¿Qué tienes que saber?
Cuando se produce un accidente en un ascensor, sea causado por el mismo aparato o por agentes externos a él, y que implique daños a personas, animales, al inmueble oa elementos relevantes de la misma instalación, se comunicará a la Administración.
La empresa conservadora del ascensor será quien deberá ponerlo en conocimiento del órgano competente en un plazo máximo de 24 horas, desde la fecha que le comunique el titular del ascensor. Asimismo la empresa deberá mantener el servicio del ascensor interrumpido sin intervenir en el mismo hasta recibir instrucciones del órgano competente de la Administración.
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos debe tramitar por internet.
La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Organismo responsable
A las personas físicas o jurídicas incluidas en el Registro de Agentes de la Seguridad Industrial de Cataluña (RASIC), dentro del ámbito reglamentario de Ascensores (Aparatos Elevadores) y que están habilitadas para ejercer la actividad como empresas conservadoras de ascensores.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento, en un plazo máximo de 24 horas a contar desde la fecha que le comunique el titular del ascensor.
- Copia del contrato de mantenimiento de la empresa conservadora con el titular de la instalación
- Copia de la última acta de inspección periódica
- Copia de los boletines de mantenimiento de los últimos 6 meses
- Listado de averías de los últimos 12 meses
- Parte médico de lesiones, en su caso
- Otra documentación
- Informe de reparació amb la causa i mesura preventiva
- Còpia del certificat d'inspecció periòdica amb resultat 'Favorable sense defectes'
- Parte médico de lesiones
Adicionalmente se puede aportar cualquier informe o documentación que complemente la descripción de la naturaleza, las consecuencias y las medidas adoptadas relacionadas con el accidente.
No hay tasas asociadas a este trámite
Aspectos relevantes a tener en cuenta
- Los incidentes por las anomalías en el funcionamiento del ascensor que no ocasionen daños a la instalación, tales como atrapamientos, errores de nivelación sin daños y otros, que pueden implicar o no el fuera de servicio para la reparación de la empresa conservadora, NO se deben comunicar al órgano competente de la Administración.
- La persona titular del ascensor, en caso de anomalía en el funcionamiento, o cualquier deficiencia o abandono en relación con la conservación debida del ascensor, debe ponerlo en conocimiento inmediato de la empresa conservadora mediante comunicación fidedigna.
En caso de que esta comunicación no sea atendida, deberá denunciarlo ante el órgano competente de la administración pública.
Procedimiento que se llevará a cabo una vez se han comunicado los datos del accidente
Una vez la empresa conservadora comunica los datos, el órgano competente las analizará, en su caso informará y se realizarán en su caso las inspecciones y comprobaciones pertinentes. El órgano competente también completará el análisis sobre las causas que han desencadenado los acontecimientos y sobre las posibles responsabilidades administrativas.
Una vez hechas todas estas comprobaciones se podrá derivar, en su caso, el expediente a otras unidades competentes afectadas y finalizará el procedimiento ante la empresa conservadora con el procedimiento de cierre del expediente, dependiendo de la naturaleza de los hechos que se hayan comunicado.
Procedimientos vinculados a la comunicación hecha por la empresa conservadora
- El organismo de control que corresponda deberá inspeccionar los ascensores que se hayan de haber puesto fuera de servicio después de que se haya producido un accidente con daños a las personas o en la misma instalación.
- La empresa conservadora debe disponer un registro de mantenimiento, desde la última inspección, que está a disposición de la titular y del órgano competente, donde, entre otros, se incluyen los datos relativos a los accidentes ya las incidencias y averías ocurridas en el aparato.
Pasos a realizar
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Primer paso
Comunicar
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades otros colectivos deben tramitar por internet.
Es necesario que se identifique cuando envíe el formulario con idCATMóvil o un certificado digital de:
- Persona física
- Persona vinculada a una organización con capacidad de representación
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Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Se puede consultar el estado del trámite:
Se puede consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCat Móvil o/i certificado digital).
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cómo y cuando se recibe la respuesta?
¿Cómo y cuando se recibe la respuesta?
Una vez finalizado el procedimiento, dependiendo de cada caso, el órgano técnico puede:
- Emitir una comunicación de finalización de actuaciones.
- Emitir una comunicación inhibiéndose por ser órgano manifiestamente incompetente.
¿Qué plazo tiene la Administración para responder?
El plazo para analizar los datos comunicados del accidente es de tres meses una vez la administración tiene toda la documentación que considera completa para poder ejercer la competencia.
¿Cómo se recibe la respuesta?
Se recibe una notificación electrónica. Se puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.