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  • Consultas sobre características de las carreteras
11153 - Consultes sobre característiques de les carreteres Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Formular la consulta
  2. 2. Efectuar el pago
  3. 3. Consulta del estado del trámite
  4. 4. Recibir la respuesta de la Administración
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Consultas sobre características de las carreteras

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Normativa

  • DECRETO LEGISLATIVO 2/2009, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de carreteras.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5452  publicado el 27/08/2009)
  • DECRETO 293/2003, de 18 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  4027  publicado el 10/12/2003)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

A través de las consultas se solicitan informes para saber la titularidad de un tramo de la carretera, la velocidad limitada en un punto concreto o cualquier característica incluida en el catálogo de carreteras.

Puedes acceder al mapa interactivo para conocer a qué órgano se debe dirigir la consulta.

Las zonas de protección son franjas de terreno a cada lado de la vía que se delimitan, midiendo en proyección horizontal y perpendicularmente al eje de la vía, con el fin de garantizar la funcionalidad del dominio público viario y asegurar su protección. El Título IV del texto refundido de la Ley de carreteras, aprobado por Decreto Legislativo 2/2009, de 25 de agosto, define tres tipos de zonas de protección: la zona de dominio público, la zona de servidumbre y la zona de afectación.

Este trámite solo se puede realizar presencialmente si es un particular.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Secretaria de Mobilitat i Infraestructures

Otros organismos relacionados

  • Direcció General d'Infraestructures de Mobilitat
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
Otras administraciones

A empresas, particulares o administraciones públicas (las entidades locales, exclusivamente a través de EACAT) que necesiten este tipo de informes.

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación
  1. Formulario de solicitud del 'Paso 1 Formular la consulta'.
  2. Si procede, documentación gráfica que ilustre la consulta efectuada.
Tasas
  • Si no es necesario el análisis del proyecto: 45,25 €
  • Si es necesario el análisis del proyecto: 90,35 €

La tasa se pagará cuando la Administración haya identificado el importe a aplicar según el tipo de actuación que se solicita, y previamente a la elaboración del informe.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Formular la consulta

    En el caso de entidades locales, las solicitudes acompañadas de la documentación requerida deben ser formalizadas por el/la representante legal y deben presentarse mediante la extranet de las [...]

    En el caso de entidades locales, las solicitudes acompañadas de la documentación requerida deben ser formalizadas por el/la representante legal y deben presentarse mediante la extranet de las administraciones públicas de Cataluña, EACAT (pueden acceder haciendo clic en el enlace 'Por internet').

    Este trámite sólo se puede realizar presencialmente si es un particular.

    Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet.

    No es necesario disponer del idCAT Móvil o de un certificado digital.

    Por Internet

    Consultes sobre característiques de les carreteres

    Iniciar . Acceder a Consultes sobre característiques de les carreteres

    EACAT (exclusivo para organismos públicos)

    Iniciar . Acceder a EACAT (exclusivo para organismos públicos)

    ¿Cómo se debe hacer?

    1. Descargue el formulario 'Consultas sobre características de las carreteras'.
    2. Rellene los datos que correspondan y adjunte los documentos que se indican dentro del apartado "Documentación". El peso máximo es de 100 MB.
    3. Firme y envíe el formulario. A continuación se generará el recibo de registro de entrada con el número de registro, que puede imprimir o guardar en su ordenador.

    ___________________________________________________________________________________

    • Entes locales:
      1. Acceda al enlace EACAT.
      2. Vaya al apartado 'Tràmits' y haga clic en el trámite: 'TER - Consultas sobre características de las carreteras'. Se abrirá el formulario.
      3. Rellene el formulario con los datos que correspondan y adjunte los documentos que se informan en el apartado "Documentación". El peso máximo es de 100 MB.
      4. Firme y envíe el formulario. Una vez lo haya enviado, visualizará una página que le mostrará los datos del trámite y el documento de recibo de registro de entrada que debe imprimir o guardar.

    Una vez enviado el formulario, recibirá una comunicación con una marca verde, un número de caso y el recibo de registro de entrada.

    Guarde el número de caso y el recibo de registro de entrada.

    Si no la recibe, o bien le llega un mensaje de error, la documentación no se ha podido entregar a la Administración y la tendrá que volver a enviar.

    En caso de que tenga problemas de tramitación, en primer lugar consulte las recomendaciones del apartado Apoyo a la tramitación de Trámites gencat. Si persiste el problema una vez verificado que dispone de todos los medios necesarios y que ha procedido de la manera indicada, puede comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la Sede electrónica, donde dispone de toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se ha producido: busque las incidencias del servicio para el año en curso y ordenado por el campo "Fecha y hora de inicio" en orden descendente.

    Si, efectivamente, se ha producido una incidencia, espere a ser posible unas horas para volver a intentar el envío.

    Presencialmente

    Deberá descargar el formulario PDF, imprimirlo, rellenarlo manualmente y presentarlo en los lugares de tramitación que se indican.

    El formulario se puede presentar en cualquiera de los lugares y por los medios que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Se puede consultar la dirección y teléfono de las oficinas de registro propias y las concertadas de la Generalitat aquí. En el caso de optar por presentar el formulario en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

    Atención: Si a la hora de descargarse el formulario aparece un mensaje de error, siga estas instrucciones.

    Consultas y certificaciones relativas a la zona de protección de carreteras

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Servei Territorial de Carreteres de Barcelona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Servei Territorial de Carreteres de Lleida . Abrir en una nueva ventana.
    • Servei Territorial de Carreteres de Tarragona . Abrir en una nueva ventana.
    • Servei Territorial de Carreteres de les Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
  2. 2

    Segundo paso

    Efectuar el pago

    La Administración le enviará un requerimiento de pago indicando la cantidad a pagar en función del tipo de actuación solicitada. En este requerimiento también se le mostrará cómo hacer la liquidación [...]

    La Administración le enviará un requerimiento de pago indicando la cantidad a pagar en función del tipo de actuación solicitada. En este requerimiento también se le mostrará cómo hacer la liquidación (de manera telemática o bien presencial).

    Por Internet

    Realizar el pago

    Iniciar . Acceder a Realizar el pago

    Presencialmente

    Con la carta de pago, se abonará el importe correspondiente a la tasa en cualquiera de los puntos siguientes:

    • BBVA: en metálico o tarjeta bancaria.
    • CaixaBank:
      • mediante la red de cajeros automáticos Servicaixa con cualquier tarjeta bancaria, o bien con una libreta o una cuenta corriente de la entidad
      • a través de Línea Abierta
      • no es posible hacer el pago en metálico

    Tanto el documento que se genera una vez efectuado el pago en línea en las entidades bancarias como el resguardo expedido por el terminal Servicaixa sirven como comprobante.

  3. 3

    Tercer paso

    Consulta del estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En 'Área privada' (con idCAT Móvil/o certificado digital), si es un particular.
    • En el 'Estado de mis gestiones' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF). 
    • En cualquier Oficina de atención ciudadana (OAC), si es un particular.
  4. 4

    Cuarto paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?La respuesta la recibirán en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la fecha en que la solicitud ha entrado en el registro del Servicio [...]

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
    La respuesta la recibirán en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la fecha en que la solicitud ha entrado en el registro del Servicio Territorial de Carreteras para su tramitación.

    ¿Cómo se notifica la respuesta?
    La Administración les enviará un mensaje de correo electrónico indicando que tienen una notificación electrónica a la que podrán acceder:

    1. desde el enlace que conste en el correo electrónico, mediante:
      • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
      • idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
      • contraseña de un solo uso: necesitan el NIF/CIF del destinatario de la notificación y el número de teléfono o correo electrónico que le consta a la Generalitat como datos de contacto. Estos datos constan en el correo de aviso. Si no encuentran el mensaje en el buzón de entrada, por favor, revisen la carpeta de correo basura (spam).
    2. desde el apartado 'Notificaciones electrónicas' o desde Canal Empresa, mediante:
      • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
      • idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
      • contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesitan el NIF que indicaron para ser notificados y el correo electrónico o el número de teléfono móvil
    3. desde el espacio personal 'Área privada' de Trámites gencat o de Canal Empresa, mediante:
      • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
      • idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
      • contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesitan el NIF que indicaron para ser notificados y el correo electrónico o el número de teléfono móvil

    Desde la emisión del aviso de notificación dispone de 10 días naturales para su aceptación. Si transcurrido este plazo no ha accedido a la notificación, esta se entenderá rechazada.

    Desde el momento en que se accede al contenido de la notificación se entenderá que esta ha estado efectuada (practicada).

    En el caso de las entidades locales, la respuesta se notifica a través de la plataforma EACAT (pueden acceder haciendo clic en el enlace 'Por internet').

    Por Internet

    EACAT (exclusivo para organismos públicos)

    Iniciar . Acceder a EACAT (exclusivo para organismos públicos)
Fecha de actualización 01.07.2025
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