¿Qué tienes que saber?
El departamento de Salud dispone de las siguientes fuentes de información en el ámbito de la salud:
- Registro de mortalidad de Cataluña (RMC).
- Encuesta de salud de Cataluña (ESCA).
- Estadística de establecimientos sanitarios en régimen de internamiento (EESRI)
- Estadística de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE).
Puedes solicitar datos anónimos y datos originales y confidenciales para estadística oficial de estas fuentes de forma presencial o telemática.
Si eres un particular puedes hacer este trámite presencialmente o por internet. Para enviar el formulario hay que identificarse digitalmente con un idCAT móvil o certificado digital.
Si eres autónomo, profesional, empresa, entidad o perteneces a otros colectivos, has de hacer el trámite por Internet.
Si eres una persona jurídica, debes firmar el formulario mediante un certificado digital de representación.
A cualquier persona a título particular o en nombre de una entidad.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Si actúas en nombre de la persona interesada, tienes que adjuntar el documento que acredite la representación. No hace falta que lo aportes si eres el representante y estás inscrito en el Registro electrónico de representación Representa.
Documentación que debes aportar:
- Para acceder a datos anónimos, según el nivel de desagregación de dichos datos, se puede requerir la declaración solemne de secreto estadístico o el compromiso de secreto estadístico.
- Para acceder a datos originales y confidenciales (los que permiten una identificación directa o indirecta) para estadística oficial se requiere la documentación siguiente:
- Convenio de cesión de datos con finalidades estadísticas entre la entidad solicitante y el Departamento de Salud.
- Compromiso de secreto estadístico del responsable de la entidad.
- Declaración solemne de secreto estadístico personal.
- Comunicado de destrucción de datos.
No has de pagar ninguna tasa para hacer este trámite.
Para acceder a datos individualizados de Salud para proyectos de investigación debes dirigirte a la Agencia de Calidad y Evaluación Sanitarias (AQuAS), al Programa público de analítica de datos para la investigación y la innovación en salud (PADRIS) padris@gencat.cat.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Si eres un particular puedes hacer este trámite presencialmente o por internet. Para enviar el formulario hay que identificarse digitalmente con un idCAT móvil o certificado digital.
Si eres autónomo, profesional, empresa, entidad o perteneces a otros colectivos, has de hacer el trámite por Internet.
Si eres una persona jurídica, debes firmar el formulario mediante un certificado digital de representación.
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Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes hacerlo:
Puedes hacerlo:
- En el área privada (con idCAT móvil o certificado digital).
- En el estado de mis gestiones (con el código de la solicitud del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En cualquier oficina d’atenció ciutadana (OAC), si eres un particular.
Encontrarás más información a Como acceder y hacer seguimiento de mis trámites.
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Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cuándo recibirás la respuesta?
¿Cuándo recibirás la respuesta?
- El plazo máximo para responder es de un mes desde el día siguiente a la presentación de la solicitud.
- Este plazo se puede prorrogar hasta un plazo igual a la mitad del inicial, si lo justifican el volumen o la complejidad de la información.
- Si transcurre ese periodo y no se ha dictado resolución expresa, la solicitud se entenderá estimada por silencio administrativo, a menos que una norma con rango de ley establezca expresamente un efecto desestimatorio.
- Si una solicitud es estimada total o parcialmente, recibirás la información en el plazo de treinta días.
¿Cómo recibirás la respuesta?
- Si eres un particular, recibirás la notificación electrónica y una copia en papel en la dirección postal que consta en el formulario. Si has seleccionado únicamente por medios electrónicos, no recibirás la copia en papel.
- Si eres autónomo, profesional, empresa u otros colectivos, recibirás una notificación electrónica. Puedes acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.
¿Puedo presentar un recurso?
- Sí, en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación, puedes interponer un recurso potestativo de reposición delante del mismo órgano que ha dictado la resolución.
- O, en el plazo de dos meses, un recurso contencioso-administrativo delante del Juzgado Contencioso Administrativo.
- En el plazo de un mes desde la recepción de la notificación, también puedes interponer una reclamación gratuita y voluntaria ante la Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública.