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  • Alta o baja de usuarios de la plataforma Tramitación y gestión de procesos de seguridad privada (TGSP)
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Pasos a realizar

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  3. 3. Recibe la respuesta de la Administración
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Normativa

  • Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.

    . Abrir en una nueva ventana.

    (BOE  núm.  83  publicado el 05/04/2014)

  • Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  42  publicado el 18/02/2011)
  • Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  42  publicado el 18/02/2011)
  • Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  8  publicado el 10/01/1995)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Las empresas de seguridad privada, los despachos de detectives privados y los guardas rurales no integrados en empresas de seguridad que lleven a cabo sus servicios en el ámbito territorial de Cataluña tienen que comunicar sus contratos y servicios a través de la plataforma. Las empresas de seguridad privada también tienen que comunicar las altas y bajas de su personal.

Para hacer las comunicaciones en la plataforma, hay que pedir el alta o la baja de usuarios a través de este trámite.

Este trámite solo se puede hacer por internet.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Interior i Seguretat Pública
  • Subdirecció General de Seguretat Interior
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
  • Empresas de seguridad privada
  • Despachos de detectives privados y sus sucursales
  • Guardas rurales no integrados en empresas de seguridad
Plazos

Puede solicitarlo en cualquier momento.

Documentación

Documentación acreditativa de la representación, si es el caso. No es necesario que aporte esta documentación si es el representante y está inscrito en el Registro electrónico de representación (Representa).

Tasas

Este trámite es gratuito.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicita el alta o la baja

    Para tramitar este formulario tiene que disponer de idCAT móvil o un certificado digital.

    Si firma el formulario como persona jurídica, necesita un certificado digital de representación o estar inscrito en Representa, el Registro electrónico de representación.

    Por Internet

    Solicitud de alta o baja de usuarios en la plataforma TGSP

    Iniciar . Acceder a Solicitud de alta o baja de usuarios en la plataforma TGSP

    Instrucciones para rellenar el formulario:

    1. El sistema validará los datos. Si se detectan errores o faltan datos, el sistema le enviará un mensaje de error.
    2. Si actúa como representante y no está inscrito en Representa, tendrá que adjuntar la documentación acreditativa de la representación.
    3. Para enviar el formulario tiene que firmar con idCAT Móvil o certificado digital. Si se ha identificado digitalmente al iniciar la solicitud, podrá enviar el formulario sin firmarlo.
    4. Cuando haya enviado el formulario, el sistema generará un recibo (que contiene, entre otros datos, el código identificador, el número de registro y el día y la hora de presentación), que acredita que el documento ha quedado correctamente registrado en el sistema.

    Consulte las condiciones técnicas para hacer trámites en línea (Soporte a la tramitación).

    Consulte cómo resolver errores de tramitación.

    Si no puede hacer el trámite por una incidencia en el sistema, pruébelo más tarde.

    Si la incidencia persiste o no puede esperarse a hacer el trámite, puede:

    • Utilizar el formulario de petición genérica para dirigirse al Departamento.
    • Utilizar el formulario de instancia genérica que encontrará en la web (o sede electrónica) de su ayuntamiento o de cualquier otra administración pública. En este caso, recuerde que el cómputo de plazos puede variar y que se tiene que esperar unos días para poder hacer el seguimiento del trámite desde el Área privada.

    Consulte si hay incidencias en la sede electrónica.

  2. 2

    Segundo paso

    Consulta el estado del trámite

    Consulte el estado del trámite a través de estos canales:

    Consulte el estado del trámite a través de estos canales:

    • Canal Empresa (con idCAT Móvil o el certificado digital).
    • Estado de tus gestiones (con el identificador del trámite y el DNI o NIF).
    • Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI o NIF).
  3. 3

    Tercer paso

    Recibe la respuesta de la Administración

    ¿Qué respuesta recibirá?

    ¿Qué respuesta recibirá?

    Recibirá una comunicación con la relación de usuarios dados de alta o de baja o, en su caso, los motivos de la denegación de la solicitud.

    ¿Cómo recibirá la respuesta?

    Recibirá un correo electrónico con el enlace a la notificación. Puede acceder a él a través del Área privada o del área privada de Canal Empresa.

    ¿Puede presentar un recurso?

    No, si no está de acuerdo con la respuesta de la Administración, puede presentar una nueva solicitud.

Fecha de actualización 25.06.2025

Trámites relacionados

  • Comunicación de variaciones de personal de seguridad privada
  • Comunicación de contratos de servicios de seguridad privada
  • Comunicación de contratos de investigación privada
  • Comunicación de contratos de servicios de guardas rurales no integrados en empresas de seguridad privada
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