¿Qué tienes que saber?
Es un registro donde constan las personas que entre 1997 y el 2010 cursaron y acreditaron las formaciones para desarrollar las funciones de nivel intermedio y superior previstas en los artículos 36 y 37 del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el cual se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención.
Actualmente, sólo se emiten certificaciones, no se hacen nuevas inscripciones al registro.
En su momento se registraron las personas que cumplían con los requisitos siguientes:
- El curso tenía que estar autorizado por la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral (DGRLTASSL) del Departamento de Empresa y Trabajo.
- La persona tenía que obtener el certificado de haber superado el curso.
- La entidad formativa tenía que remitir a la DGRLTASSL la documentación conforme el curso se había cerrado y la relación de alumnos aprobados.
- La solicitud de la certificación es voluntaria y no es requisito para ejercer como técnico/a en prevención de riesgos laborales.
- En este registro no constan, entre otros:
- Aquellas personas que han cursado formaciones para desarrollar las funciones de nivel intermedio y superior (ciclo formativo de prevención de riesgos profesionales de FP y la titulación universitaria oficial en PRL) después de la entrada en vigor del Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo (2010).
- Formaciones en PRL del puesto de trabajo (artículo 19 de la Ley 31/1995).
- Formaciones específicas en PRL por puesto de trabajo reguladas en convenios colectivos.
- Formaciones en PRL para desarrollar las funciones de nivel básico.
Este trámite sólo lo podéis hacer presencialmente si sois un particular.
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos tenéis que tramitar por internet. La documentación que aportáis por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
A las personas que cursaron la formación y obtuvieron la certificación de PRL en las funciones de nivel intermedio y nivel superior (entre los años 1997 y 2010). Esta certificación fue emitida por una entidad formativa autorizada por la autoridad laboral catalana.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que hay que aportar:
- Solicitud de expedición del certificado donde consten los datos que figuran en el formulario.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Este trámite sólo se puede realizar presencialmente si es un particular.
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos debe tramitar por internet.
Al enviar el formulario tiene que identificarse con el IdCAT Mòbil o un certificado digital:- Persona física.
- Persona jurídica.
- Persona vinculada.
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Segundo paso
Consulta del estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En la Área privada de Canal Empresa (con idCAT Móvil o/y certificado digital).
- En la Área privada (con idCAT Móvil o/y certificado digital), si es un particular.
- En el 'Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En cualquier Oficina de atención ciudadana (OAC), si es un particular.
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?Una vez que se hayan realizado todos los trámites y comprobaciones necesarios la Administración procede a la elaboración del certificado.
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
Una vez que se hayan realizado todos los trámites y comprobaciones necesarios la Administración procede a la elaboración del certificado.¿Qué respuesta se recibe?
Si la solicitud se ha hecho presencialmente, el certificado se recibirá por correo certificado desde el Instituto Catalán de Seguridad y Salud Laboral.
Si la solicitud se ha hecho por internet, el certificado o la notificación correspondiente se recibirá mediante notificación electrónica.