¿Qué tienes que saber?
Son objeto de atribución de fondos los gastos soportados por los entes locales de Cataluña para el vaciado y el transporte mediante vehículos cisterna de los volúmenes líquidos generados en las purgas de las instalaciones de un sistema público de saneamiento en alta de titularidad local, para su tratamiento en las instalaciones de los sistemas públicos de saneamiento que determine la Agencia, de acuerdo con criterios de proximidad geográfica y de eficiencia técnica y económica.
Los destinatarios de estas atribuciones de recursos son los entes locales titulares de instalaciones de saneamiento en alta no incluidas en el régimen de financiación establecido en el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, al encontrarse en estas instalaciones pendientes de incorporación o de ejecución las actuaciones previstas en la planificación dirigidas a la solución definitiva del saneamiento de sus aguas residuales.
Las actuaciones previstas en la planificación dirigidas al saneamiento se determinan en el Programa de gestión específico de los sistemas públicos de saneamiento en alta de Cataluña (2022 – 2033).
El plazo de presentación de solicitudes es anual y finaliza en el mes de octubre.
El formulario de solicitud lo encontraréis en el Paso 1 (Solicitar), clicando en "Por internet" .
Para la presentación de la solicitud debo descargar y tramitar el formulario desde la EACAT. Tenéis que solicitar acceso al servicio ACA – Atribución de recursos para la financiación del vaciado y transporte de purgas, donde encontraréis el formulario correspondiente de solicitud.
La documentación que debe adjuntarse a la solicitud es la siguiente:
Documentación obligatoria:
- Descripción mínima de la instalación
- Documentación acreditativa de la estimación del caudal a producir durante el año y de los costes estimados
Documentación opcional:
- Fotografías de las instalaciones
El ente local destinatario de esta atribución de fondos queda obligado a:
- Aportar la documentación económica y justificativa del gasto debidamente fiscalizada por sus órganos de control en los plazos indicados en la resolución de la atribución de recursos.
- Acreditar ante la ACA que cumple los requisitos y condiciones establecidas mediante la aportación de la correspondiente documentación que se especifique en la resolución de la atribución de recursos.
- Facilitar toda la información que le sea requerida por los órganos de control de la Administración.
Una vez emitida la resolución de la atribución de recursos, la certificación del gasto deberá ser presentada a la ACA, como máximo, hasta el 15 de enero del año siguiente, sin perjuicio de la prórroga de este plazo al primer día hábil siguiente.
No hay tasas asociadas a esta tramitación.
Purgas líquidas
Financiación del vaciado de fosas
Purgas de saneamiento
Pasos a realizar
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Primer paso
Sol·licitar Atribució de fons