¿Qué tienes que saber?
Las empresas de seguridad privada, los despachos de detectives privados y los guardas rurales no integrados en empresas de seguridad que lleven a cabo sus servicios en el ámbito territorial de Cataluña tienen que comunicar sus contratos y servicios a través de la plataforma. Las empresas de seguridad privada también tienen que comunicar las altas y bajas de su personal.
Para hacer las comunicaciones en la plataforma, hay que pedir el alta o la baja de usuarios a través de este trámite.
Este trámite solo se puede hacer por internet.
- Empresas de seguridad privada
- Despachos de detectives privados y sus sucursales
- Guardas rurales no integrados en empresas de seguridad
Puede solicitarlo en cualquier momento.
Documentación acreditativa de la representación, si es el caso. No es necesario que aporte esta documentación si es el representante y está inscrito en el Registro electrónico de representación (Representa).
Este trámite es gratuito.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicita el alta o la baja
Para tramitar este formulario tiene que disponer de idCAT móvil o un certificado digital.
Si firma el formulario como persona jurídica, necesita un certificado digital de representación o estar inscrito en Representa, el Registro electrónico de representación.
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Segundo paso
Consulta el estado del trámite
Consulte el estado del trámite a través de estos canales:
Consulte el estado del trámite a través de estos canales:
- Canal Empresa (con idCAT Móvil o el certificado digital).
- Estado de tus gestiones (con el identificador del trámite y el DNI o NIF).
- Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI o NIF).
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Tercer paso
Recibe la respuesta de la Administración
¿Qué respuesta recibirá?
¿Qué respuesta recibirá?
Recibirá una comunicación con la relación de usuarios dados de alta o de baja o, en su caso, los motivos de la denegación de la solicitud.
¿Cómo recibirá la respuesta?
Recibirá un correo electrónico con el enlace a la notificación. Puede acceder a él a través del Área privada o del área privada de Canal Empresa.
¿Puede presentar un recurso?
No, si no está de acuerdo con la respuesta de la Administración, puede presentar una nueva solicitud.
