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  • Solicitud de compatibilidad para actividades públicas y/o privadas del personal del Departamento de Salud y de su sector público
22419 - Sol·licitud de compatibilitat per a activitats públiques i/o privades Departament de Salut accio
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  • ¿A quién va dirigido?
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  • Documentación
  • Requisitos
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar la compatibilidad
  2. 2. Estado del trámite
  3. 3. Respuesta de la Administración
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Solicitud de compatibilidad para actividades públicas y/o privadas del personal del Departamento de Salud y de su sector público

Solicitar la compatibilidad al Departamento de Salud

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Solicitud de compatibilidad para actividades públicas y/o privadas del personal del Departamento de Salud y de su sector público

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Normativa

  • Normativa relacionada

    . Abrir en una nueva ventana.
  • LEY 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalidad.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  923  publicado el 04/12/1987)
  • Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  4  publicado el 04/01/1984)
  • DECRET 98/1985, d'11 d'abril, sobre procediment per a l'aplicació de les incompatibilitats al personal al servei de la Generalitat.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  531  publicado el 24/04/1985)
  • DECRETO 307/1985, de 31 de octubre, sobre las normas y el procedimiento para la aplicación de las incompatibilidades al personal sanitario al servicio de la Generalidad.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  621  publicado el 04/12/1985)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Es la autorización que debe obtener el personal adscrito a o que presta servicios en el Departamento de Salud, las entidades sanitarias del sector público vinculadas al Departamento de Salud y las entidades privadas que forman parte del SISCAT para llevar a cabo una segunda actividad pública o privada.


¿Cuándo hay que solicitar?

Es obligatorio solicitarla en los casos siguientes:

Cuando se quiere ejercer una segunda actividad pública o privada.
Cuando se han modificado las circunstancias o condiciones de cualquier actividad que se haya autorizado previamente.


La posibilidad de desarrollar una segunda actividad en el sector público es excepcional y obliga a obtener la autorización expresa de compatibilidad.

Se pueden autorizar segundas actividades en el sector privado siempre que no impidan el cumplimiento estricto de los deberes propios de la actividad pública ni comprometan la independencia o imparcialidad de las personas que las ejercen, y cuando cumplan el resto de requisitos que establece la normativa (límite horario, no coincidencia horaria, etc.).

IMPORTANTE: Este es un trámite específico para el personal que presta servicios en el Departamento de Salud o en cualquier entidad vinculada a este Departamento. 

Solo se puede realizar en línea. La documentación que aportes por otro canal no se tiene en cuenta ni se computa a efectos de la fecha de presentación.

Consulta el apartado Ayuda a la tramitación de la web gencat.cat para obtener más información.

Para recibir asistencia técnica, puedes llamar al 012.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Salut
  • Secretaria General
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
  1. Personal del Departamento de Salud.

  2. Personal que presta servicios en entidades sanitarias del sector público vinculadas al Departamento de Salud.

  3. Siempre que ejerzan otra actividad incluida en el artículo 1.2 de la Ley 21/1987, el personal que presta servicios:
    • En entidades privadas que forman parte del SISCAT.

    • En mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

Este trámite no va dirigido a los altos cargos, que disponen de un trámite específico.

Plazos

Debes obtener la autorización antes de ejercer un segundo puesto de trabajo o actividad, ya sea pública o privada.

Cuando se produzca una modificación en las circunstancias o condiciones de cualquiera de las actividades que desarrolles y que hayan sido previamente autorizadas, el plazo es de 10 días desde la modificación.

Documentación

 Con la solicitud tienes que adjuntar:

  1. Compatibilización con actividad privada:

1. Actividad por cuenta ajena: un certificado de la empresa que incluya la descripción de las tareas a llevar a cabo por la persona interesada, con concreción de la jornada en cómputo semanal y la distribución horaria semanal.

2. Actividad por cuenta propia o en ejercicio libre de la profesión: una declaración de la persona solicitante donde conste el tipo de actividad y la descripción de las tareas que desarrollas, la dedicación horaria en cómputo semanal y el horario semanal. Puedes utilizar este modelo de declaración de actividad privada.

  1. Compatibilización con actividad pública:

Con la finalidad de agilizar el procedimiento se recomienda que aportes un informe de la entidad pública principal y de la entidad pública secundaria, donde conste:

  • Denominación del puesto de trabajo
  • Funciones desarrolladas
  • Jornada de trabajo (anual y semanal) y horario concreto de prestación de servicios.
  • Retribución anual bruta, indicando si la persona interesada percibe o no un complemento por el factor de incompatibilidad o asimilado. En caso de que se superen los 90.000 euros anuales, es necesario hacer constar el desglose de las retribuciones anuales por conceptos retributivos.

Documentos

Vídeos de apoyo a la tramitación

Cómo tramitar con formularios HTML

Cómo acceder a mis trámites y hacer el seguimiento

Vídeos de ayuda con las notificaciones electrónicas

Please wait..., Consejos para abrir los formularios PDF

Modelo de declaración de activitades privadas por cuenta propia

Más información sobre compatibilidad en el Departamento de Salud

Requisitos

Se tiene que presentar la solicitud de autorización de compatibilidad antes de empezar la segunda actividad.

No es necesario pedir la compatibilidad para las actividades del artículo 2 de la Ley 21/1987.

Tasas

No existen tasas asociadas a este trámite.

 

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar la compatibilidad

    Este trámite solo se puede realizar en línea. 

    Para enviar el formulario te puedes identificar con el idCAT Móvil o un certificado digital.

    Por Internet

    Sol·licitar la compatibilitat

    Iniciar . Acceder a Sol·licitar la compatibilitat
    1. Rellena el formulario directamente, sin descargarlo (aunque debes tener el Adobe Acrobat actualizado para poder consultar la confirmación de recepción que recibirás después de realizar el trámite).
    2. Adjunta la documentación que se indica en el mismo formulario de solicitud. Para añadir la documentación anexa, cliquea sobre el botón “Adjuntar” y así podrás buscar en tu ordenador el documento correspondiente y adjuntarlo. El nombre del fichero adjunto no puede contener espacios en blanco, acentos ni diéresis.
    3. Valídalo. El formulario solo se valida si has rellenado todos los datos obligatorios.
    4. Envía el formulario.

    Con el envío del formulario estás firmando el envío. Firmar el envío significa que firmas la solicitud y los documentos adjuntos.

    En caso de duda, puedes consultar el apartado Cómo realizar trámites con formularios HTML de Trámites gencat.


    Confirmar la tramitación realizada

    • Si la solicitud se ha enviado correctamente, te aparecerá la confirmación de recepción en la pantalla.
    • Guárdala o imprímela, ya que contiene el registro de entrada, que es la fecha en que se ha iniciado este procedimiento, y puede ser importante en determinados cómputos y plazos.
    • También contiene el identificador del trámite, que te sirve para poder conocer el estado de la tramitación desde Área privada de este mismo portal.

    Si la solicitud contiene algún error, el envío no se realizará y aparecerá un mensaje en que se especifica el error.

    En caso de que tengas problemas de tramitación, consulta las recomendaciones del apartado Ayuda a la tramitación de Trámites gencat.

    Puedes comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de la Sede electrónica, donde encontrarás toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se han producido.

    En caso de que no puedas tramitar por una incidencia en el sistema, vuelve a intentarlo más tarde.

    Para recibir asistencia técnica llama al 012.

  2. 2

    Segundo paso

    Estado del trámite

    Puedes hacerlo en:

    Puedes hacerlo en:

    • Área privada(con idCAT Móvil y/o certificado digital)
    • Estado de mis gestiones (Trámites gencat) (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
    • Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)

    Para más información, puedes consultar el apartado Cómo acceder a mis trámites y hacer seguimiento.

  3. 3

    Tercer paso

    Respuesta de la Administración

    ¿Cuándo recibirás la respuesta?

    ¿Cuándo recibirás la respuesta?

    El Departamento tiene un plazo de 3 meses, desde la presentación de la solicitud, para resolver el procedimiento. Si pasado este plazo no ha emitido ninguna resolución, la solicitud se considerará desestimada.

    IMPORTANTE: En caso de que las actividades que quieres desarrollar se declaren incompatibles, sólo podrás mantener la actividad principal indicada en la solicitud. Eso quiere decir que tendrás que dejar de ejercer la actividad o actividades secundarias declaradas incompatibles.

    Si has presentado la solicitud por error y trabajas en otro departamento de la Generalitat o en una entidad no vinculada al Departamento de Salud, tu solicitud se derivará al órgano o a la entidad correspondiente.


    ¿Cómo recibirás la respuesta?

    Recibirás la respuesta mediante una notificación electrónica que se deposita en el portal de notificaciones e-NOTUM.

    Para más información, consulta el apartado de Trámites gencat.

    También la puedes consultar en tu área privada, accediendo al trámite con el código de solicitud del trámite y el DNI/NIF.

    ¿Puedes presentar un recurso?

    Contra la resolución que autoriza o deniega la compatibilidad, puedes presentar recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución.

Fecha de actualización 01.10.2024
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