME de las empresas

Requisitos

Las empresas beneficiarias tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser pequeñas empresas no cotizadas, de acuerdo con la definición de pymes de la normativa europea.
  2. Estar registradas desde hace cinco años como máximo. Si no están obligadas a registrarse, el período de cinco años comienza a contar desde que ha iniciado su actividad económica o se ha dado de alta en un impuesto por su actividad económica.
  3. No hayan distribuido beneficios ni provengan de una operación de concentración.
  4. Su objetivo principal debe ser la introducción en el mercado de nuevos productos, procesos o servicios que tengan como base la investigación y el conocimiento que se desarrollan en las universidades catalanas o en los centros de investigación de Cataluña (centros CERCA).
  5. Quedan excluidas aquellas empresas en crisis definidas en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión y la Comunicación de la Comisión (2014/C249/01), de 31 de julio de 2014, y las que están sujetas a una orden de recuperación pendiente emitida por la Comisión Europea que haya declarado una ayuda recibida por esta empresa como ilegal e incompatible.
Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar la Ayuda

    Plazos
    Del 27/02/2024 al 05/07/2027

    La solicitud de la ayuda no se considerará presentada hasta que no se haya presentado toda la documentación requerida (ver guía de presentación de sol·licitudes Ayuda Mercat-Poc).

    Por Internet

    Formulario de solicitud Mercat - PoC

    Iniciar . Acceder a Formulario de solicitud Mercat - PoC

    Si tienes problemas en el momento de realizar el trámite por internet, puedes consultar cómo resolver errores de tramitación.

     

    Si la sede electrónica no funciona, verás un mensaje que comunica esta circunstancia. Este mensaje te indicará dónde puedes presentar la documentación de forma alternativa y qué efectos tiene la interrupción.

  2. 2

    Segundo paso

    Recibir respuesta de la Administración

    ¿Cuándo se recibe la respuesta?El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Una vez transcurrido este plazo, si no [...]

    ¿Cuándo se recibe la respuesta?
    El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Una vez transcurrido este plazo, si no se ha producido la notificación, se entenderá que se desestima la solicitud, por silencio administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54.2 e) de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, mencionada.

    ¿Que respuesta se recibe?
    La resolución se notificará a las entidades beneficiarias, mediante notificación electrónica a través del e-NOTUM, a la dirección de correo electrónico que la entidad solicitante haya indicado, a tal efecto, en el impreso de solicitud licitud..

    ¿Se puede presentar un recurso?
    Se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el secretario de Universidades e Investigación, en el plazo de un mes desde el día siguiente de su notificación a los interesados.

Fecha de actualización 09.10.2024

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  • Ayudas en forma de garantía de préstamos participativos para empresas jóvenes e innovadoras surgidas de la investigación (MERCAT 2018)
  • Ayudas en forma de garantía de préstamos participativos para empresas jóvenes e innovadoras surgidas de la investigación (MERCAT 2015)
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