¿Qué tienes que saber?
Son ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a los centros de investigación CERCA de Cataluña para actuaciones de fomento y uso de la lengua catalana en el ámbito de la investigación.
Las actuaciones se han de desarrollar desde el 1 de enero de 2025 al 30 de junio de 2026.
Este trámite solamente puede hacerse por internet. Has de usar el formulario específico
Plazo para presentar solicitudes: desde el 20 de enero hasta el 31 de marzo de 2025 a las 14:00 horas (hora local Barcelona).
Teniendo en cuenta que hoy, 31 de marzo, finaliza el plazo de presentación de solicitudes en el marco de la convocatoria Ajuts als centres de recerca CERCA per a actuacions de foment i ús de la llengua catalana en l'àmbit de la recerca (CERCA), y que hay una incidencia técnica que afecta al servicio de tramitación en línea, de conformidad con lo que establece la base 6.2 de la Resolución REU/3963/2024, de 5 de novembre, per la qual s'aproven les bases reguladoras de Ajuts als centres de recerca CERCA de Catalunya per a actuacions de foment i ús de la llengua catalana en l'àmbit de recerca (CERCA 2024), se amplia el plazo de presentación de solicitudes durante los 3 días consecutivos siguientes (hasta el día 3 de abril de 2025, a las 14.00 hora local de Barcelona).
Contacto: Júlia Olarieta Domingo (juliaolarieta@gencat.cat) y Ferran Lavall Vigas (flavall@gencat.cat)
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
A los centros de investigación CERCA de Cataluña.
Plazo para presentar la solicitud: desde el 20 de enero hasta el 31 de marzo de 2025 a las 14:00 horas (hora local Barcelona), ambos incluidos. Se amplía el plazo hasta el 3 de abril de 2025 a las 14:00 h hora local de Barcelona.
Plazo para justificar la ayuda: hasta el 15 de septiembre de 2026, incluido.
Documentación que ha de adjuntarse al formulario:
- Memoria y presupuesto de las actividades y los proyectos solicitados. Presupuesto total de ingresos y de gastos del proyecto, con indicación de las fuentes o posibles fuentes de financiación.
Como en el formulario de solicitud, en el apartado “Document annex de la sol·licitud”, solamente puede incluir un fichero, será necesario que rellenéis tantos documentos "Annex projecte” como proyectos presentéis y que los vayáis dejando en formato .pdf.
Finalmente, deberéis fusionar todos los documentos rellenados en un único documento .pdf, que será el que deberéis anexar al formulario de solicitud.
- Ser un centro de investigación CERCA de Cataluña.
- Cumplir los requisitos y las condiciones que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y los que se relacionan en la base 2.2 de las bases reguladores de estas ayudas.
No tienes que pagar tasas para este trámite.
Tipología de los proyectos o actuaciones
De acuerdo con los objetivos de política lingüística de la Generalitat de Catalunya en el ámbito de la investigación, las actuaciones objeto de estas ayudas pueden ser del tipo siguiente:
- Diseño e implantación de actuaciones de gestión sostenible del multilingüismo y fomento del catalán en los centros CERCA.
- Elaboración de criterios para una gestión sostenible del multilingüismo en los centros CERCA.
- Organización de programas de acogida lingüística para las personas no catalanohablantes que se incorporen en los centros CERCA.
- Formación lingüística en lengua catalana en el lugar de trabajo adaptada a las necesidades de las personas investigadoras y del personal técnico, de gestión, de administración y servicios de los centros CERCA.
- Organización de parejas lingüísticas y grupos de conversación en catalán en el marco de los centros CERCA.
- Difusión de recursos para el aprendizaje del catalán y para el uso de la terminología catalana en el ámbito científico.
- Asesoramiento lingüístico.
- Organización de actividades de dinamización lingüística para el fomento del catalán en el ámbito científico.
Período
Los proyectos o actuaciones de planificación lingüística y de fomento de la lengua catalana en el ámbito de los centros CERCA de Cataluña se han de realizar durante el año 2024 o 2025.
Cuantía de la ayuda
El importe máximo de las ayudas puede ser de hasta 15.000 euros por centro. Se establece un importe mínimo para cada proyecto de 2.000 euros.
Avaluación y selección
Una vez validados técnicamente los requisitos mínimos de las solicitudes, los proyectos accederán al proceso de evaluación científica por parte de personas expertas y externas, de acuerdo con el Reglamento de evaluación de la AGAUR y teniendo en cuenta los criterios de evaluación y selección seguientes (valoración de 1 a 100):
- Adecuación del proyecto a las tipologías de actuaciones: 25 puntos.
- Calidad e interés del proyecto: 25 puntos.
- Afectación del proyecto (es transversal en tota la institución o prevé una alta proporción de personas beneficiarias): 25 puntos.
- Proyecto conjunto con otros centros: 25 puntos.
Como resultado de la evaluación, se generará un valor de evaluación cientificotécnica final expresado en una escala de 1 a 10 (con dos decimales).
El panel de selección estará formado por expertos externos y como mínimo un miembro de la Comisión de Seguimiento del Plan de fortalecimiento del catalán.
Teniendo en cuenta los criterios anteriores, la Comisión de Selección fijará la nota de corte mínima para acceder a las ayudas.
Límite de proyectos o actuaciones por centro CERCA
Cada centro puede presentar un máximo de 4 proyectos o actuaciones (sin tener en cuenta la participación en proyectos de colaboración entre los centros).
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 20/01/2025 al 03/04/2025 -
Segundo paso
Recibir la propuesta de resolución provisional y aceptar la ayuda
¿Cómo se notifica la respuesta?
¿Cómo se notifica la respuesta?
La propuesta de resolución provisional de la ayuda se notifica mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya y de manera informativa en la web de la AGAUR. Esta publicación tiene el mismo efecto que una notificación individual.
Las instituciones propuestas como beneficiarias disponen de 15 días hábiles para aceptar la ayuda, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la propuesta de resolución provisional.
La aceptación de la ayuda ha de formalizarse mediante documento normalizado de aceptación, firmado por la persona representante legal de la entidad, en el que se compromete a cumplir todas las condiciones fijadas en las bases reguladoras y en la convocatoria.
El documento de aceptación detallará la documentación complementaria que se deberá adjuntar.
La presentación de la documentación de aceptación se ha de realizar electrónicamente. La institución podrá hacerlo a través del trámite asociado a un expediente AGAUR.
¿Qué contiene la propuesta de resolución provisional?
La propuesta de resolución provisional contiene la lista de las entidades solicitantes propuestas para ser beneficiarias de la ayuda y las entidades que forman parte de la lista de reserva, si las hay, debidamente priorizada en función de la puntuación obtenida y siempre que hayan alcanzado la puntuación mínima exigida.
La aceptación de la ayuda debe formalizarse en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la propuesta de resolución provisional.
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo recibiré la respuesta?
¿Cuándo recibiré la respuesta?
El plazo legal máximo para resolver es de 6 meses a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGC.
¿Cómo recibiré la respuesta?
Las resoluciones se notificarán a los centros CERCA interesados mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Las resoluciones han de indicar los recursos que pueden interponerse.
Con el fin de realizar una mayor difusión, y a título informativo, también se comunica a través del portal "Trámites Gencat" y de la página web de la AGAUR.
¿Puedo presentar un recurso?
Sí, la resolución especificará los recursos que podrás presentar y los plazos para hacerlo.
- Contra la resolución de inadmisión y desistimiento: podrás presentar un recurso de alzada en el plazo de 1 mes desde el día siguiente al de la publicación de la resolución.
- Contra la resolución de concesión: podrás presentar un recurso potestativo de reposición en el plazo de 1 mes desde el día siguiente al de la publicación de la resolución.
- En ambos casos: también podrás presentar directamente un recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución.
¿Cómo puedo presentar un recurso?
Para presentar un recurso, consulta la página web de presentación de documentación, alegaciones o recursos de la AGAUR.
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Cuarto paso
Recibir la ayuda
El importe de la ayuda se entregará en dos pagos.
El importe de la ayuda se entregará en dos pagos.
- Primer pago: el 80% del importe total concedido se realizará una vez formalizada la aceptación de la ayuda.
- Segundo pago: el 20% restante se realizará una vez verificado que se ha cumplido la finalidad del proyecto y comprobado la justificación de la ayuda otorgada.
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Quinto paso
Justificar l'ajut
Los centros CERCA beneficiarios deben justificar la ejecución efectiva de las ayudas y acreditarlo dentro del plazo establecido en la convocatoria correspondiente mediante los modelos normalizados.
Los centros CERCA beneficiarios deben justificar la ejecución efectiva de las ayudas y acreditarlo dentro del plazo establecido en la convocatoria correspondiente mediante los modelos normalizados.
El plazo máximo para justificar las ayudas otorgadas finaliza el 27 de febrero de 2026, inclusive.
Para justificar la ayuda es necesario:
- Un documento justificativo consistente en una relación de proyectos realizados que certifique el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
- Una certificación de la gerencia o de la persona responsable económica de la institución que el importe otorgado se ha incorporado a su contabilidad y que la ayuda se ha destinado a la finalidad para la que ha sido concedida.
- Liquidación en la que se indiquen —y, en su caso, se motiven— las desviaciones respecto al presupuesto inicial.
- Detalle de los demás ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y la procedencia.
En el caso que el coste final efectivo de la actividad subvencionada sea inferior al coste inicialmente presupuestado, se reducirá, en la misma proporción, la cantidad de la subvención concedida.
Para que se considere conseguido el objeto y la finalidad de la subvención, el gasto mínimo realizado y justificado de la actividad subvencionada tiene que ser como mínimo el 60% del gasto reconocido en la resolución de concesión. Por el contrario, el incumplimiento de este gasto mínimo, comportará la revocación de la subvención concedida.
El plazo para justificar la ayuda finaliza el 27 de febrero de 2026, inclusive.