¿Qué tienes que saber?
TOdos los vehículos deben incorporar un número de identificación que debe ir troquelado o grabar directamente en el bastidor del vehículo en un lugar accesible. Cuando este número se deteriora o no aparece, es necesario hacer un reacuñado antes que pase a ser completamentte ilegible. Para hacerlo posible, es necesario solicitar a la Administración competente que asigne, si es necesario, un nuevo número a acuñar.
Este trámite es exclusivo para las estaciones técnicas de vehículos. En el caso de personas titulares de un vehículo que quieran hacer algún trámite relacionado con el reencunyament, deben dirigirse a una estación de ITV.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Organismo responsable
A las personas titulares de las estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV).
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
35.25
Información ComplementariaEl importe de la tasa es fijo.
- El titular del vehículo es quien solicita el reacuñado a la estación de ITV.
- El director de la estación de ITV valora las circunstancias de cada caso y, si lo considera justificado y de acuerdo con las instrucciones dadas por la Administración, solicita a la sección de ITV la asignación de un nuevo número de bastidor a acuñar.
- Cuando procede, la sección de ITV asigna un nuevo número de bastidor para acuñar.
Circunstancias para solicitar el reacuñado
Las circunstancias que se pueden dar al solicitar el reacuñado del número de bastidor de un vehículo son:
- El vehículo no lleva número de bastidor.
- El número de bastidor es ilegible.
- El número acuñado no coincide con el de la tarjeta ITV.
- El número acuñado no coincide con el formato del facsímil de los archivos de la Dirección General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera.
- El número acuñado no se ha podido justificado el origen de la pieza donde es acuñado el número de bastidor.
Pasos a realizar
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Primer paso
Sol·licitar
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Es necesario que se identifique cuando envíe el formulario con un certificado digital de:
- Persona jurídica
- Persona vinculada a una organización con capacidad de representación
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Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Se puede consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCat Móvil o/i certificado digital).
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Qué respuesta se recibe?
¿Qué respuesta se recibe?
La Administración emite una resolución que la persona titular de la estación de ITV puede consultar y descargar desde Mi carpeta de Canal Empresa. En el caso de no recibir una respuesta, se debe entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
¿Se puede presentar un recurso?
La resolución no agota la vía administrativa. Las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Empresa y Competitividad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución.