¿Qué tienes que saber?
Permite delimitar zonas tampón alrededor de las parcelas de producción de empresas proveedoras de material vegetal susceptible al fuego bacteriano.
Dado el avance de la plaga del fuego bacteriano en la demarcación de Lleida, el Departamento ha comunicado oficialmente al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la pérdida del estatus de zona Protegida respecto al organismo nocivo Erwinia amylovora (fuego bacteriano) de las comarcas de El Segrià, La Noguera, El Pla d’Urgell, Les Garrigues i L'Urgell.
Este trámite solo puede realizarse por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
A las empresas proveedoras de material vegetal que deseen establecer una zona tampón alrededor de sus parcelas de producción para mantener el estatus de zona protegida respecto al fuego bacteriano.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
La documentación a aportar está recogida en la hoja de solicitud:
- Información gráfica y detallada sobre la ubicación de las instalaciones y parcelas de producción de vivero de especies susceptibles y de todas las parcelas que se proponen para la zona tampón, y que en total deberán hacer un radio de 50 km2 a su alrededor, tal y como establece el punto 9 del anexo X del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072 de la Comisión por lo que se establecen condiciones uniformes para la ejecución del Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales y el capítulo 3 de la Orden AAM/77/2015, de 9 de abril, por la que se declara de utilidad pública la lucha contra el fuego bacteriano y se establecen medidas para a su prevención y lucha. En la memoria se deberán especificar las parcelas del radio de 50 km2 que contengan especies susceptibles, incluidas aquellas parcelas o espacios con especies ornamentales y silvestres susceptibles, los cuales también se deberán incluir en las prospecciones. Igualmente se deberá tener en cuenta que la zona tampón debe contener una zona circundante, definida con una banda alrededor de cada parcela de vivero de 500 m de ancho, y el límite de la zona tampón debe situar al menos a 1 km de distancia del límite de las parcelas de vivero.
- Referencia SIGPAC de todas las parcelas, diferenciando parcelas del vivero, zona circundante y zona tampón.
- Propuesta sobre cómo se llevarán a cabo los controles, describiendo el personal que los realizará, las épocas en que se realizarán estas prospecciones, recogida de muestras para su análisis... La propuesta deberá incluir el muestreo previsto, teniendo en cuenta que como mínimo se recogerán 2 muestras asintomáticas / parcela prospectada, o al menos una muestra / 5 ha, y todas las sintomáticas que se detecten.
- Propuesta de registro de las prospecciones en el sistema de autocontrol, que serán como mínimo las siguientes:
- Parcela de vivero: 2 inspecciones en el último ciclo vegetativo completo (una entre junio y agosto, y otro de agosto y noviembre). En estas inspecciones además hay que tomar muestras para detectar infecciones latentes.
- Zona circundante 500 m: 1 inspección entre agosto y noviembre.
- Resto de la zona tampón: 1 inspección en el momento más adecuado.
- En caso de que en las parcelas objeto de la delimitación de zona tampón se realice la importación de abejas, estas deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real decreto 1201/1999, de 9 de julio, por el que se establece el programa nacional de erradicación y control del fuego bacteriano de las rosáceas, y el punto 3 del anexo X del Reglamento de ejecución (UE) 2019/2072 de la Comisión, y por lo tanto se deberá adjuntado acreditación de que las colmenas provienen de una zona protegida, o provienen de terceros países reconocidos como exentos de la plaga, de determinados cantones suizos libres de la plaga, o de otras zonas protegidas.
- Solicitud de zona tampón (A0320.9-DO6).
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Este trámite solo puede hacerse por internet. Al enviar el formulario debe identificarse con idCATMóvil o un certificado digital de persona física, jurídica o vinculada.
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Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
- En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
El Departamento hará una resolución de aprobación o denegación de la zona tampón.
El Departamento hará una resolución de aprobación o denegación de la zona tampón.