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  • Memoria anual de las instalaciones de producción de energía eléctrica
22260 - Memòria anual de les instal.lacions de producció d'energia elèctrica Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Presentar
  2. 2. Consultar el estado del trámite
  3. 3. Recibir la respuesta de la Administración
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Normativa

  • Decreto 308/1996, de 2 de septiembre, por el que se establece el procedimiento administrativo para la autorización de las instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial.

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  • Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

    . Abrir en una nueva ventana.
  • Real Decreto 616/2007, de 11 de mayo, sobre fomento de la cogeneración

    . Abrir en una nueva ventana.

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

La normativa vigente establece que los titulares de las instalaciones inscritas en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía eléctrica (RIPRE) o sus explotadores tendrán que enviar, durante el primer trimestre de cada año, una memoria resumen de año inmediatamente anterior a la Dirección General de Energía.

Antes de empezar el trámite, consulta las preguntas frecuentes realtivas a las Memorias anuales de producción eléctrica.

Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Para garantizar que está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, es necesario que cada vez que los necesite utilizar os los descargue. Si reutilice los documentos para otras ocasiones, puede darse el caso de que presente una versión obsoleta.

 

Antes de empezar el trámite, consulta las preguntas frecuentes realtivas a las Memorias anuales de producción eléctrica.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Direcció General d'Energia
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
  • A personas físicas y jurídicas titulares de instalaciones inscritas en el RIPRE
  • A personas físicas y jurídicas explotadoras de instalaciones inscritas en el RIPRE
Plazos

El plazo para presentar la memoria anual es el primer trimestre de cada año (de 1 de enero a 31 de marzo).

Documentación
Documentos a presentar para empezar el trámite
  • Documentació acreditativa per l'acompliment de la disposició transitòria tercera del RD 413/2014.
Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

 

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Presentar

    Este trámite solo se puede hacer por internet.

    Es necesario que se identifique cuando envíe el formulario con idCATMóvil o un certificado digital de:

    • Persona física
    • Persona jurídica
    • Persona vinculada a una organización con capacidad de representación

     

     

    Por Internet

    Descargar el formulario

    Iniciar . Acceder a Descargar el formulario
    • ¿Cómo hacerlo?
      Los pasos a seguir son los siguientes:

    1. Descargar el formulario que corresponda en caso de que el depositario sea una persona física o una persona jurídica.
    2. Rellenar el formulario.
    3. Si corresponde a una instalación incluida en uno de los apartados de la Disposición transitoria tercera del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, adjuntar la documentación acreditativa en el formulario, validarlo y guardarlo.
    4. Volver a la página de tramitación y enviar el formulario siguiendo las instrucciones indicadas en el paso 3 de la página de tramitación.
    5. En el momento de enviar el formulario la persona que efectúe el trámite recibirá el acuse de recibo y copia del formulario enviado.

    En caso que no pueda tramitar por una incidencia en el sistema, vuelva a intentarlo más tarde.

    Alternativamente, si la incidencia persiste o no puede esperar a hacer el trámite, puede utilizar el formulario de instancia genérica que encontrará en la web o en la sede electrónica de su ayuntamiento (o de cualquier otra administración pública). En este caso, recuerde que el cómputo de plazos puede variar y que tendrán que esperar unos días para poder hacer el seguimiento del trámite desde el 'Área Privada'.

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites Gencat.

     
  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Se puede consultar el estado del trámite:

    Se puede consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCat Móvil o/i certificado digital).
    • En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo y qué respuesta se recibe?

    ¿Cuándo y qué respuesta se recibe?

    El trámite hecho por Internet se considera efectuado ante la Administración en el momento del registro telemático en Canal Empresa. Una vez enviado el formulario, Canal Empresa dará un código identificador del trámite y un número de registro de entrada. Además se generará un documento de acuse de recibo que se podrá descargar en cualquier momento desde el mismo portal de Canal Empresa (en la sección Área Privada 'si dispone de certificado digital o en la sección Estado de mis gestiones' si no disponéis), indicando el código identificador del trámite y el NIF del titular o su representante.

     
Fecha de actualización 02.03.2023
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