¿Qué tienes que saber?
Los centros de inmersión deben obtener la autorización de la Administración para poder gestionar actividades de inmersión con escafandra autónoma y para la inmersión sin medios de respiración artificial, en la zona estrictamente protegida de las islas Medes.
Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
A personas físicas (autónomos) o bien personas jurídicas (centros de inmersión) que quieran operar dentro del área protegida de las islas Medes.
La autorización se otorga por un plazo de dos años naturales, y tiene efectos desde el 1 de enero del año siguiente a la fecha de la resolución de otorgamiento.
El plazo de presentación de las solicitudes de autorización es del 1 al 30 de noviembre de los años pares.
- Memoria descriptiva y características del servicio (doc. obligatorio)
- Relación de guías submarinos con los que trabajan (doc. obligatorio)
- Documentación para acreditar la reducción de las emisiones que incluirá la acreditación del punto de amarre de salida, el nombre y la matrícula de la embarcación, el tipo de motor, la potencia y la capacidad de pasajeros autorizada (doc. obligatoria).
- Certificación de acreditación o acreditaciones ISO o equivalentes
- Acreditación de la Carta Europea de Turismo Sostenible, si procede
- Certificación de titulación/es de curso/s de guiaje en espacios protegidos, si procede
- Copia de las titulaciones que habilitan para la instrucción del buceo, si procede
- Acreditación guías de superar 100 inmersiones en espacios naturales de protección especial, si procede
- Cursos para guías submarinos en espacios naturales proteguidos, si procede
- Acreditación de la participación o promoción de programas de bonas prácticas, si procede.
- Acreditación de la participación en proyectos de investigación, si procede
- Documentación para acreditar el buceo adaptado, si procede. Deberá incluir la acreditación de disponer de una embarcación adaptada y también de personal con certificación de guia o instructor de buceo para personas con discapacidad.
- Listado de las sortides efectuades durante el año de la solicitud y el anterior (que deberá incluir el nombre y apellidos de los guías y el número de usuarios)
- Declaración jurada conforme los datos del listado del excel son las únicas inmersiones comercializadas por la empresa
- Otros documentos, si procede
Si procede, se puede aportar documentación en cualquier momento y como a máximo hasta el día que finaliza el plazo de presentación de las solicitudes, desde el Área Privada.
Requisitos informativos
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Disponer de la autorización vigente como centro de inmersión emitida por la Dirección General competente en materia de pesca y asuntos marítimos.
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Estar al corriente del pago de las tasas y precios públicos del Parque Natural, en su caso.
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Disponer de los seguros obligatorios para el ejercicio de la actividad.
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Disponer de embarcaciones para realizar la actividad con capacidad de gobierno de 3 nudos o menos.
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Cumplir los requisitos exigidos para la regularización de las embarcaciones y tripulaciones ante Capitanía Marítima, así como disponer de los permisos necesarios para el transporte de pasajeros.
No hay tasas asociadas a este trámite.
- La autorización incluye el detalle del número total de licencias de inmersión que se atribuyen al centro de inmersión y de las correspondientes a cada zona de inmersión.
- Autorización para actividades de inmersión con escafandra autónoma:
- En la medida en que el número de autorizaciones no puede igualar o superar las nueve para el grupo A y las seis para el grupo B, el otorgamiento se realizará en función de la puntuación obtenida.
- Autorización para actividades de inmersión sin medios de respiración artificial:
- En la medida en que el número de autorizaciones no puede igualar o superar las seis, el otorgamiento se realizará en función de la puntuación obtenida.
- Las licencias de inmersión se distribuyen de manera proporcional, aplicando una media ponderada de la puntuación obtenida por los centros autorizados de cada grupo.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar la autorización
Plazos
Del 01/11/2024 al 30/11/2024Este trámite sólo se puede hacer por internet.
Es necesario que firme el formulario principal con un certificado digital de Persona Física, de Persona Vinculada o de Representante Legal.
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Segundo paso
Consulta del estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
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Puede consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCAT Mòbil/o certificado digital).
- En el 'Estado de mis gestiones' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la administración
¿Quién otorga la autorización?El órgano gestor del Parque Natural del Montgrí, las Illes Medes y el Baix Ter es el encargado de la instrucción del procedimiento de autorización de los centros de [...]
¿Quién otorga la autorización?
El órgano gestor del Parque Natural del Montgrí, las Illes Medes y el Baix Ter es el encargado de la instrucción del procedimiento de autorización de los centros de inmersión y de la comprobación de la documentación.Evaluadas las solicitudes, el órgano gestor del Parque eleva la propuesta de resolución al/a la director/a general de Políticas Ambientales y Medio Natural, que es quien otorga la autorización, previo trámite de audiencia por un plazo de 10 días, en su caso.
¿Cómo se recibe la respuesta?
La Administración le enviará un correo electrónico o un SMS en función de los datos que haya informado en la solicitud indicando que ha recibido una notificación electrónica, a la que puede acceder:- desde el enlace que conste en el correo electrónico, mediante:
- certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
- contraseña de un solo uso. Para poder acceder a la notificación por correo electrónico necesita el NIF/CIF del destinatario de la notificación y el número de teléfono o correo electrónico que le consta a la Generalitat como datos de contacto. Estos datos constan en el correo de aviso. Si no encuentra el mensaje en el buzón de entrada por favor revise la carpeta de correo basura (spam).
- desde el apartado 'Notificaciones electrónicas' o desde Canal Empresa, mediante:
- certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
- contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesita el correo electrónico o el teléfono y el NIF que indicasteis al ser notificados
- desde el espacio personal 'Área privada' de Trámites gencat o el Área privada de Canal Empresa, mediante:
- certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
- contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesita el correo electrónico o el teléfono y el NIF que indicasteis al ser notificados
Desde la emisión del aviso de notificación dispone de 10 días naturales para su aceptación o rechazo. Si transcurrido dicho plazo no ha accedido a la notificación, esta se entenderá rechazada.
Desde el momento en que se accede al contenido de la notificación se entenderá que esta ha sido efectuada (practicada).
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución a los centros de inmersión es de cuatro meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido el plazo previsto sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, los solicitantes podrán entender desestimada su solicitud.¿Se puede presentar un recurso?
La resolución expresa de concesión o denegación de la solicitud no pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas pueden interponer en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, recurso de alzada, de acuerdo con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre. - desde el enlace que conste en el correo electrónico, mediante:

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