Para poder garantizar tu privacidad en este web y no dejar rastro de tu actividad, ten en cuenta lo siguiente:

Salir rápido

1. Dispones del botón Salir rápido para salir inmediatamente.

pdf

2. Cuando abras un PDF, simplemente visualízalo, sin guardarlo.

esborrar-historial

3. Asegúrate de borrar tu historial de navegación antes de salir.

mode-incognit

4. Utiliza la navegación privada o de incógnito.

Saltar al contenido principal
. Abrir en una nueva ventana.Logotipo de la Generalitat
Menú
  • Contacto
  • Idioma: es
    • Català
Buscador

Buscador

Servicios de Internacionalización
Servicios de Innovación
Servicios para Startups
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Inicio
  • Accede a “Ayudas y servicios”
    • Por dónde empezar
    • Accede a “¿Quieres crecer?”

      • Asesoramiento en crecimiento y estrategia empresarial
      • Cupones de estrategia
      • Ayudas de crecimiento y cambio estratégico
      • Clústers: colaborar para reforzar la estrategia
      • Oficina Next Generation EU
      • Oficina Pública para la Transformación de las Industrias de Movilidad y Automoción
      • Servicio de crecimiento empresarial
      • Accede a “¿Quieres crecer?”

    • Accede a “¿Quieres innovar?”

      • Asesoramiento en innovación y tecnología para la empresa
      • Cupones de innovación
      • Ayudas I+D europeas
      • Accede a “I+D en la empresa”

        • Asesoramiento para proyectos de I+D
        • Protección de la propiedad intelectual e industrial
        • I+D con centros tecnológicos y grupos de investigación TECNIO
        • Ayudas para proyectos de I+D empresarial
        • Accede a “I+D en la empresa”

      • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

        • Ayudas a la innovación tecnológica y verde
        • Innovación digital avanzada
        • Innovación verde
        • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

      • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

        • Aceleración de proyectos de innovación disruptiva
        • Ayudas a proyectos de innovación abierta y disruptiva
        • Catalonia Exponential Leaders
        • Retos y soluciones de innovación abierta
        • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

      • Accede a “Servicios para Startups”

        • Directorio de startups en Cataluña
        • Financiación para startups
        • Ayudas Startup Capital
        • Accede a “Servicios para Startups”

      • Accede a “¿Quieres innovar?”

    • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

      • Asesoramiento en internacionalización y comercio internacional
      • Respondemos. Plan de defensa de la Cataluña de todos
      • Barreras en el comercio internacional
      • Accede a “Empieza a exportar”

        • Iniciación a la exportación
        • Cupones de internacionalización
        • Trade Portal: información práctica para exportar
        • Accede a “Empieza a exportar”

      • Accede a “Expansión internacional”

        • Acceso a licitaciones internacionales
        • Ayudas de multilocalización: nuevas filiales en el extranjero
        • Ayudas de promoción internacional
        • Ayudas para exportar a través de canales digitales
        • Exportación con las Oficinas Exteriores de Cataluña
        • Internacionalización sectorial
        • Encontrar compradores internacionales
        • Accede a “Expansión internacional”

      • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

    • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

      • Captación de socios internacionales
      • Apoyo para empresas extranjeras establecidas en Cataluña
      • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

    • Financiación
    • Buscador de ayudas y servicios para la empresa. Abrir en una nueva ventana.
    • Banco de conocimiento. Abrir en una nueva ventana.
    • Accede a “Ayudas y servicios”

    Ayudas y servicios

    Accede a “Ayudas y servicios”

  • Países
  • Sectores
  • Actividades
  • Accede a “ACCIÓ”
    • La Agencia
    • Delegaciones territoriales
    • Red de Oficinas Exteriores de Comercio e Inversiones
    • Sala de prensa y comunicación
    • Preguntas frecuentes
    • Contacto
    • Accede a “ACCIÓ”

    ACCIÓ

    Accede a “ACCIÓ”

  • Inicio
  • Ayudas y servicios
  • Autorización excepcional de captura de fauna no protegida ni cinegética por motivo de daños y molestias
21046 - Autorització excepcional de captura de fauna no protegida ni cinegètica per motius de danys i molèsties Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
  • ¿Qué tienes que saber?
  • ¿Qué es?
  • ¿A quién va dirigido?
  • Plazos
  • Documentación
  • Tasas
  • Otras informaciones

Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Consulta del estado del trámite
  3. 3. Recibir la respuesta de la Administración
  4. 4. Presentar el resultado
  • Ir a: Solicitar la autorización
  • Ir a: ¿Qué es?
  • Ir a: ¿A quién va dirigido?
  • Ir a: Plazos
  • Ir a: Documentación
  • Ir a: Tasas
  • Ir a: Otras informaciones
  • Ir a: Pasos a realizar

Autorización excepcional de captura de fauna no protegida ni cinegética por motivo de daños y molestias

Solicitar la autorización

QUIÉN
Empresas y profesionales | Ciudadanía
CÓMO
Por Internet | Presencialmente
CUÁNDO
En cualquier momento

Por Internet Iniciar
Presencialmente Consulta dónde
Saber más

Autorización excepcional de captura de fauna no protegida ni cinegética por motivo de daños y molestias

Solicitar la autorización

Por Internet Iniciar
Presencialmente Consulta dónde
CUÁNDO
En cualquier momento

QUIÉN
CÓMO
Empresas y profesionales | Ciudadanía Por Internet | Presencialmente

¿Necesitas ayuda?

Suscripción a los avisos informativos

Recibirás información de novedades generales relacionadas con este trámite como el inicio de plazos, cambios en los formularios, etc...

Añadir como trámite favorito en el área privada

Estará siempre disponible y puedes elegir si ver los avisos informativos allí o recibirlos por correo.

Suscripción solo con un correo electrónico

Recibirás los avisos informativos en tu correo. Para gestionar las suscripciones, entra en tu área privada.

Normativa

  • Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  299  publicado el 14/12/2007)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Se puede autorizar de manera excepcional la captura de especies de fauna no protegida ni cinegética cuando en un determinado ámbito territorial haya una abundancia excesiva de individuos de una especie, de manera que puedan causar daños o perjudicar las personas, la agricultura, la ganadería, los terrenos forestales, la fauna o la flora protegidas.

Este trámite sólo se puede realizar presencialmente si es un particular.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Direcció General de Polítiques Ambientals i Medi Natural
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
  • A titulares de áreas de caza.
  • A propietarios de un terreno.
  • A promotores de las zonas de seguridad.
  • A propietarios de refugios de fauna salvaje y gestores de espacios naturales protegidos.
Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación
  1. Formulario de solicitud del 'Paso 1. Solicitar'.
  2. Copia NIF / NIE del solicitante y / o del representante legal, si no ha autorizado su verificación y consulta de los datos telemáticas.
  3. Copia de la documentación acreditativa de la representación, si no ha presentado esta documentación previamente.
  4. Autorización del titular del terreno cinegético, en su caso.

En el plazo máximo de 30 días desde la finalización del periodo en que se haya validado la autorización, la persona solicitante debe presentar el Informe Resultado de la autorización excepcional de captura de fauna no protegida ni cinegética (consulte el Paso 4) 

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

En su caso, se comprobará in situ los daños y/o molestias por parte de los técnicos del departamento competente en medio ambiente y/o Agentes rurales.

Observaciones

En todos los casos la autorización debe especificar obligatoriamente:

  1. El carácter excepcional de la autorización.
  2. La motivación de la autorización según el informe de la persona responsable de Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural.
  3. Las personas autorizadas a efectuar la captura.
  4. La especie o especies objeto de autorización.
  5. Los métodos o modalidades para capturar y los requisitos para utilizarlos (licencias, permiso de armas).
  6. El periodo concreto de vigencia de la autorización.
  7. El destino de los ejemplares objeto de captura.

Esta autorización deberá ser obligatoriamente notificada al Cuerpo de Agentes Rurales de la comarca afectada.

Transcurridos 30 días desde la finalización del periodo en que es válida la autorización, el solicitante debe presentar el informe de resultado de la captura correspondiente a la autorización según el modelo que se encuentra en el 'Paso 1 Solicitar'.

Si los terrenos afectados se encuentran situados dentro de los límites de un espacio natural de protección especial, es decir, un parque natural, un paraje natural de interés nacional, una reserva natural integral o una reserva natural parcial, dicha autorización se notificará al/a la director/a técnico/a del espacio afectado.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Este trámite solo se puede realizar presencialmente si es un particular.
    Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por Internet. Se debe disponer previamente de idCAT Mòbil o de un certificado digital de persona física, representante legal o persona vinculada.

    Por Internet

    Petición genérica con firma electrónica

    Iniciar . Acceder a Petición genérica con firma electrónica

    ¿Cómo se debe hacer?

    1. Descargue el formulario 'Solicitud de autorización excepcional de captura de fauna no protegida ni cinegética'. Rellénelo y guárdelo en su ordenador.
    2. Acceda a la petición genérica con firma electrónica haciendo clic en el botón "Acceder". Deberá identificarse con idCAT móvil o certificado digital.
      1. Rellene la petición genérica con los datos que correspondan. Además, debe hacer constar los datos siguientes:
        1. En el apartado "Asunto" del "Motivo de la petición" deberá indicar Autorización excepcional de captura de fauna no protegida ni cinegética.
        2. En el apartado "Dónde va dirigida" deberá hacer constar estos datos:
          • Ente destinatario: Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica
          • Tema: Medio Ambiente
          • Subtema: Flora y fauna autóctona
      2. En el apartado "Documentación anexa" de la petición genérica deberá adjuntar el formulario 'Solicitud de autorización excepcional de captura de fauna no protegida ni cinegética' y el/los documento/s que se solicitan en el apartado "Documentación" de esta página web.
        Se pueden adjuntar hasta 2 documentos con un máximo de 4 MB cada uno. En caso de que supere este peso, puede comprimir la documentación que adjunta.
    3. Envíe su petición. A continuación se generará un documento de registro con el número de registro, que puede imprimir o guardar en su ordenador.

    Condiciones técnicas necesarias:
     
    Consulte las condiciones técnicas necesarias para realizar trámites en línea en Trámites gencat.

    En caso de que tenga problemas de tramitación, en primer lugar consulte las recomendaciones del apartado Apoyo a la tramitación de Trámites gencat. Si persiste el problema una vez verificado que dispone de todos los medios necesarios y que ha procedido de la manera indicada, puede comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la Sede electrónica, donde dispone de toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se ha producido: busque las incidencias del servicio para el año en curso y ordenado por el campo "Fecha y hora de inicio" en orden descendente.

    Si, efectivamente, se ha producido una incidencia, espere a ser posible unas horas para volver a intentar el envío.

    Presencialmente

    Si al descargarse el formulario aparece un mensaje de error, siga estas instrucciones

    Solicitud de autorización excepcional de captura de fauna no protegida ni cinegética

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Servei de Fauna i Flora . Abrir en una nueva ventana.
  2. 2

    Segundo paso

    Consulta del estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite enviando un correo electrónico a faunaiflora.territori@gencat.cat

    Puede consultar el estado del trámite enviando un correo electrónico a faunaiflora.territori@gencat.cat

  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo se recibe la respuesta?

    ¿Cuándo se recibe la respuesta?

    La Administración tiene un plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud para emitir la resolución de autorización y notificarla al interesado. Si transcurrido este plazo no se ha recibido la resolución mencionada, se produce silencio desestimatorio. La desestimación por silencio administrativo permite a los interesados ​​interponer el recurso de alzada correspondiente. La resolución expresa posterior al vencimiento del plazo que debe adoptar la Administración puede ser estimatoria o desestimatoria. El plazo de 3 meses queda suspendido cuando se haya requerido al interesado para la subsanación de deficiencias o la aportación de documentos y otros elementos de juicio necesarios por el tiempo que transcurra entre la notificación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por parte del destinatario.

    ¿Cómo recibiré la respuesta?

    La Administración le enviará una notificación por:

    • Correo electrónico o SMS: si ha indicado su dirección de correo electrónico o su teléfono móvil en la solicitud, recibirá un aviso para acceder a la notificación electrónica.
        • Dispone de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido dicho plazo no ha accedido a la notificación, se entenderá que la ha rechazado.
        • Si tiene dudas, puede consultar la web de soporte a la tramitación.
    • Correo postal (si es un particular y no ha pedido relacionarse con la administración electrónicamente): recibirá la notificación en la dirección que haya indicado en la solicitud.

    ¿Se puede presentar un recurso?

    Contra la resolución o silencio administrativo se puede interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Transición Ecológica, de conformidad con lo previsto en el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, y los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

  4. 4

    Cuarto paso

    Presentar el resultado

    En el plazo máximo de 30 días desde la finalización del periodo en que se haya validado la autorización, la persona solicitante debe presentar el Informe Resultado de la autorización excepcional de [...]

    En el plazo máximo de 30 días desde la finalización del periodo en que se haya validado la autorización, la persona solicitante debe presentar el Informe Resultado de la autorización excepcional de captura de fauna no protegida ni cinegética.

    Este trámite solo se puede realizar presencialmente si es un particular.
    Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por Internet. Se debe disponer previamente de idCAT Mòbil o de un certificado digital de persona física, representante legal o persona vinculada.

    Por Internet

    Petición genérica con firma electrónica

    Iniciar . Acceder a Petición genérica con firma electrónica

    ¿Cómo se debe hacer?

    1. Descargue el formulario 'Resultado de la autorización excepcional de captura de fauna no protegida ni cinegética'. Rellénelo y guárdelo en su ordenador.
    2. Acceda a la petición genérica con firma electrónica haciendo clic en el botón "Acceder". Deberá identificarse con idCAT Mòbil o certificado digital.
      1. Rellene la petición genérica con los datos que correspondan. Además, debe hacer constar los datos siguientes:
        1. En el apartado "Asunto" del "Motivo de la petición" deberá indicar Resultado de la autorización excepcional de captura de fauna no protegida ni cinegética.
        2. En el apartado "Dónde va dirigida" deberá hacer constar estos datos:
          • Ente destinatario: Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica.
          • Tema: Medio Ambiente
          • Subtema: Flora y fauna autóctona
      2. En el apartado "Documentación anexa" de la petición genérica deberá adjuntar el formulario 'Resultado de la autorización excepcional de captura de fauna no protegida ni cinegética' y la documentación que considere oportuna.
        Se pueden adjuntar hasta 2 documentos con un máximo de 4 MB cada uno. En caso de que supere este peso, puede comprimir la documentación que adjunta.
    3. Envíe su petición. A continuación se generará el acuse de recibo con el número de registro, que puede imprimir o guardar en su ordenador.

    Condiciones técnicas necesarias:
    Consulte las condiciones técnicas necesarias para realizar trámites en línea en Trámites gencat.

    En caso de que tenga problemas de tramitación, en primer lugar consulte las recomendaciones del apartado Soporte a la tramitación de Trámites gencat. Si persiste el problema una vez verificado que dispone de todos los medios necesarios y que ha procedido de la manera indicada, puede comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la Sede electrónica, donde dispone de toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se ha producido: busque las incidencias del servicio para el año en curso y ordenado por el campo "Fecha y hora de inicio" en orden descendente.

    Si, efectivamente, se ha producido una incidencia, espere a ser posible unas horas para volver a intentar el envío.

    Presencialmente

    Si al descargarse el formulario aparece un mensaje de error, siga estas instrucciones

    Resultado de la autorización excepcional de captura de fauna no protegida ni cinegética

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Servei de Fauna i Flora . Abrir en una nueva ventana.
Fecha de actualización 04.05.2022
Loading...

¿No sabes por dónde empezar?

¿Quieres saber qué ayudas y servicios pueden encajar mejor con tu empresa?

Cuéntanos qué buscas y te ayudaremos a encontrarlo

Sigue las redes sociales de ACCIÓ

  • Icono de Twitter
  • Icono de Facebook
  • Icono de LinkedIn
  • Icono de Youtube
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Accesibilidad
  • Aviso legal
  • Canal ético
  • Mapa web
  • Política de Cookies
  • Preguntas frecuentes