¿Qué tienes que saber?
Son ayudas en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a las universidades del sistema universitario de Cataluña para la edición y difusión de:
- Libros de texto.
- Manuales universitarios.
- Libros cientificotécnicos o de referencia.
Han de estar escritos o traducidos en lengua catalana, en soporte papel o electrónico y destinados a materias obligatorias y optativas de los estudios universitarios.
Se incluyen los manuales o libros universitarios, sean ediciones propias o que provengan de la traducción de libros existentes en otros idiomas.
Debe acreditarse que la obra será de uso para asignaturas de un plan docente y que se incluirá en la bibliografía docente mediante el aval del jefe de departamento correspondiente.
Se excluyen de esta convocatoria:
- Los diccionarios.
- Las actas de jornadas o congresos.
- Las recopilaciones terminológicas.
- Las publicaciones periódicas.
La tirada mínima de la primera edición será de 300 (trescientos) ejemplares, una vez deducidos los no destinados a la venta, según el contrato con el autor o autora. Con justificación previa, puede considerarse una cantidad inferior, que debe ser de un mínimo de 200 (doscientos) ejemplares.
Todos los proyectos deben garantizar la calidad lingüística de los textos mediante la aplicación de los criterios lingüísticos vigentes en cada lenguaje de especialidad por parte de los servicios lingüísticos de la universidad, de acuerdo con lo que establece el Centro de Terminología de la lengua catalana (TERMCAT).
El plazo para solicitar la ayuda es desde el 30 de septiembre de 2024 hasta el 30 de octubre de 2024 a las 14 h, hora local de Barcelona.
AVISO:
Teniendo en cuenta que hoy finaliza el plazo de presentación de solicitudes en el marco de la convocatoria MANUALS, y que hay una incidencia técnica que afecta al servicio de tramitación en linea, de conformidad con lo que establece la base 6.2 de la Resolución REU/2608/2024, de 9 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las universidades del sistema universitario de Cataluña para la edición de libros de texto, manuales universitarios, libros científico-técnicos o de referencia, en soporte papel o electrónico, escritos o traducidos en lengua catalana (MANUALS), se prorroga el plazo de presentación de solicitudes durante los tres días consecutivos (hasta el día 5 de noviembre de 2024, a las 14:00 h, hora local de Barcelona).
Contacto: agarciavalls@gencat.cat
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
A las universitades del sistema universitario de Catalunya. Las solicitudes tienen que
contar con el visto bueno de las editoriales y los servicios de publicaciones o unidades equivalentes de las universidades.
Se entiende por unidad equivalente la unidad de la universidad que tiene asignadas las tareas de edición y difusión. Esta circunstancia tendrá que ser acreditada en el momento de presentar la solicitud por la persona representante legal de la entidad.
El plazo para solicitar la ayuda es desde el 30 de septiembre de 2024 hasta el 30 de octubre de 2024 a las 14 h, hora local de Barcelona.
AVISO:
Teniendo en cuenta que hoy finaliza el plazo de presentación de solicitudes en el marco de la convocatoria MANUALS, y que hay una incidencia técnica que afecta al servicio de tramitación en linea, de conformidad con lo que establece la base 6.2 de la Resolución REU/2608/2024, de 9 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las universidades del sistema universitario de Cataluña para la edición de libres de texto, manuales universitarios, libros científico-técnicos o de referencia, en soporte papel o electrónico, escritos o traducidos en lengua catalana (MANUALS), se prorroga el plazo de presentación de solicitudes durante los tres días consecutivos (hasta el día 5 de noviembre de 2024, a las 14:00 h, hora local de Barcelona).
- Memoria completa y detallada del proyecto de libro o manual universitario, donde se debe detallar el área de conocimiento, la titulación o titulaciones universitarias a las que va dirigido y si se trata de una materia
obligatoria u optativa, el calendario de preparación y publicación, el sistema de divulgación y canales de
distribución del proyecto, el sistema previsto para garantizar la calidad lingüística y el tratamiento de la
terminología específica de la obra y el impacto entre el alumnado matriculado en relación con el total de
estudiantes de la universidad. También es necesario indicar el carácter pluridisciplinar de la obra y si tiene el
apoyo o la colaboración de más de una universidad. - Certificado del jefe del departamento universitario correspondiente que acredite que la obra será de uso para
asignaturas de un plan docente y que se incluirá en la bibliografía docente. - Documento justificativo del incumplimiento de la tirada mínima de la primera edición establecida en la base
1, si procede. - Presupuesto total de ingresos y de gastos del proyecto, con indicación de las fuentes o posibles fuentes de
financiación. Hay que especificar claramente el importe solicitado como ayuda y también justificar y priorizar
todos los conceptos para los que se solicita. El presupuesto debe incluir todos los gastos y los ingresos
previstos y debe desglosarse por actuaciones y por concepto de gasto. - Certificado del representante legal de la entidad que acredite la unidad que hace las funciones de edición y difusión, en caso de no disponer de editoriales o servicios de publicaciones propios, si procede (base 2.1).
- Documento con el visto bueno de las editoriales y los servicios de publicaciones o unidades equivalentes de las universidades del sistema universitario de Cataluña, si procede.
No hay tasas asociadas a este trámite.
El importe máximo de las ayudas puede ser de hasta 10.000,00 (diez mil) euros para los libros en soporte papel y hasta 5.000,00 (cinco mil) euros para los libros electrónicos, y como máximo el 50 % del gasto elegible. Este límite puede ser del 70 % si se trata de una coedición, y hasta el 100 % en el caso de materiales de acceso abierto. Las ayudas concedidas se someten al régimen fiscal vigente en el momento del otorgamiento.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
El impreso de solicitud normalizado consta de un formulario general y hasta 6 documentos anexos, que deben adjuntarse al formulario. Es imprescindible presentar el formulario con los anexos para [...]
Plazos
Del 30/09/2024 al 05/11/2024El impreso de solicitud normalizado consta de un formulario general y hasta 6 documentos anexos, que deben adjuntarse al formulario. Es imprescindible presentar el formulario con los anexos para poder pasar a la fase de evaluación.
Los documentos anexos que deberán adjuntarse son los siguientes:
- Documento anexo memoria de MANUALS 2024, según modelo normalizado.
- Documento anexo presupuesto de MANUALES 2024, según modelo normalizado.
- Certificado del responsable del departamento universitario correspondiente que acredite que la obre será de uso para asignaturas de un plan docente y que se incluirá en la bibliografía docente.
- Documento con el visto bueno de las editoriales y los servicios de publicacions o unidades equivalentes de las universidades del sistema universitario de Catalunya, en su caso.
- Certificado del representante legal de la entidad que acredite la unidad que realiza las funciones de edición y difusión, si no disponen de editoriales o servicios de publicacions propias, en su caso (base 2.1)
- Documento justificativo del incumplimiento de la tirada mínima de la primera edición establecido en la base 1, en su caso.
¿Cómo hacerlo?
- Cumplimentar el formulario.
- Adjuntar en el apartado “Documentació” los 2 documentos anexos requeridos en formato .pdf (Recuerda que el nombre del archivo no puede contener guiones, espacios, acentos, barras, apóstrofos, ç, etc.)
- Pulsar el botón “Enviar” y se abrirá una nueva pestaña con el Evalid para proceder a la firma.
- En algunos casos, únicamente si te lo requiere, será necesario ir a descargas, buscar un archivo .jnlp y clicar en el botón “conserva”. Este paso será opcional.
- Buscar el archivo a descargas, clicar encima y abrirlo con JAVA.
- Escoger el certificado que corresponda y aceptar.
- Volver a la pantalla del formulario y, en caso de que el proceso de firma haya sido correcto, saldrá el número de trámite y el acuse de recibo para que te lo puedas descargar.
Puedes consultar la página informativa sobre cómo firmar digitalmente un trámite o un documento.
AVISO:
Teniendo en cuenta que hoy finaliza el plazo de presentación de solicitudes en el marco de la convocatoria MANUALS, y que hay una incidencia técnica que afecta al servicio de tramitación en linea, de conformidad con lo que establece la base 6.2 de la Resolución REU/2608/2024, de 9 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las universidades del sistema universitario de Cataluña para la edición de libros de texto, manuales universitarios, libros científico-técnicos o de referencia, en soporte papel o electrónico, escritos o traducidos en lengua catalana (MANUALS), se prorroga el plazo de presentación de solicitudes durante los tres días consecutivos (hasta el día 5 de noviembre de 2024, a las 14:00 h, hora local de Barcelona).
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Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?El plazo máximo para dictar y notificar la resolución de esta convocatoria es de seis meses desde su publicación en el DOGC.
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución de esta convocatoria es de seis meses desde su publicación en el DOGC.¿Qué respuesta se recibe?
La resolución provisional de concesión de las ayudas se notificará a las entidades interesadas mediante su publicación en el Tablero electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya y, de manera informativa, en la página web de la AGAUR. -
Tercer paso
Aceptar la ayuda
Las entidades propuestas deben formalizar la aceptación de la ayuda en el plazo de 15 días hábiles, acontar desde el día siguiente al de la publicación de la propuesta de resolución provisional de [...]
Las entidades propuestas deben formalizar la aceptación de la ayuda en el plazo de 15 días hábiles, a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la propuesta de resolución provisional de concesión. La
propuesta de resolución provisional debe contener el requerimiento de la documentación mencionada.La aceptación de la ayuda se formalizará mediante un documento normalizado firmado por el representante legal de la entidad, que debe incorporar el compromiso de cumplimiento de todas las condiciones que fijen las bases reguladoras y la convocatoria.
El documento normalizado de aceptación de la ayuda se podrá obtener en la página web de la AGAUR (<http://www.gencat.cat/agaur>) y deberán presentarse a la AGAUR mediante el Trámite asociado a un expediente AGAUR.
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Cuarto paso
Recibir la ayuda
El importe de la ayuda se entregará a la entidad beneficiaria en dos plazos:
El importe de la ayuda se entregará a la entidad beneficiaria en dos plazos:
- El primero, correspondiente al 80% del total concedido, se realizará hará una vez resuelta y notificada la resolución de concesión, sin necesidad de presentar garantías.
- El pago del 20% restante se realizará una vez justificada la ayuda, de acuerdo con la base que regula la justificación de las ayudas.
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Quinto paso
Justificar la ayuda
Las entidades beneficiarias deben justificar la ayuda y acreditarla, en el plazo que disponga la convocatoria correspondiente, presentando electrónicamente a la AGAUR la documentación [...]
Las entidades beneficiarias deben justificar la ayuda y acreditarla, en el plazo que disponga la convocatoria correspondiente, presentando electrónicamente a la AGAUR la documentación correspondiente a través del Trámite asociado a un expediente AGAUR.
La documentación a adjuntar en el trámite de justificación es la siguiente:
- Una memoria técnica de las actividades del proyecto, donde se especifiquen los resultados obtenidos.
- Certificado firmado por la persona representante legal de la entidad que asegure que se han editado un mínimo de 300 ejemplares, una vez deducidos los no destinados a la venta, según el contrato con el autor o autora, o de 200 si se ha aceptado la excepcionalidad de acuerdo con lo previsto en la base 1 de esta convocatoria.
- Certificación de la gerencia o de la persona responsable económicamente de la institución donde se indique que el importe otorgado se ha incorporado a su contabilidad y que la ayuda se ha destinado a la finalidad para la que ha sido concedida. En el certificado también debe constar la justificación de los gastos efectuados, debidamente detallados, con los importes, de acuerdo con los conceptos especificados en el presupuesto que se adjuntó a la solicitud de subvención. Se adjuntará una relación clasificada de los gastos y las inversiones de la actividad, identificando el acreedor y el documento, el importe, la fecha de emisión y, si procede, la fecha de pago. Si las hay, se harán constar las desviaciones respecto al presupuesto concedido.
- Detalle de los otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y la procedencia, si procede. (Incluido en la certificación del punto 3).
- Entrega de dos ejemplares de la obra subvencionada. En el caso de ediciones en papel, hay que entregar los ejemplares en la Oficina de Política Lingüística del Departament de Recerca i Universitats y en el caso de ediciones electrónicas hay que facilitar el enlace o dirección electrónica para acceder a la obra subvencionada.
- Certificado del representante legal de la entidad que acredite la unidad que hace las funciones de edición y difusión, en caso de no disponer de editoriales o servicios de publicaciones propios, si procede (base 2.1).
- Documento con el visto bueno de las editoriales y los servicios de publicaciones o unidades equivalentes de las universidades del sistema universitario de Cataluña, si procede.
El plazo para justificar finalizará dos meses después a contar desde el día siguiente que finalice el periodo de ejecución.
