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Pasos a realizar

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  2. 2. Consultar el estado del trámite
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Normativa

  • ORDEN IRP/418/2010, de 5 de agosto, sobre la obligación de registro y comunicación a la Dirección General de la Policía de las personas que se alojan en los establecimientos de hospedaje ubicados en Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5693  publicado el 16/08/2010)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Los establecimientos de hospedaje deben comunicar a la Dirección General de la Policía la información sobre los datos del establecimiento y los datos de la persona alojada que señala la normativa.

Esta comunicación debe hacerse por vía telemática mediante la página web de los Mossos d'Esquadra.

Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Interior i Seguretat Pública
  • Direcció General de la Policia
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A todos los establecimientos de hospedaje ubicados en Cataluña. Se incluyen, entre otros:

  • establecimientos hoteleros
  • casas de turismo rural
  • campings
  • apartamentos
  • establecimientos de uso turístico en general
Plazos

La información requerida se debe comunicar dentro del plazo de las 24 horas siguientes al inicio del alojamiento de cada persona.

Documentación

Los establecimientos de hospedaje deben comunicar por vía telemática a la Dirección General de la Policía la información requerida por la normativa por medio de la web de Mossos d’Esquadra.

Para acceder a esta aplicación debe disponerse del nombre de persona usuaria y de la contraseña correspondientes. En el caso de que no se disponga de ellos, en la misma página web se dan las instrucciones que deben seguirse para obtenerlos.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Cualquier persona que se aloje en un establecimiento de hospedaje debe registrarse. Para ello es necesario cumplimentar el modelo de registro de personas alojadas y consignar, como mínimo, la información especificada como obligatoria por la normativa. El formulario también está disponible en las diferentes dependencias de la Policía de la Generalidad – Mossos d’Esquadra.

El establecimiento de hospedaje debe conservar esta información a disposición de la Policía de la Generalidad – Mossos d’Esquadra durante el plazo de 3 años y está obligado a exhibirla cuando se lo requieran.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Comunicar

    Este trámite solo se puede hacer por internet.

    Es necesario que se identifique cuando envíe el formulario con idCAT Mòbil o un certificado digital de persona física, persona jurídica y/o persona vinculada.

    Por Internet

    Comunicar los datos

    Iniciar . Acceder a Comunicar los datos

    Apoyo a la tramitación.

    En caso de que no pueda hacer el trámite debido a una incidencia en el sistema, inténtelo más tarde.

    • Si la incidencia con este trámite persiste más de 24 horas, puede dirigirse al Departamento de Interior mediante la Petición genérica con firma electrónica. Para hacerlo, en el apartado "A quién va dirigida", seleccione "Departamento de Interior", tema “Emergencias y seguridad”, subtema “Seguridad ciudadana”.
    • Si, aun así, la incidencia también afecta a la Petición genérica, puede enviarnos la comunicación mediante una consulta, queja o sugerencia (CQS) al Buzón de contacto de la web de Interior.
    • Alternativamente, si la incidencia persiste y no puede esperar a hacer el trámite, puede utilizar el formulario de instancia genérica que encontrará en la web o en la sede electrónica de su ayuntamiento (o de cualquier otra Administración pública). En este caso, recuerde que el cómputo de plazos puede variar y que debe esperar unos días para poder hacer el seguimiento del trámite desde su Área privada.
  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En el Canal Empresa (con idCAT Mòbil o certificado digital).
    • En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    Una vez comunicada la información, la Dirección General de la Policía deja constancia de que la ha recibido mediante el justificante correspondiente.

    Una vez comunicada la información, la Dirección General de la Policía deja constancia de que la ha recibido mediante el justificante correspondiente.

    ¿Cómo se recibe la respuesta?

    Recibirá una notificación electrónica. Puede acceder a su contenido a través del servicio e-NOTUM.

Fecha de actualización 29.10.2021
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