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  • Comunicación de prescripción excepcional por vacío terapéutico de un medicamento de uso veterinario autorizado en otro estado miembro
11156 - 11156_Comunicacio prescripcio excepcional Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació accio
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  • ¿Qué es?
  • ¿A quién va dirigido?
  • Plazos
  • Documentación
  • Requisitos
  • Tasas

Pasos a realizar

  1. 1. Comunicar
  2. 2. Consultar el estado del trámite
  3. 3. Recibir la respuesta de la administración
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Comunicación de prescripción excepcional por vacío terapéutico de un medicamento de uso veterinario autorizado en otro estado miembro

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Normativa

  • Reial decret 666/2023, del 18 de juliol, pel que es regula la distribució, prescripció, dispensació i us de medicaments veterinaris.

  • Reglamento (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre medicamentos veterinarios y por el que se deroga la Directiva 2001/82/CE (Texto pertinente a efectos del EEE)

    . Abrir en una nueva ventana. (DOUE  núm.  DO L 4  publicado el 07/01/2019)
  • Real Decreto 1132/2010, de 10 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  233  publicado el 25/09/2010)
  • Reglamento (UE) núm. 37/2010 de la Comisión, de 22 de diciembre de 2009, relativo a las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOUE  núm.  L 015  publicado el 20/01/2010)
  • Reglamento (CE) núm. 1950/2006 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2006, que establece una lista de sustancias esenciales para el tratamiento de los équidos, de conformidad con la Directiva 2001/82/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos veterinarios.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOUE  núm.  L 367  publicado el 22/12/2006)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

La normativa que regula los medicamentos veterinarios permite la prescripción excepcional por vacío terapéutico cuando no existan medicamentos veterinarios autorizados para una enfermedad. 

Por lo tanto, el veterinario puede, de forma excepcional y bajo su responsabilidad personal directa, tratar al animal o animales afectados con un medicamento de uso veterinario autorizado en otro Estado miembro para su uso en la misma especie, en otra especie o por tratar otra enfermedad.

En caso que el medicamento sea inmunologico o antimicrobiano, el veterinario debe comunicar al Servicio de Alimentación Animal y Seguridad de la Producción Ganadera la intención de realizar esta prescripción excepcional.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació
  • Servei d'Alimentació Animal i Seguretat de la Producció Ramadera
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A los veterinarios que quieran utilizar un medicamento inmunológico o antimicrobiano autorizado en otro Estado miembro.

Plazos

Con una antelación mínima de 10 días hábiles (es decir, excluidos domingos y festivos) de la fecha prevista del suministro, salvo en casos de urgencia debidamente justificados.

Documentación

A0903.07-DO1 Comunicació de prescripció excepcional

Debe adjuntar a la comunicación:

  1. Justificación del vacío terapéutico (motivo, enfermedad a tratar, especie de destino...)
  2. Documentación del medicamento (etiqueta, ficha técnica, prospecto ...)
Requisitos

Requisitos en caso de animales productores de alimentos

  1. El medicamento debe ser administrado al animal o animales directamente por el veterinario o bajo su responsabilidad directa.
  2. Las sustancias farmacológicamente activas del medicamento deben tener un límite de residuos en los productos alimenticios de origen animal.
  3. El veterinario debe fijar un tiempo de espera adecuado.
  4. El veterinario deberá llevar un registro de toda la información pertinente.

Requisitos en caso de équidos

Las sustancias farmacológicamente activas del medicamento que no tienen un límite de residuos deben estar en la lista de sustancias esenciales para el tratamiento de los équidos

Requisitos en especies acuícolas

La normativa europea ha establecido que antes del 28/01/2027, debe crearse una lista de sustancias esenciales para el tratamiento de especies acuícolas. Una vez publicada esta lista, sólo se podrán prescribir de forma excepcional medicamentos de animales terrestres y medicamentos de uso humano que contengan sustancias que estén incluidas en esta lista de sustancias esenciales.

Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Comunicar

    Este trámite sólo se puede realizar por internet, mediante una petición genérica, ya que no existe un trámite específico.

    Por Internet

    Solicitud sin firma electrónica

    Iniciar . Acceder a Solicitud sin firma electrónica

    Para presentar la petición genérica es necesario tener la comunicación y el/los documento/s a adjuntar rellenado/s previamente (ver los modelos que encontrará en el apartado de documentación) y guardarlo/s en su unidad. Una vez esté/n rellenado/s acceda a este enlace.

     

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Puede consultarse el estado de la tramitación de la petición genérica al servicio del Área privada.En este espacio podrás descargarte el acuse de recibimiento, que es el único documento que [...]

    • Puede consultarse el estado de la tramitación de la petición genérica al servicio del Área privada.
      En este espacio podrás descargarte el acuse de recibimiento, que es el único documento que justifica la presentación de la comunicación

    •  

      Se puede consultar el estado de la tramitación de la autorización en medvet.daam@gencat.cat

  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la administración

    Si el Servicio de Alimentación Animal y Seguridad de la Producción Ganadera no contesta, o contesta afirmativamente en 3 días hábiles desde la recepción de la comunicación, se podrá emitir la [...]

    Si el Servicio de Alimentación Animal y Seguridad de la Producción Ganadera no contesta, o contesta afirmativamente en 3 días hábiles desde la recepción de la comunicación, se podrá emitir la receta de prescripción excepcional y realizar la entrada del medicamento.
    El Servicio de Alimentación Animal y Seguridad de la Producción Ganadera podrá prohibir este uso si entiende que no existe vacío terapéutico, o bien por motivos razonados de sanidad animal o de salud pública.

Fecha de actualización 23.01.2024
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