¿Qué tienes que saber?
Si tienes la tarjeta T-16 de la T-mobilitat bloqueada porque la ha utilizado alguna persona que no es la titular, puedes pedir su desbloqueo. Si te lo deniegan, puedes presentar un recurso de alzada.
El trámite para desbloquear la tarjeta es independiente de la multa que pueda imponerse por sanciones de TRAM, FGC y Cercanías - Renfe, u otros operadores de transporte. Por tanto, una persona sancionada, aunque haya pagado la multa, continuará teniendo la tarjeta T-16 bloqueada si no solicita el desbloqueo y la ATM no lo autoriza.
A las personas titulares de la tarjeta T-16 de la T-mobilitat bloqueada y a sus tutores legales.
- Puedes solicitar el desbloqueo de tu tarjeta en cualquier momento.
- El bloqueo es de 3 años desde el día en el que se detecta el uso inadecuado.
Puedes presentar la documentación que consideres necesaria para justificar el desbloqueo de tu tarjeta.
- El padre, madre o representante legal.
- La persona titular, solo si tiene más de 14 años.
- El padre, madre o representante legal.
- La persona titular, solo si tiene más de 14 años y lo hace presencialmente.
No debes pagar ninguna tasa para este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar el desbloqueo
No es necesario disponer de idCAT Mòbil o certificado digital para solicitar el desbloqueo.
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Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Consulta el estado del trámite en:
Consulta el estado del trámite en:
- Área privada (con idCAT Mòbil o certificado digital).
- Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Teléfono 012 (con el código identificador —ID— del trámite y el DNI/NIF).
- Cualquier oficina de atención ciudadana (OAC).
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración sobre la solicitud de desbloqueo
¿Cuándo recibiré la respuesta? En el plazo de 3 meses desde la fecha en la que presentes el formulario. Si pasado este plazo no lo has recibido, se entiende que se ha desestimado tu petición y [...]
¿Cuándo recibiré la respuesta?
- En el plazo de 3 meses desde la fecha en la que presentes el formulario. Si pasado este plazo no lo has recibido, se entiende que se ha desestimado tu petición y puedes interponer un recurso de alzada.
¿Cómo recibiré la respuesta?
La Administración te enviará una notificación por:
- Correo electrónico o SMS: si has indicado tu dirección de correo electrónico o tu teléfono móvil en el formulario, recibirás un aviso para acceder a la notificación electrónica.
- Dispones de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido dicho plazo no has accedido a la notificación, se entenderá que la has rechazado.
- Si tienes dudas, puedes consultar la web de soporte a la tramitación.
- Correo postal (si no has pedido relacionarte con la administración electrónicamente): recibirás la notificación en la dirección que hayas indicado en el formulario.
¿Puedo presentar un recurso?
Sí, consulta el Paso 4 Interponer un recurso.
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Cuarto paso
Interponer un recurso
Si no estás de acuerdo con la respuesta de la Administración, tienes 1 mes, desde el día siguiente de la notificación de la resolución, para interponer recurso de alzada.
Si no estás de acuerdo con la respuesta de la Administración, tienes 1 mes, desde el día siguiente de la notificación de la resolución, para interponer recurso de alzada.
Para presentar el recurso por internet debes disponer de idCAT Mòbil o un certificado digital.
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Quinto paso
Recibir la respuesta de la Administración sobre el recurso
¿Cuándo recibiré la respuesta? En el plazo de 3 meses desde la fecha en la que presentes el recurso. Si pasado este plazo no lo ha recibido, se entiende que se ha desestimado tu petición y puedes [...]
¿Cuándo recibiré la respuesta?
- En el plazo de 3 meses desde la fecha en la que presentes el recurso. Si pasado este plazo no lo ha recibido, se entiende que se ha desestimado tu petición y puedes interponer un recurso contencioso-administrativo.
¿Cómo recibiré la respuesta?
La Administración te enviará una notificación por:
- Correo electrónico o SMS: si has indicado tu dirección de correo electrónico o tu teléfono móvil en el formulario, recibirás un aviso para acceder a la notificación electrónica.
- Dispones de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido dicho plazo no has accedido a la notificación, se entenderá que la has rechazado.
- Si tienes dudas, puedes consultar la web de soporte a la tramitación.
- Correo postal (si no has pedido relacionarte con la administración electrónicamente): recibirás la notificación en la dirección que hayas indicado en el formulario.
¿Puedo presentar un recurso?
Sí. Tienes 2 meses, desde el día siguiente de la notificación de la resolución del recurso de alzada, para interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado.