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23800 - 23800-Sancions-Decret-llei-1-2025 Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Presentar la denuncia
  2. 2. Recibir la respuesta de la administración
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Denuncia por infracción de contención de rentas en contratos de alquiler

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Normativa

  • Decret llei 1/2025, de 28 de gener, de mesures urgents en matèria de contenció de rendes

  • Llei 12/2023, de 24 de maig, pel dret a l'habitatge

  • LEY 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5044  publicado el 09/01/2008)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Trámite para denunciar presuntas infracciones en los contratos de alquiler de viviendas suscritas a partir del 30/01/2025 (incluido).

 

Este trámite solo se puede realizar presencialmente si eres un particular.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitarla por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.

 

 

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Agència de l'Habitatge de Catalunya
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales

A personas inquilinas para los contratos de arrendamiento suscritos a partir del 30/01/2025 (incluido) para infracciones del Decreto ley 1/2025, en relación con los municipios situados en una zona declarada de mercado residencial tensado.

 

 

 

Plazos

Se puede presentar en cualquier momento en contratos de alquiler firmados a partir del 30/01/2025 (incluido).

 

 

Documentación

La documentación que se ha de presentar es:

  • Contrato de arrendamiento de la vivienda (obligatorio).
  • Documento acreditativo del precio de alquiler del sistema de referencia de los precios del alquiler de viviendas.
  • Contrato de arrendamiento anterior en la misma vivienda (obligatorio en el caso de que la persona arrendataria sea la misma).

 

Requisitos

Encontrarse en alguna de las circunstancias constitutivas de infracción como motivo de la denuncia, que son:

  • Repercutir al arrendatario los gastos de gestión inmobiliaria o los gastos del contrato.
  • La renta del contrato de arrendamiento de la vivienda supera el importe máximo permitido.
  • No consta en el contrato de arrendamiento alguna de estas condiciones:
    • El precio del alquiler del sistema de índice de precios de referencia.
    • El importe de la renta del contrato anterior.
    • La condición de gran tenedor de la propiedad de la vivienda.
    • La finalidad del arrendamiento.
  • La finalidad es simulada, falsa o fraudulenta.

 

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Para consultar el sistema de referencia de los precios de alquiler de viviendas se puede acceder al enlace.

Para consultar si el municipio se encuentra en una zona declarada de mercado residencial tensado, se puede acceder a través de este enlace.

Para consultar la referencia del catastro, puede acceder a este enlace.

Puedes consultar las preguntas frecuentes en este enlace.

 

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Presentar la denuncia

    Este trámite solo se puede realizar presencialmente si eres un particular.

    Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitarla por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.

    Por Internet

    Ve

    Iniciar . Acceder a Ve

    En este enlace encontrará las instrucciones para hacer trámites.

    El solicitante, una vez se identifique en Trámites con su certificado digital, podrá comprobar todos los trámites que ha realizado, accediendo a la opción del menú ‘Área privada’.

    Puede obtener más información sobre el funcionamiento de los trámites al apartado Preguntes Frecuentes  de la Ayuda.

    Presencialmente

    Se puede presentar el trámite en las oficinas de atención ciudadana de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

    • Oficinas de Atención Ciudadana a:
      • Girona 
      • Lleida  
      • Terres de l'Ebre
    • Agencia de la Vivienda de Cataluña y Servicios territoriales de Vivienda
    • En el resto de registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
    • A las oficinas de asistencia en materia de registro o a cualquiera de los puntos de digitalización y registro de la Generalitat.
    • En las oficinas de correos, tal como se establece reglamentariamente.
    • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España al extranjero. Consulta las direcciones.

    Denuncia relativa a la contención de rentas de los contratos de alquiler

  2. 2

    Segundo paso

    Recibir la respuesta de la administración

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la administración?

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la administración?

    Al tratarse de una denuncia, la administración inicia diligencias previas para determinar si es el caso, tramitar un expediente sancionador.

    Las diligencias previas no tienen un plazo establecido para su tramitación.

    En el caso de iniciar el expediente sancionador se comunicará a la persona arrendataria.

    Una vez iniciado el expediente sancionador, la administración dispone de 6 meses para resolver el expediente y notificar la correspondiente resolución.

    ¿Cómo y qué respuesta se recibe?

    • Resolución de archivo de las diligencias previas.
    • Resolución de inicio del expediente sancionador.

    ¿Se puede presentar recurso/reclamación?

    -Contra la resolución de archivo del expediente se puede presentar un recurso de alzada en el plazo de un mes en el órgano competente que la ha dictado o ante el competente para resolverlo.

    -Contra la resolución de inicio de un expediente sancionador no se puede presentar un recurso, por tratarse de un acto de trámite no cualificado.

     

Fecha de actualización 07.02.2025
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