¿Qué tienes que saber?
Son ayudas para proyectos de investigación originales e inéditos en materia de calidad democrática, que permitan obtener resultados científicos y propuestas de intervención aplicables en este ámbito.
Los trabajos de investigación deben versar sobre alguno de los temas siguientes:
- Los retos de la participación on line: análisis de diferentes herramientas y experiencias de participación on line para detectar qué elementos hacen que sean más o menos utilizados por la ciudadanía.
- La incorporación de las iniciativas sociales en los espacios de toma de decisión: análisis de los elementos que dificultan o facilitan la inclusión de iniciativas sociales en las agendas de los gobiernos, tanto desde la perspectiva de las administraciones como de las propias iniciativas.
- La participación interna de las organizaciones sin ánimo de lucro: análisis de entidades y plataformas que han logrado dinamizar su participación interna y movilizar más agentes de la sociedad civil.
- La innovación democrática en el mundo local: análisis de experiencias exitosas de participación ciudadana en el ámbito local, tanto en el diseño como en la gestión de políticas, servicios, espacios o equipamientos públicos.
- Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
- Plazo de justificación: del 11 de septiembre al 10 de octubre de 2024.
A las universidades que forman parte del sistema universitario catalán y a las entidades públicas o privadas de Cataluña sin finalidad de lucro que tengan la investigación como una de sus actividades principales.
- Periodo de presentación de solicitudes: agotado.
- Plazo de justificación: del 11 de septiembre al 10 de octubre de 2024.
Documentación a presentar con la solicitud
En las solicitudes, se acompañará la documentación que se detalla a continuación:
- Proyecto de investigación que se presenta para ser subvencionado, incluyendo las fechas de inicio y finalización previstas y el lugar de realización del proyecto, según modelo.
- Los datos profesionales de la persona investigadora principal y de las personas miembros del equipo de investigación de acuerdo con el Sistema de Información de Ciencia, Tecnología e Innovación (SICTA), según modelo normalizado.
- Presupuesto completo y detallado del proyecto, en el que figuren todos los gastos previstesi los ingresos previstos, la cuantía de la subvención que se solicita y el detalle de las fuentes de financiación, de la línea de subvenciones correspondiente. En caso de que la actividad subvencion
- da consista en diferentes actuaciones, el presupuesto se desglosará por actuaciones y por conceptos de gasto.
El impreso de solicitud incluirá declaraciones responsables sobre los aspectos que se detallan a continuación y que la persona solicitante ratifica mediante la firma de la solicitud.
Las personas solicitantes deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y las siguientes condiciones:
- La cuenta donde se debe ingresar el importe de la subvención incluido en el impreso de solicitud debe pertenecer a la persona / entidad beneficiaria de la subvención.
- Presentardeclaració responsable de no haber solicitado ni recibido ayudas, premios o subvenciones para el mismo proyecto por parte de la Generalidad de Cataluña o de otras administraciones o entidades públicas o privadas nacionales o internacionales.
- En caso de que la realización de la actividad objeto de la subvención utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, las personas solicitantes deben cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.
- La entidad solicitado no debe haber sido sancionada por resoluciones administrativas firmes ni por sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género. Asimismo, las personas solicitantes deben respetar lo establecido en la Ley 17/2015, del 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Las entidades sin ánimo de lucro deben estar inscritas en el registro correspondiente.
- En el caso de ser una empresa con 50 o más trabajadores, cumplir con la cuota legal de reserva de puestos de trabajo en la plantilla de la empresa prevista en el artículo 42.1 del Texto refundido de la Ley General de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o con las medidas alternativas de carácter excepcional previstas por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, y por el Decreto 86/2015, de 2 de junio.
- En Elca de empresas de plantilla igual o superior a 25 personas, disponer de los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, y para intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
- En el casde centros laborales, la normativa de política lingüística que deben cumplir es la siguiente: hacer constar, al menos en catalán, los rótulos y las informaciones de carácter fijo y que contengan texto que deben figurar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajan.
- En el caso de centros y establecimientos abiertos al público, la normativa a cumplir es: atender a los consumidores en cualquiera de las lenguas oficiales de Cataluña y redactar, al menos en catalán, la señalización y los carteles de información general de carácter fijo y los documentos de oferta de servicios para las personas usuarias y consumidoras de los establecimientos abiertos al público.
- En el caso de líneas de subvenciones en que la persona beneficiaria pueda ser una asociación o una fundación: Tener los estatutos de la entidad adaptados a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, antes del 31 de diciembre de 2012.
- En el caso de fundaciones, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales ante el Protectorado.
- En caso de que la subvención se destine a actividades que impliquen contacto habitual con menores, disponer de las certificaciones legalmente establecidas, o haberlas solicitado antes de la resolución de concesión, para acreditar que el personal de la empresa o entidad que solicita la subvención no ha sido condenado por sentencia firme por delito contra la libertad e indemnidad sexual, y que en caso de que cambie alguna persona adscrita al proyecto o actividad subvencionada, se compromete a realizar la comprobación oportuna con respecto al caso.
- Las personas solicitantes de estas subvenciones deben adherirse al código ético que figura como anexo 2
No tienes que pagar tasas para este trámite.
En la solicitud se determinará la persona responsable de la ejecución del proyecto.
La ejecución del proyecto corresponde a un equipo de investigación adscrito a la entidad beneficiaria.
Los equipos de investigación deben estar constituidos por:
a) Al menos cuatro personas investigadoras con dos doctores/as, los cuales deben tener dedicación completa y estar vinculados estatutaria o contractualmente a la plantilla universitaria o de la entidad. Una de estas dos personas asume la responsabilidad del proyecto y puede actuar en nombre y representación de la entidad beneficiaria.
Las personas con contratos ICREA, Ramón y Cajal u otros contratos posdoctorales con una duración mínima de dos años computan como miembros del equipo de investigación con vinculación permanente.
b) Una persona de la organización sobre la que verse la investigación.
El resto del equipo puede tener la siguiente composición: personal vinculado contractualmente o estatutariamente a las personas beneficiarias, becarios/as, personal contratado predoctoral o postdoctoral con credencial o personal técnico de apoyo a la investigación, que puede formar parte del equipo siempre que tenga carácter investigador.
c) Pueden formar parte de los equipos de investigación personas vinculadas a otras instituciones o entidades no universitarias ni de investigación relacionadas con el tema de estudio de la propuesta.
No puede constar ninguna persona como miembro de dos o más equipos de investigación.
Los miembros de los equipos de investigación pueden ser de diferentes universidades o centros de investigación, pero el proyecto, a efectos económicos y administrativos, queda vinculado a la institución de adscripción de la persona responsable.
Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir los principios éticos recogidos en los códigos éticos del sector de la investigación.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 08/09/2022 al 07/10/2022 -
Segundo paso
Aportar documentación
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Tercer paso
Aceptar la propuesta provisional de la subvención
Plazos
Del 13/02/2023 al 24/02/2023 -
Cuarto paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Qué respuesta se recibe?La resolución de la convocatoria corresponde a la Secretaría de Transparencia y Gobierno Abierto, a propuesta del órgano instructor, de acuerdo con las actas de las dos fases [...]
¿Qué respuesta se recibe?
La resolución de la convocatoria corresponde a la Secretaría de Transparencia y Gobierno Abierto, a propuesta del órgano instructor, de acuerdo con las actas de las dos fases de evaluación.¿Cuándo se recibe la respuesta?
La propuesta de resolución provisional de concesión de las ayudas se notificará a los interesados mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña (https://tauler.seu.cat/). Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional contendrá la lista de solicitantes propuestos para ser beneficiarios de las ayudas y las personas o entidades que forman parte de la lista de reserva, si lo hubiere, debidamente priorizada en función de la puntuación obtenida. Asimismo, se incluirá la lista de solicitantes propuestos como denegados.
La aceptación de la ayuda se formalizará mediante un documento normalizado firmado por la persona responsable del proyecto y por el representante legal de la institución beneficiaria y, se presentará en el registro de la AGAUR, o de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la propuesta de resolución provisional de concesión. Posteriormente se resolverá la convocatoria de forma definitiva.
¿Se puede presentar un recurso?
Contra la resolución definitiva, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada, de conformidad con lo previsto en los artículos 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, ante la persona titular del Departamento de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente para la defensa de sus intereses.
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Quinto paso
Recibir la ayuda
El pago de la ayuda se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente indicada con esta finalidad por los beneficiarios.
El pago de la ayuda se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente indicada con esta finalidad por los beneficiarios.
El importe de la ayuda se entrega en dos pagos. El primero, equivalente al 80% del total, en concepto de anticipo.
El pago del 20% restante se tramita cuando la entidad beneficiaria haya presentado la documentación justificativa, y se haya comprobado la correcta adecuación de la documentación presentada de acuerdo con lo previsto en la base reguladora 16.
Con carácter previo al pago, la AGAUR comprobará que los beneficiarios estén al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia de Administración Tributaria y con la Administración Tributaria de Cataluña, así como de las obligaciones con la Seguridad Social. De acuerdo con lo previsto en la base reguladora 8.2, la firma de la solicitud por parte de la persona beneficiaria implica la autorización para efectuar la comprobación. Si, como consecuencia de las anteriores comprobaciones, se detecta alguna irregularidad, la AGAUR requerirá a las entidades interesadas la presentación de los certificados correspondientes.
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Sexto paso
Aportar el informe intermedio sobre el estado de ejecución del proyecto
Plazos
Del 10/12/2023 al 10/01/2024 -
Séptimo paso
Justificar la subvención
La cuenta justificativa con aportaciones de justificantes de gasto que los beneficiarios de la subvención deberán presentar deberá contener la siguiente documentación:
Plazos
De l'11/09/2024 al 10/10/2024La cuenta justificativa con aportaciones de justificantes de gasto que los beneficiarios de la subvención deberán presentar deberá contener la siguiente documentación:
1-Una memoria explicativa del proyecto ejecutado en la que se indiquen las actividades realizadas y los resultados obtenidos, con el modelo normalizado que sea editable y reutilizable.
2-Una memoria económica sobre el coste de las actividades realizadas, en el que conste:
a) Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con:
- identificación del acreedor o acreedora
- el número de la factura o documento de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil
- el importe
- la fecha de emisión
- y, en su caso, la fecha de pago y una copia, también en soporte electrónico, que sea editable y reutilizable.
b) Las copias digitalizadas:
- de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, o
- de la documentación acreditativa del pago, consistente en extracto bancario o, en el caso de pago en efectivo, documentación acreditativa de la percepción de la importe por parte del acreedor o acreedora.
3-Una declaración responsable del beneficiario con el contenido mínimo siguiente:
- Que las copias digitalizadas de los justificantes de los gastos presentados reproducen exactamente los documentos originales en poder de la persona beneficiaria.
- Que los justificantes de gasto han imputado a las diferentes fuentes de financiación de modo que no se supera el importe unitario de cada justificante.
- Que el total de las fuentes de financiación no supera el coste de la actuación subvencionada.
- Que se dispone de un sistema de contabilidad separada o que los justificantes de gasto tienen asignado un código contable común a las transacciones relacionadas con la actuación subvencionada.
4-Una liquidación del total del presupuesto del proyecto que se presentó con la solicitud, donde se indicarán los ingresos y los gastos del proyecto subvencionado y, en su caso, deben motivar a las desviaciones respecto al presupuesto inicial, según el modelo normalizado.
5-Los presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, debe haber solicitado la persona beneficiaria.