¿Qué tienes que saber?
El Catálogo del Patrimonio Festivo de Cataluña fue creado el año 2006, con el fin de inscribir las fiestas, manifestaciones y celebraciones comunitarias y también los elementos festivos en vigencia en Cataluña que cumplan los requisitos regulados en el decreto 389/2006 de 17 de octubre, del patrimonio festivo de Cataluña.
Posteriormente a la solicitud, en el supuesto que se reunan los requisitos necesarios, se realizará un trabajo conjunto entre los organizadores y los técnicos de la Dirección General de Cultura Popular y Asociacionismo Cultural con el fin de documentar la fiesta o elemento festivo: los orígenes y la historia, características actuales, organizadores y otros aspectos relevantes.
A entidades, entes locales o colectivos responsables de la organización de la fiesta o de los elementos festivos.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Con el fin de realizar el procedimiento de catalogación, es necesario que el solicitante aporte toda la documentación útil para la elaboración de un informe descriptivo de la fiesta o elemento festivo que se deber catalogar.
- Documento explicativo de los antecedentes históricos y orígenes de la fiesta.
- Descripción de los elementos festivos de la fiesta (en el supuesto que se catalogue una fiesta).
- Descripción de la fiesta en la actualidad (adjuntar los programas de los últimos 5 años cuando se trate de una fiesta) o descripción del elemento.
- Descripción de los espacios de celebración de la fiesta o elemento festivo.
- Descripción de los organizadores de la fiesta y entidades participantes.
- Referencias bibliográficas y obras consultables.
Las fiestas y los elementos festivos tienen que cumplir la normativa sectorial aplicable para poder inscribirse en este catálogo según el Decreto 389/2006 del patrimonio festivo de Cataluña . En ningún caso se pueden inscribir las fiestas o los elementos festivos que de cualquier manera comporten manifestaciones de discriminación o de violencia contrarias a los valores y principios que inspiran el ordenamiento jurídico. Las inscripciones de una fiesta o de un elemento festivo en el catálogo se efectúan de oficio o bien a petición de las personas o entidades responsables de su organización.
No hay tasas asociadas a este trámite.
¿En qué consiste el Catálogo del Patrimonio Festivo de Cataluña?
En el Catálogo del Patrimonio Festivo de Cataluña se inscriben fiestas, manifestaciones y celebraciones comunitarias así como elementos festivos con vigencia en toda Cataluña que cumplan los requisitos establecidos. Este Catálogo del Patrimonio Festivo de Cataluña se adscribe al departamento competente en materia de cultura y es gestionado por la Dirección General de Cultura Popular y Asociacionismo Cultural.
La catalogación requiere previamente que la Dirección General de Cultura Popular y Asociacionismo Cultural realice las gestiones de comprobación necesarias para determinar que se trata de una manifestación festiva vigente en Cataluña y, si procede tiene que pedir un informe del Departamento de la Administración de la Generalitat o entidad competente por razón de la materia. También tiene que dar audiencia a las personas interesadas y al Ayuntamiento correspondiente.
Las fiestas y los elementos festivos, una vez inscritos en el Catálogo del Patrimonio Festivo de Cataluña, pueden ser objeto de reconocimiento especial a través de las categorías siguientes:
- Fiesta popular de interés cultural
- Fiesta y elemento festivo tradicionales de interés nacional
- Fiesta y elemento festivo patrimoniales de interés nacional
La declaración corresponderá, según el caso, al Gobierno catalán o al consejero o consejera de Cultura.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
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Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
La Dirección General de Cultura Popular y Asociacionismo Cultural pedirá que se designe un representante de la organización como interlocutor con la Dirección General.
La Dirección General de Cultura Popular y Asociacionismo Cultural pedirá que se designe un representante de la organización como interlocutor con la Dirección General.
Este interlocutor será el responsable de facilitar la documentación necesaria para la catalogación de la fiesta o del elemento festivo.