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  • Reclamación sobre suministro de gas, butano y estaciones de servicio de carburantes
21828 - Reclamació sobre subministrament de gas, butà i estacions de servei de carburants Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Reclamar
  2. 2. Consultar el estado del trámite
  3. 3. Recibir la respuesta de la Administración
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Reclamación sobre suministro de gas, butano y estaciones de servicio de carburantes

Reclamar ante la Administración

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Reclamación sobre suministro de gas, butano y estaciones de servicio de carburantes

Reclamar ante la Administración

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Normativa

  • Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  313  publicado el 31/12/2002)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Las personas usuarias que tengan alguna incidencia con la compañía del gas, en términos de facturación, suministro, acceso a al recurso o calidad de la atención al cliente pueden solicitar a la administración que se pronuncie, interponiendo una reclamación.

Del mismo modo las personas pueden hacer una reclamación en cuanto al servicio, la calidad y la distribución de gas butano.

También se pueden hacer reclamaciones en el caso de la atención recibida o la calidad del carburante en las estaciones de servicio (gasolineras).

Si es un particular, este trámite se puede realizar presencialmente, aunque se recomienda hacerlo por internet.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Este trámite está habilitado para que le puedan ayudar desde una oficina de atención presencial de las que se relacionan a continuación, donde la persona que le atienda puede hacer la tramitación en su nombre, con su consentimiento.

Una vez hecha la reclamación, ésta caducará a los tres años.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Servei d'Hidrocarburs i Bioenergia
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales

Personas usuarias:

  • que tengan un contrato de suministro de gas,
  • o que consuman gas butano,
  • o hayan recibido un servicio que ofrezcan las estaciones de servicio en cuanto a hidrocarburos y otros servicios vinculados.
Plazos

La reclamación se puede presentar en cualquier momento.

Documentación

Documentación a adjuntar a la reclamación:

Junto con el escrito de reclamación, debe adjuntar todos aquellos documentos que prueben y argumenten el motivo de la reclamación, tales como:

  • Facturas, en especial la factura o facturas por las que se está en desacuerdo, en su caso, y se está haciendo la reclamación.
  • Escritos o informes de la empresa comercializadora y/o distribuidora
  • Actas de inspección
  • Fotografías
  • Lectura del contador
  • Certificado de inspección a la instalación
  • Contrato de suministro
  • etc
Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Casos por los que se puede poner una reclamación

A continuación se pueden encontrar ejemplos habituales de casos por los que se puede interponer una reclamación ante la Administración:

  • Desacuerdo con las condiciones del contrato de suministro de gas.
  • Desacuerdo con la facturación de gas en un período.
  • Desacuerdo con la atención al cliente realizada por la comercializadora de gas.
  • Desacuerdo con el corte del suministro de gas.
  • Desacuerdo con las condiciones de alta, de acometida o de baja de suministro de gas.
  • Posible fraude en el suministro de gas.
  • Desacuerdo con el cobro o precio del envase de butano.
  • Desacuerdo con la calidad del carburante (gasolina o gasóleo).
  • Desacuerdo con el servicio recibido en una estación de servicio (gasolinera).
  • Desacuerdo con el funcionamiento de los surtidores de una estación de servicio (gasolinera).
  • Otras reclamaciones diferentes vinculadas al gas, carburantes y butano.

Procedimiento para presentar una reclamación

Lo primero que tiene que hacer el usuario es ponerse en contacto con la distribuidora o comercializadora del gas, ya sea por teléfono, mediante un formulario web o por escrito (con acuse de recibo).

En el caso de suministro de butano u otras incidencias relacionadas con estaciones de servicio esta queja previa no es necesaria

En caso de que no haya respuesta por parte de la empresa o bien esta no sea satisfactoria para la persona usuaria, se podrá presentar la reclamación ante la Administración.

La reclamación se presentará mediante el formulario que se puede encontrar en el 'Paso 1. Reclamar' y una vez el interesado presenta el escrito, la Administración inicia un procedimiento donde estudiará el caso.

Si es necesario, la Administración pedirá a la persona que aporte más documentación para hacer las comprobaciones oportunas y, si no es suficiente y en su caso, hará una inspección a la instalación.

Además la persona también podrá formular las alegaciones que considere convenientes y aportarlas a través del

Área privada o desde el Estado de mis gestiones.

Una vez hechas las comprobaciones y analizado el caso finalizará el procedimiento informando a todas las partes de la resolución de la reclamación o queja.

Hay que recordar que una vez realizada la reclamación, esta caducará a los tres años.

 

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Reclamar

    Este trámite sólo se puede realizar presencialmente si se es un particular, aunque se recomienda hacerlo por internet.

    Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet.

    Al enviar el formulario tiene que identificarse con el idCATMóvil o un certificado digital de:

    • persona física
    • persona jurídica
    • persona vinculada

    Por Internet

    Descargar el formulario

    Iniciar . Acceder a Descargar el formulario

    ¿Cómo hacerlo?

    1. Descargar el formulario desde el enlace que encontraréis en esta misma página.
    2. Rellenar el formulario.
    3. Adjuntar la documentación acreditativa en el formulario de reclamación
    4. Una vez adjuntada la documentación, hay que validar, firmar con certificado digital y guardar el formulario de reclamación.
    5. Volver a la página de tramitación a través del enlace del propio formulario (al final del documento, justo antes del botón de guardar), y enviar el formulario siguiendo las instrucciones indicadas en el paso 3.
    6. En el momento de enviar el formulario la persona que efectúe el trámite recibirá el acuse de recibo y copia del formulario enviado.

    En caso que no pueda tramitar por una incidencia en el sistema, vuelva a intentarlo más tarde.

    Alternativamente, si la incidencia persiste o no puede esperar a hacer el trámite, puede utilizar el formulario de instancia genérica que encontrará en la web o en la sede electrónica de su ayuntamiento (o de cualquier otra administración pública). En este caso, recuerde que el cómputo de plazos puede variar y que tendrán que esperar unos días para poder hacer el seguimiento del trámite desde 'Mi carpeta'.

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat.

    Presencialmente

    También se puede presentar en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con la prórroga establecida en el artículo 6 del Título V del Real decreto Ley 11/2018, de 31 de agosto, por el que se modifica la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    Descargar el formulario

    Dónde puedes hacer el trámite
    • OGE - Cambra Badalona. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Barcelona. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Berga. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Girona. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Granollers. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Igualada. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Manresa. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Mataró. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Reus. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Sabadell. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Sant Feliu de Llobregat. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Terrassa. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Tortosa. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Vic. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Vilafranca del Penedès. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra Vilanova i la Geltrú. Abrir en una nueva ventana.
    • OGE - Cambra l'Hospitalet de Llobregat. Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina de Gestió Empresarial a Barcelona. Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina de Gestió Empresarial de Girona. Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina de Gestió Empresarial de Lleida. Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina de Gestió Empresarial de Tarragona. Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina de Gestió Empresarial de les Terres de l'Ebre. Abrir en una nueva ventana.
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    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Se puede consultar el estado del trámite:

    Se puede consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCat Móvil o/i certificado digital).
    • En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En qualquier Oficina de atención ciutadana (OAC), si se es un particular.
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cómo y cuando se recibe la respuesta?

    ¿Cómo y cuando se recibe la respuesta?

    Una vez finalizado el procedimiento, la persona titular de la Dirección General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera emitirá una resolución indicando el sentido de su decisión dependiendo del supuesto. Los interesados ​​recibirán esta resolución mediante notificación.

    ¿Qué plazo tiene la Administración para responder?

    El plazo para resolver la reclamación es de tres meses una vez la administración tiene toda la documentación para poder ejercer la competencia.

    ¿Cómo se recibe la respuesta?

    Se recibe una notificación electrónica. Se puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.

    Las personas físicas podrán acceder a las notificaciones con idCATMóvil.

    En el caso de personas físicas no obligadas a tramitar electrónicamente con la Generalitat de Cataluña, de acuerdo con la Orden PDA/20/2019, de 14 de febrero, si lo desean podrán recibir las notificaciones en formato papel, si así lo solicitan.

    ¿Se puede presentar recurso?

    Contra la resolución del órgano Técnico competente se puede interponer recurso ante el Director General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera.

    ¿Me pueden cortar el Suministro mientras está la reclamación abierta?

    No.

Fecha de actualización 22.10.2019

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