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20199 - Premis Nacionals d’Artesania Departament d'Empresa i Treball accio
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Premios Nacionales de Artesanía

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CUÁNDO
En plazo

Del 12/05/2025 al 24/07/2025

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Normativa

  • RESOLUCIÓN por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Nacionales de Artesanía de la Generalitat de Catalunya.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9173  publicado el 30/05/2024)
  • RESOLUCIÓN por la que se abre la convocatoria para la concesión de los Premios Nacionales de Artesanía de la Generalidad de Cataluña (código BDNS 770955).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9197  publicado el 04/07/2024)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Los Premios Nacionales de Artesanía tienen el objetivo de incrementar el prestigio en la sociedad de la actividad artesanal, permitir hacer visible la importancia del sector artesano catalán en el conjunto de la actividad creativa y productiva del país y su especial presencia en el ámbito de la emprendeduría.

Según la regulación establecida en el Decreto 182/2014, de 30 de diciembre, sobre la actividad artesanal en Calalunya se considera artesanía a los efectos de esta disposición aquellas actividades incluidas dentro del Repertorio de familias de oficios artesanos, que comportan la formación, creación, producción y transformación de objetos.

Para garantizar que estáis utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que los tengáis que utilizar os los descargáis. Si reutilizáis los documentos por otras ocasiones se puede dar el caso de que presentáis una versión obsoleta.

Las personas, empresas y entidades públicas o privadas solicitantes sólo podrán presentar una única solicitud, es decir, optar a una sola categoría de los Premios.

Plazo de presentación de la solicitud: del 13 de julio al 9 de agosto, ambos incluidos.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Empresa i Treball
  • Consorci de Comerç, Artesania i Moda de Catalunya (CCAM)
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
Entidades

A las personas físicas, las microempresas, las pequeñas y medianas empresas con establecimiento operativo o razón social en Cataluña que desarrollen, o hayan desarrollado, su actividad en el ámbito de la artesanía, a las entidades que las representan a nivel territorial o sectorial, las personas, a los entes públicos y privados que hayan desarrollado actuaciones de prestigio de la artesanía y a los profesionales de otros sectores productivos que hayan implementado un proyecto común de relevancia con un artesano/ana profesional.

Plazos

El plazo para presentar la solicitud es del 13 de julio al 9 de agosto de 2021

Documentación

Documentación a adjuntar al formulario de solicitud:

  • memoria donde se acrediten los méritos de la persona, empresa, entidad pública o privada solicitante (añadir el enlace a la memoria normalizada a la palabra "memoria")

 

El Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (CCAM) podrá pedir cualquier otra información complementaria que considere oportuna.

Requisitos

Las personas, empresas y entidades públicas o privadas solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

 

  • Disponer de establecimiento operativo o razón social en Cataluña.
  • Estar legalmente constituido / da / s inscrito / a / s, en su caso, en el correspondiente registro público, y cumplir las disposiciones vigentes y comprometerse a mantener su cumplimiento mientras se ejerza la actividad inscrita.
  • Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y no tener contraída ninguna deuda con la Generalidad de Cataluña.
  • Cumplir la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
  • En el caso de empresas con 50 o más trabajadores, dar empleo, al menos, a un 2% de trabajadores / as con discapacidad sobre el número total de trabajadores / as de la entidad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social; el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE núm. 94, de 20.4.2005), y el Decreto 86/2015, de 2 de junio (DOGC núm. 6885, de 04.06.2015).
  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • En el caso de empresas con 25 o más trabajadores, indicar, de acuerdo con los agentes sociales, los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y de intervenir en sus centros de trabajo.
  • Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con este fin, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres.
    Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.
  • No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias porque han ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.
  • En relación a la persona ganadora del Premio Nacional de Artesanía, presentar declaración sobre si se han solicitado y / u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y / o obtenida.
  • Cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que les pueda afectar.
Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Otras informaciones

Categorías:

Se establecen seis categorías de Premios:

  • Premio Nacional de Artesanía
    Se premia el global de la trayectoria empresarial de una persona o empresa artesana y su aportación al sector.

 

  • Premio a la Mejor Marca Artesana
    Se premia la mejor marca artesana durante los dos últimos años, valorando aspectos de construcción, concepto, presencia, comunicación y marketing.

 

  • Premio al Talento Emergente
    Se premia a los / las estudiantes, reconociendo el talento aplicado a los proyectos artesanos más viables de las escuelas de Arte y Diseño de Cataluña.

 

  • Premio Prestigia
    Se premia a las personas, empresas, entidades públicas o privadas que mediante su labor hayan contribuido al prestigio y visibilidad de la artesanía en la sociedad.

 

  • Premio Restaura
    Se premia a las personas y empresas, entidades públicas y privadas que hayan realizado la mejor recuperación de elementos patrimoniales mediante la aplicación de oficios artesanos.

 

  • Premio Impulsa
    Se premia a los proyectos de emprendimiento más viables vinculados con la artesanía.

 

Criterios de valoración
El jurado encargado de seleccionar a las personas, empresas y entidades candidatas elaborará la propuesta para que sean galardonadas en base a los criterios y puntuación máxima de 100 puntos por categoría de premio (apartado 3 de las bases).

Jurado
El jurado estará formado por el / la director / a del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (CCAM), que actuará de Presidente, el / la gerente del CCAM que hará las funciones de vicepresidente, el / la jefe del área de artesanía del CCAM, un / a representante de la Federación de Asociaciones de Artesanos de Oficio de Cataluña (FAAOC) y cuatro personas de reconocido prestigio en el mundo de la artesanía, la arquitectura, el arte y el diseño, designadas mediante resolución del / de la director / a del CCAM.

Premios

Los premios consistirán en unos diplomas en los que figurará la inscripción siguiente: Premios Nacionales de Artesanía de la Generalidad de Cataluña, con indicación de la categoría, la fecha de la concesión y del nombre de la entidad, empresa o persona galardonada.

La persona, empresa o entidad ganadora de la categoría Premio Nacional de Artesanía recibirá, además, una pieza conmemorativa y una dotación económica de siete mil euros (7.000,00 €).

El CCAM ofrecerá un servicio de acompañamiento para el desarrollo del proyecto ganador de la categoría Premio al Talento Emergente.

 

Entrega
Los Premios se entregarán a las personas, empresas y entidades galardonadas en un acto público que se anunciará oportunamente.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Presentar

    Descárguese el formulario (puede acceder clicando el enlace que hay en este mismo apartado)

    Plazos
    Del 12/05/2025 al 24/07/2025
    1. Descárguese el formulario (puede acceder clicando el enlace que hay en este mismo apartado)

    2. Rellene el formulario

    3. Adjunte los documentos al formulario, valídelo y guárdelo

    4. Vuelva a la página de tramitación a través del enlace del mismo formulario (al final del documento, justo antes del botón de guardar) y envíe el formulario siguiendo las instrucciones.

       

    5. En el momento de enviar el formulario la persona que efectúe el trámite recibirá el acuse de recibo y copia del formulario enviado. Si no se recibe esta información, significa que el proceso no ha finalizado correctamente.

    Por Internet

    Formulario de solicitud

    Iniciar . Acceder a Formulario de solicitud

    En caso de que no pueda tramitar por una incidencia en el sistema, vuelva a probarlo más tarde.

    Alternativamente, si la incidencia persiste o no se puede esperar a realizar el trámite, puede:

    - Utilizar el formulario de instancia genérica que encontrará en la web o en la sede electrónica de su ayuntamiento (o de cualquier otra administración pública). En este caso, recuerde que el cómputo de plazos puede variar y que tendrá que esperar unos días para poder realizar el seguimiento del trámite desde el 'Área privada'.

  2. 2

    Segundo paso

    Recibir respuesta de la administración

    Cuando se recibe la respuesta de la Administración?

    Cuando se recibe la respuesta de la Administración?

    El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses a contar desde la entrada de las solicitudes en el registro. En caso de que no se dicte y notifique la resolución en plazo, las personas, empresas o entidades solicitantes entenderán que su petición se ha desestimado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.2 e) de la Ley 26/2010 .

     

    ¿Qué respuesta se recibe?

    Los premios se otorgarán mediante resolución del / de la consejero / a de Empresa y Conocimiento a propuesta del jurado, y se notificará a los interesados ​​a través del tablero electrónico de la Generalidad de Cataluña (añadir el enlace en: http://tauler.gencat.cat).

    La publicación de las resoluciones en el panel electrónico de la Generalidad de Cataluña sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.

     

    Se puede presentar un recurso?

    Sí, contra la resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el / la consejero / a de Empresa y Conocimiento en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su notificación, o bien recurso contencioso administrativo directamente ante la jurisdicción contencioso administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución.

     




Fecha de actualización 12.05.2025
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