¿Qué tienes que saber?
El patronato de una fundación, si los estatutos no lo prohíben, puede delegar en un patrón, o en más de uno, las facultades que tiene atribuidas o bien una parte de éstas, sin que la delegación le exima de la responsabilidad. La delegación de facultades se inscribe en el Registro de fundaciones.
Este trámite sólo se puede hacer por internet con certificado digital. La documentación que aporte fuera de este canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación
A los patrones inscritos en el Registro de fundaciones.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- Copia auténtica de la escritura pública de apoderamientos generales la cual debe contener el acuerdo del patronato en el que se enumeren las facultades que se delegan de acuerdo con lo establecido en los artículos 312-13.1 y 332-1 de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, con sujeción en todo caso a las limitaciones establecidas en el artículo 332-1.3 de la ley mencionada.
56,80 €
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Solicitar
Este trámite sólo se puede hacer por internet con certificado digital. Es necesario que firme el formulario principal con un certificado digital de representante, de persona vinculada, o de persona física.
-
2
Segundo paso
Hacer el pago
Métodos de pago:
Métodos de pago:
Por internet
Cuando enviéis el formulario del trámite, podréis elegir entre varios métodos de pago:
- Con tarjeta bancaria: Podéis pagar con cualquier tarjeta VISA o MASTERCARD, sea de la entidad que sea.
- Con carta de pago: Cuando enviáis el formulario, junto con el recibo de registro, se emite una carta de pago con un código de barras con el importe que hay que pagar. Una vez descargada, podéis pagar con el código RIN (un número que hay debajo del código de barras correspondiente a la liquidación) desde la página de pagos de CaixaBank.
- Con Bizum: La plataforma os pedirá el número de teléfono. Introducidlo y pulsad el botón Continúa la compra. Tened el móvil cerca por si la aplicación de vuestra entidad bancaria os pide la autorización.
Pago más adelante
Si preferís pagar en otro momento, podéis acceder a:
Allí podréis seleccionar de nuevo el método de pago o descargar la carta de pago desde el detalle del trámite, desplegando el apartado Pago.
Presencialmente
Descargad la carta de pago desde el Área privada o desde el Estado de mis gestiones y pagadla en un cajero, siguiendo las instrucciones indicadas en el documento.
Hay que conservar el resguardo justificativo del pago como comprobante.
La justificación del pago de la tasa solo se exige en el momento de iniciar la prestación del servicio. Si se presenta documentación complementaria relativa a un expediente en trámite, no se tiene que volver a pagar la tasa.
- Con tarjeta bancaria: Podéis pagar con cualquier tarjeta VISA o MASTERCARD, sea de la entidad que sea.
-
3
Tercer paso
Consultar el estado del trámite
-
4
Cuarto paso
¿Cuál es la respuesta de la Administración?
La Administración hace efectiva la inscripción en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de toda la documentación. Si se cumplen los requisitos legales, la persona solicitante recibirá [...]
La Administración hace efectiva la inscripción en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de toda la documentación. Si se cumplen los requisitos legales, la persona solicitante recibirá el oficio de notificación de la inscripción de la delegación de facultades, y la escritura con la diligencia de la inscripción. Por el contrario, si no se cumplen los requisitos legales, la persona solicitante recibirá un escrito que detalla los aspectos que hay que rectificar y/o la documentación necesaria para poder llevar a cabo la inscripción.
¿Cómo se recibe la respuesta?Recibirá un mensaje por SMS o por correu electrónico que le avisará que tiene una notificación electrónica. Podrá acceder a ella a través del servicio e-NOTUM o entrando en su Área privada. En ambos casos, deberá identificarse mediante el idCAT Móvil y/o certificado digital.