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  • Evaluación ambiental estratégica simplificada de planes y programas
10279 - Avaluació ambiental estratègica simplificada de plans i programes Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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  2. 2. Consulta del estado del trámite
  3. 3. Recibir respuesta de la Administración
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Evaluación ambiental estratégica simplificada de planes y programas

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Normativa

  • LEY 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6920  publicado el 24/07/2015)
  • Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  296  publicado el 11/12/2013)
  • LEY 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6035  publicado el 30/12/2011)
  • LEY 6/2009, de 28 de abril, de evaluación ambiental de planes y programas.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5374  publicado el 07/05/2009)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

La evaluación ambiental de planes y programas tiene por objeto garantizar la integración de los valores y los criterios ambientales en la preparación, aprobación y seguimiento de los planes y programas que pueden tener efectos significativos en el medio ambiente.

Este trámite sólo se puede realizar presencialmente si es un particular.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Direcció General de Polítiques Ambientals i Medi Natural
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

 A personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. Los entes locales, exclusivamente mediante EACAT.

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

Documentación mínima a adjuntar a la solicitud:

  1. Avance del plan o programa
  2. Documento ambiental estratégico (con el contenido fijado en el artículo 29.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre)
Requisitos

Deben someterse a evaluación ambiental estratégica simplificada los planes y programas, y las modificaciones, determinadas en el artículo 6.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

En el caso de planeamiento urbanístico, son objeto de evaluación ambiental estratégica simplificada los supuestos determinados en el apartado 6.b de la disposición adicional octava de la Ley 16/2015, del 21 de julio.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    En el supuesto que se realice de forma presencial, se puede presentar dirigiéndose a los puntos de tramitación indicados en el enlace 'Presencialmente' o en cualquiera de los sitios previstos en [...]

    En el supuesto que se realice de forma presencial, se puede presentar dirigiéndose a los puntos de tramitación indicados en el enlace 'Presencialmente' o en cualquiera de los sitios previstos en el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, en relación con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

    Este trámite solo se puede realizar presencialmente si es un particular.

    Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet.

    Al enviar el formulario tiene que identificarse con el idCAT Mòbil o un certificado digital de representación, persona vinculada o persona física.

    Por Internet

    Solicitar la emisión del informe ambiental estratégico

    Iniciar . Acceder a Solicitar la emisión del informe ambiental estratégico

    EACAT (exclusivo para organismos públicos)

    Iniciar . Acceder a EACAT (exclusivo para organismos públicos)

    ¿Cómo se debe hacer? 

    • Personas físicas y jurídicas:
      1. Descargue el formulario 'Solicitar la emisión del informe ambiental estratégico'. Lo tendrá que rellenar, adjuntar la documentación, validar y guardar en su ordenador. Verá que en el momento de validarlo, la palabra ESBORRANY escrita en el lateral del formulario desaparece.
      2. Acceda de nuevo a 'trámite en línea', seleccione el fichero y envíelo. Al enviar el formulario tiene que identificarse con el idCAT Mòbil o un certificado digital de representación, persona vinculada o persona física.
      3. Una vez haya enviado el fichero, se mostrará la página con los datos del trámite y el documento de registro de entrada que deberá guardar.

    Recuerde:

    • El tamaño máximo del formulario, incluyendo los adjuntos, es de 5 MB.

    ___________________________________________________________________________________

    • Entes públicos y locales:
      1. Acceda al enlace EACAT.
      2. Vaya al apartado 'Tràmits' y haga clic en el trámite: 'TER-Avaluació ambiental estratègica'.
      3. Descargue el formulario. Lo tendrá que rellenar, adjuntar la documentación, validar y guardar en su ordenador. Verá que en el momento de validarlo, la palabra ESBORRANY desaparece.
      4. Vuelva a la página del EACAT y acceda a la pestaña 'Finestreta de registre'. Haga clic en el botón 'Tria un fitxer' o 'Navega', cargue el formulario guardado y envíelo. Una vez lo haya enviado, visualizará una página que le mostrará los datos del trámite y el documento de registro de entrada que debe guardar.

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat.

    Puede dirigirse a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE) para recibir apoyo del personal informador para formalizar el trámite.

    Atención: Si a la hora de descargarse el formulario aparece un mensaje de error, siga estas instrucciones.

    En caso de que tenga problemas de tramitación, en primer lugar consulte las recomendaciones del apartado Soporte a la tramitación de Trámites gencat. Si persiste el problema una vez verificado que dispone de todos los medios necesarios y que ha procedido de la manera indicada, puede comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la Sede electrónica, donde dispone de toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se ha producido: busque las incidencias del servicio para el año en curso y ordenado por el campo "Fecha y hora de inicio" en orden descendente.

    Si, efectivamente, se ha producido una incidencia, espere a ser posible unas horas para volver a intentar el envío.

    Presencialmente

    Atención: Si a la hora de descargarse el formulario aparece un mensaje de error, siga estas instrucciones.

    Solicitar la emisión del informe ambiental estratégico

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Oficina Territorial d'Acció i Avaluació Ambiental de Barcelona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina Territorial d'Acció i Avaluació Ambiental de Lleida . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina Territorial d'Acció i Avaluació Ambiental de Tarragona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina de Medi Ambient de les Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
    • Subdirecció General d'Avaluació Ambiental . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a la Catalunya Central . Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Badalona. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Barcelona. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Berga. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Girona. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Granollers. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Igualada. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Manresa. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Mataró. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Reus. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Sabadell. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Sant Feliu de Llobregat. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Terrassa. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Tortosa. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Vic. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Vilafranca del Penedès. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Vilanova i la Geltrú. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra l'Hospitalet de Llobregat. Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina de Gestió Empresarial a Barcelona. Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina de Gestió Empresarial de Girona. Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina de Gestió Empresarial de Lleida. Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina de Gestió Empresarial de Tarragona. Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina de Gestió Empresarial de les Terres de l'Ebre. Abrir en una nueva ventana.
  2. 2

    Segundo paso

    Consulta del estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCAT Mòbil/o certificado digital) si es autónomo, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos con actividad económica.
    • En 'Área privada' (con idCAT Mòbil/o certificado digital), si es un particular.
    • En el 'Estado de mis gestiones' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF). 
    • En cualquier Oficina de atención ciudadana (OAC), si es un particular.
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir respuesta de la Administración

    ¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?En el plazo de diez días, el órgano ambiental puede solicitar la compleción o concreción de la documentación presentada.

    ¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
    En el plazo de diez días, el órgano ambiental puede solicitar la compleción o concreción de la documentación presentada.

    Una vez recibida esta documentación, el órgano ambiental consulta las administraciones públicas afectadas y al público interesado, que deben hacer llegar su opinión en el plazo de un mes.

    Una vez transcurrido este plazo, el órgano ambiental, en el plazo de un mes, decide sobre la necesidad de someter el plan o programa al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria y emite el informe ambiental estratégico. En el supuesto de que el plan o programa deba someterse a evaluación ambiental estratégica ordinaria, emite simultáneamente el documento de alcance.

    La resolución se notifica a la persona solicitante y se publica en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya y en el web del departamento competente en el medio ambiente.

    ¿Cómo recibiré la respuesta?

    La Administración le enviará una notificación por:

    • Correo electrónico o SMS: si ha indicado su dirección de correo electrónico o su teléfono móvil en la solicitud, recibirá un aviso para acceder a la notificación electrónica.
        • Dispone de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido dicho plazo no ha accedido a la notificación, se entenderá que la ha rechazado.
        • Si tiene dudas, puede consultar la web de soporte a la tramitación.
    • Correo postal (si es un particular y no ha pedido relacionarse con la administración electrónicamente): recibirá la notificación en la dirección que haya indicado en la solicitud.

    ¿Se puede presentar un recurso?
    Contra la resolución dictada no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de los que procedan en vía judicial contra la disposición de carácter general que apruebe el Plan, o bien sin perjuicio de los que procedan en vía administrativa contra el acto de aprobación del Plan, de conformidad con el artículo 31 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

Fecha de actualización 04.12.2019
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