¿Qué tienes que saber?
- asumir una responsabilidad ambiental y económica,
- mejorar su comportamiento ambiental,
- comunicar sus resultados ambientales a la sociedad y a las partes interesadas en general.
Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Cualquier organización pública o privada puede implementar el EMAS. Con el EMAS III, también pueden acceder al sistema las organizaciones no europeas y las empresas europeas que operan en países no europeos.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe presentar:
- Anexo de datos específicos necesarios para el Registro
- Declaración ambiental validada. Una vez enviado el formulario, se le requerirá de forma automática este documento. Tendrá un nuevo acceso a la carpeta para adjuntarlo. El peso máximo del documento es de 25 MB. Pasado un día desde el aviso de requerimiento, ya no podrá adjuntar.
- Declaración del verificador ambiental sobre las actividades de verificación y validación
- Declaración del verificador ambiental sobre la excepción para organizaciones pequeñas
Esta documentación se debe adjuntar a la solicitud que encontrará en el paso 1 excepto la Declaración ambiental validada.
El tamaño máximo del archivo de solicitud incluyendo los adjuntos es de 5 MB.
Requisitos informativos
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La organización que se quiera adherir al sistema EMAS debe verificar su sistema de gestión ambiental con un verificador ambiental acreditado y presentar la solicitud de adhesión al sistema a la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático del Departament de Territori i Sostenibilitat.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Procedimiento general de implementación del EMAS
El procedimiento general de implementación del EMAS es el siguiente:
- La organización comenzará realizando un análisis ambiental, un análisis inicial de todas las actividades que lleve a cabo para identificar los aspectos ambientales directos o indirectos pertinentes y la legislación ambiental aplicable.
- A continuación deberá implementar un sistema de gestión medioambiental de acuerdo con los requisitos de EN ISO 14001 (anexo II del Reglamento del EMAS).
- El sistema se comprobará mediante auditorías internas y una revisión por parte de la dirección.
- La organización redactará una declaración ambiental del EMAS.
- Un verificador del EMAS acreditado o autorizado comprobará el análisis ambiental y el sistema de gestión ambiental y validará la declaración medioambiental.
- Una vez verificada, la organización presentará una solicitud de registro al organismo competente.
Pasos a realizar
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Primer paso
Inscribirse, renovar y actualizar el Registro
Atención: la tramitación debe hacerse según la tipología del solicitante, mediante:
Atención: la tramitación debe hacerse según la tipología del solicitante, mediante:
- el formulario 'Solicitud de inscripción, revisión y seguimiento del Registro EMAS': personas jurídicas
- EACAT: entidades locales, órganos colegiados, universidades, Generalitat de Catalunya y organismos dependientes.
Ver las explicaciones correspondientes en cada caso, en el apartado 'Por internet'.
Este trámite sólo se puede hacer por internet.
En el caso de personas jurídicas, es necesario que se identifique al enviar el formulario con la idCATMóvil o un certificado digital de persona física, de representante legal o de persona vinculada.
En el caso de los organismos públicos, es necesario que firme el formulario.
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Segundo paso
Consulta del estado del trámite (para personas jurídicas )
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En 'Canal Empresa' (con idCAT Móvil/o certificado digital).
- En el 'Estado de mis gestiones' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración (para personas jurídicas)
¿Cuándo se recibe la respuesta?Una vez presentada la solicitud, desde la Dirección General de Cambio Climático y Calidad Ambiental se comprueba la documentación, la acreditación de la entidad de [...]
¿Cuándo se recibe la respuesta?
Una vez presentada la solicitud, desde la Dirección General de Cambio Climático y Calidad Ambiental se comprueba la documentación, la acreditación de la entidad de verificación y el cumplimiento legal ambiental de la organización solicitante.Si el resultado de todas las comprobaciones es favorable, el director o directora general dicta resolución y comunica el número de Registro EMAS ES-CAT-000000 en el caso que se trate de la primera implementación o bien se emite una resolución donde se comunica la renovación del número de registro.
La Administración tiene 3 meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud para emitir la resolución. Si transcurrido este plazo no se ha recibido la resolución mencionada, se entenderá estimada la solicitud de inscripción.
¿Cómo se recibe la respuesta?
La Administración le enviará un correo electrónico o un SMS en función de los datos que haya informado en la solicitud, indicando que tiene una notificación electrónica, a la que puede acceder:- desde el enlace que conste en el correo electrónico, mediante:
- certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
- idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
- contraseña de un solo uso. Para poder acceder a la notificación por correo electrónico necesita el NIF/CIF del destinatario de la notificación y el número de teléfono o correo electrónico que le consta a la Generalitat como datos de contacto. Estos datos constan en el correo de aviso. Si no encuentra el mensaje en el buzón de entrada por favor revise la carpeta de correo basura (spam).
- desde el apartado 'Notificaciones electrónicas' o desde Canal Empresa, mediante:
- certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
- idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
- contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesita el correo electrónico o el teléfono y el NIF que indicasteis al ser notificados
- desde el espacio personal 'Área privada' de Trámites gencat o de Canal Empresa, mediante:
- certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
- idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
- contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesita el correo electrónico o el teléfono y el NIF que indicasteis al ser notificados
Desde la emisión del aviso de notificación dispone de 10 días naturales para su aceptación o rechazo. Si transcurrido este plazo no ha accedido a la notificación, esta se entenderá rechazada.
Desde el momento en que se accede al contenido de la notificación se entenderá que esta ha estado efectuada (practicada).
¿Qué recursos se pueden interponer?
Se puede interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Transición Ecológica, de conformidad con lo previsto en el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña, y los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de recibir la notificación. - desde el enlace que conste en el correo electrónico, mediante: