¿Qué tienes que saber?
El Diploma de acreditación en paliativos es un reconocimiento a los profesionales que desarrollan sus funciones en el área funcional de paliativos.
Existirán tres vías para la obtención de este diploma:
- Vía Excepcional:
La obtención del diploma mediante la Vía Excepcional se podrá solicitar únicamente durante los seis meses siguientes a la publicación de la normativa autonómica, del 11 de julio del 2025 hasta el 10 de enero del 2026. Una vez transcurrido este plazo se cerrará el procedimiento de obtención mediante la Vía Excepcional. - Vía Ordinaria:
La obtención del diploma mediante la Vía Ordinaria se podrá solicitaren el momento en que finalice el plazo de 6 meses correspondiente a la vía excepcional, a partir del 11 de enero del 2026, y estará accesible con carácter permanente. - Renovación del Diploma:
El procedimiento de renovación estará disponible y se podrá solicitar, tres meses antes de la fecha final de vigencia del diploma (5 años).
Para las solicitudes de este trámite se han habilitado formularios específicos, los cuales son de uso obligatorio. Estos formularios los puedes descargar desde esta misma ficha y siempre hay que utilizar la última versión publicada. En caso de que se presente la solicitud mediante otros formularios, estos otros se consideran no presentados.
Organismo responsable
A los profesionales de la salud (médicos/as, enfermeras/os, psicólogos/as clínicos, psicólogos/as generales sanitarios y fisioterapeutas) que acrediten los requisitos establecidos.
La práctica profesional de los solicitantes al trámite ha tenido que realizarse en unidades de curas paliativas en centros reconocidos por la comunidad autónoma o U.67 autorizadas que desarrollen competencias del área funcional de los paliativos.
Los formularios de solicitudes, dirigidos a la administración sanitaria donde el interesado ejerce, se pueden presentar desde el 11 de julio del 2025 hasta el 10 de enero de 2025, de forma única y excepcional. Para obtenerla hay que cumplimentar el modelo oficial que se establece a este efecto.
Junto con la solicitud se ha de adjuntar la documentación mínima siguiente:
Si la actividad se realiza a tiempo parcial, se tendrá que acreditar una prestación de servicios equivalente a un mínimo de 4 años en los últimos 10 años.
- Título de licenciado, graduado o diploma universitario.
- Título de máster o experto en curas paliativas (Certificados de Máster universitario en curas paliativas).
Máster de formación permanente, diploma de especialización y el diploma de experto con código de verificación (a solicitar en el centro donde se cursó la formación si no está presente al certificado). Todas las formaciones universitarias propias hará falta que adjunten un código de verificación. Esta formación tiene que venir certificada por los requisitos establecidos por la Ley Orgánica 6/2001 y el RD 640/2021 de acreditación institucional de centros universitarios.
- Título de especialista (opcional)
Acreditar, en los últimos diez años, un mínimo de cuatro años de práctica profesional a tiempo completo en unidades de curas paliativas, o bien centros reconocidos por la comunidad autónoma o U.67 autorizadas. (mínimo 47 semanas/año o bien 217 días/año o bien 1480 horas anuales). Si la actividad se realiza a tiempo parcial, se tendrá que acreditar una prestación de servicios equivalente.
Estar en posesión de Máster Universitario en Curas Paliativas, Máster de formación permanente, diploma de especialización y el diploma de experto (ha de cumplir las condiciones y requisitos establecidos por la Ley orgánica 6/2001 y el RD 640/2021 de acreditación institucional de centros universitarios) con código de verificación (a solicitar en el centro donde se cursó la formación si no está presente en el certificado). Todas las formaciones universitarias propias hará falta que adjunten un código de verificación.
No se ha de pagar taxas para este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar el diploma
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Al enviar el formulario hace falta que te identifiques con un idCAT móvil o un certificado digital.
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Segundo paso
Consultar el estado de la tramitación
Puedes hacerlo en:
Puedes hacerlo en:
- Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital).
- Estado de mis gestiones (con el código del trámite y tu NIF/NIE).
- Teléfono 012 (con el código del trámite y tu NIF/NIE).
Consulta más información sobre cómo acceder y hacer el seguimiento de un trámite.
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Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cuándo recibiré la respuesta?
¿Cuándo recibiré la respuesta?
De conformidad con lo que establece la normativa de la comunidad autónoma Orden SLT/94/2025 y la Orden SND/1427/2023, os comunicamos que este procedimiento tiene establecida una duración máxima de 6 meses desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Una vez transcurrido este plazo sin que os haya sido notificada la resolución del procedimiento, podéis entender que vuestra solicitud ha sido estimada por silencio administrativo.
¿Cómo recibiré la respuesta?
El Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos (DAP) que acredita la competencia para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, se deposita en el espacio electrónico Área privada (mi carpeta) desde donde puedes descargarlo.
En el caso que la solicitud de acreditación se deniegue, recibirás una notificación a través de e-NOTUM, que se deposita al portal de notificaciones. Desde la fecha de puesta a disposición de la notificación, tienes 10 días naturales para aceptarla o rechazarla. Si transcurrido este término no has accedido a la notificación, esta se entiende rechazada. Desde el momento en qué accedes al contenido de la notificación, esta se considera practicada.
La consulta de las notificaciones electrónicas se pueden hacer por cualquier de estos canales:
- Desde el enlace que hay en el aviso que recibirás por correo electrónico o al teléfono móvil que hayas consignado en la solicitud.
- Desde el apartado Notificaciones electrónicas.
- Desde el Área privada (mi carpeta) de Canal Empresa.
Puedes acceder mediante un certificado digital, idCAT Móvil o con un código de un solo uso. Si lo haces desde el Área privada (mi carpeta), hace falta que te identifiques previamente con idCAT Móvil o un certificado digital.
Para más información, consulta el apartado de notificaciones electrónicas de la web del Departamento de Salud o de Trámites gencat. También dispones del videotutorial La notificación electrónica en la Administración de la Generalitat de Catalunya.
¿Puedo presentar un recurso?
Sí, en el término de un mes a contar desde la recepción de la notificación, puedes interponer un recurso de alzada delante de la persona titular de la Secretaria General del Departamento de Salud. Una vez transcurrido este plazo, si no se ha interpuesto el recurso, la resolución es firme a todos los efectos.