¿Qué tienes que saber?
Este trámite sólo se puede hacer por internet y con certificado digital.
No se tendrá en cuenta la documentación que no se entregue por este canal, ni computará a efectos de fecha de presentación.
Para garantizar que está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, es necesario que cada vez que los tenga que usar se los descargue. Si reutiliza los documentos se puede dar el caso que presente una versión obsoleta.
- A las asociaciones o federaciones inscritas en el Registro de Asociaciones.
- A las asociaciones extranjeras que quieran establecer una delegación.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento por las entidades inscritas y después de haber tomado el acuerdo relativo a la apertura, la modificación o el cierre de una delegación.
Delegación de asociaciones o federaciones inscritas en el Registro de Asociaciones:
Juntament con la solicitud, hay que presentar el Certificado del acuerdo de la apertura/modificación /cierre de una delegación de una asociación o federación (PDF)
Delegación de asociaciones extranjeras:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 311-9 en el apartado 5, del Código civil de Cataluña, para la inscripción de una delegación de una asociación extranjera en Cataluña deberá aportar la siguiente documentación en castellano o catalán:
- Certificado hecho y firmado por las personas que tengan la representación de la asociación extranjera en que se haga constar el acuerdo de la apertura de la delegación con determinación del órgano que ha tomado la decisión, la fecha del acuerdo, la identificación de la persona representante en Cataluña (nombre y apellidos, nacionalidad, domicilio y núm. de identificación) y con indicación de la calle, núm., municipio, provincia y código postal del domicilio de la delegación.
- Documentación justificativa que la asociación extranjera se encuentra válidamente constituida de acuerdo con su ley personal, y consistente en el certificado acreditativo de la vigencia de la inscripción, aprobación, legalización o reconocimiento, y de la composición y la vigencia de los órganos de gobierno de la asociación y su domicilio social, expedido por la autoridad competente del país de origen.
- Estatutos por los que se rige la asociación.
Esta documentación debe presentarse legalizada de conformidad con la normativa sobre la legalización de documentos públicos extranjeros.
- La inscripción de la delegación de una asociación o federación de ámbito y sede en Cataluña no tiene tasas asociadas.
- La inscripción de la delegación de asociación extranjera, tiene una tasa de 56,80 €. El importe se actualitza anualmente de acuerdo con la ley de presupuestos.
El pago de la tasa se puede hacer en los cajeros automáticos Servicaixa o por internet, mediante la opción de pagos en línea de la web de CaixaBank. Hay que conservar el resguardo justificativo del pago como comprobante.
Pasos a realizar
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Primer paso
Sol·licitar la inscripció
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Segundo paso
Consultar el estado del trámite
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Qué respuesta se recibe?
¿Qué respuesta se recibe?
En el caso de las delegaciones de asociaciones o federaciones inscritas en el Registro de asociaciones, en un plazo máximo de tres meses, si se cumplen los requisitos legales, se recibirá una notificación de la inscripción de la delegación.
En el caso de las asociaciones extranjeras, en un plazo máximo de tres meses, si se cumplen los requisitos legales, se recibirá una resolución firmada por la persona titular de la Dirección General de Derecho, Entidades Jurídicas i Mediación.
En cambio, si no se cumplen los requisitos legales, se recibirá un escrito en que se detallarán los aspectos a rectificar y/o la documentación necesaria a aportar.
Si en estos meses no hay respuesta de la Administración, se entenderá que la solicitud de inscripción de la delegación ha sido estimada por silencio administrativo.
¿Cómo se recibe la respuesta?
Recibirá un mensaje por SMS o por correu electrónico que le avisará que tiene una notificación electrónica. Podrá acceder a ella a través del servicio e-NOTUM o entrando en su Área privada. En ambos casos, deberá identificarse mediante el idCAT Móvil y/o certificado digital.