Para poder garantizar tu privacidad en este web y no dejar rastro de tu actividad, ten en cuenta lo siguiente:

Salir rápido

1. Dispones del botón Salir rápido para salir inmediatamente.

pdf

2. Cuando abras un PDF, simplemente visualízalo, sin guardarlo.

esborrar-historial

3. Asegúrate de borrar tu historial de navegación antes de salir.

mode-incognit

4. Utiliza la navegación privada o de incógnito.

Saltar al contenido principal
. Abrir en una nueva ventana.Logotipo de la Generalitat
Menú
  • Contacto
  • Idioma: es
    • Català
Buscador

Buscador

Servicios de Internacionalización
Servicios de Innovación
Servicios para Startups
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Inicio
  • Accede a “Ayudas y servicios”
    • Por dónde empezar
    • Accede a “¿Quieres crecer?”

      • Asesoramiento en crecimiento y estrategia empresarial
      • Cupones de estrategia
      • Ayudas de crecimiento y cambio estratégico
      • Clústers: colaborar para reforzar la estrategia
      • Oficina Next Generation EU
      • Oficina Pública para la Transformación de las Industrias de Movilidad y Automoción
      • Servicio de crecimiento empresarial
      • Accede a “¿Quieres crecer?”

    • Accede a “¿Quieres innovar?”

      • Asesoramiento en innovación y tecnología para la empresa
      • Cupones de innovación
      • Ayudas I+D europeas
      • Accede a “I+D en la empresa”

        • Asesoramiento para proyectos de I+D
        • Protección de la propiedad intelectual e industrial
        • I+D con centros tecnológicos y grupos de investigación TECNIO
        • Ayudas para proyectos de I+D empresarial
        • Accede a “I+D en la empresa”

      • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

        • Ayudas a la innovación tecnológica y verde
        • Innovación digital avanzada
        • Innovación verde
        • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

      • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

        • Aceleración de proyectos de innovación disruptiva
        • Ayudas a proyectos de innovación abierta y disruptiva
        • Catalonia Exponential Leaders
        • Retos y soluciones de innovación abierta
        • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

      • Accede a “Servicios para Startups”

        • Directorio de startups en Cataluña
        • Financiación para startups
        • Ayudas Startup Capital
        • Accede a “Servicios para Startups”

      • Accede a “¿Quieres innovar?”

    • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

      • Asesoramiento en internacionalización y comercio internacional
      • Respondemos. Plan de defensa de la Cataluña de todos
      • Barreras en el comercio internacional
      • Accede a “Empieza a exportar”

        • Iniciación a la exportación
        • Cupones de internacionalización
        • Trade Portal: información práctica para exportar
        • Accede a “Empieza a exportar”

      • Accede a “Expansión internacional”

        • Acceso a licitaciones internacionales
        • Ayudas de multilocalización: nuevas filiales en el extranjero
        • Ayudas de promoción internacional
        • Ayudas para exportar a través de canales digitales
        • Exportación con las Oficinas Exteriores de Cataluña
        • Internacionalización sectorial
        • Encontrar compradores internacionales
        • Accede a “Expansión internacional”

      • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

    • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

      • Captación de socios internacionales
      • Apoyo para empresas extranjeras establecidas en Cataluña
      • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

    • Financiación
    • Buscador de ayudas y servicios para la empresa. Abrir en una nueva ventana.
    • Banco de conocimiento. Abrir en una nueva ventana.
    • Accede a “Ayudas y servicios”

    Ayudas y servicios

    Accede a “Ayudas y servicios”

  • Países
  • Sectores
  • Actividades
  • Accede a “ACCIÓ”
    • La Agencia
    • Delegaciones territoriales
    • Red de Oficinas Exteriores de Comercio e Inversiones
    • Sala de prensa y comunicación
    • Preguntas frecuentes
    • Contacto
    • Accede a “ACCIÓ”

    ACCIÓ

    Accede a “ACCIÓ”

  • Inicio
  • Ayudas y servicios
  • Subvenciones para proyectos de fortalecimiento de la estructura y las capacidades de las ONGD para actividades del año 2024
23695 - Subvencions per projectes d'enfortiment de l'estructura i les capacitats de ONGD per activitats 2024-COO045 Departament d'Unió Europea i Acció Exterior accio
  • ¿Qué tienes que saber?
  • ¿Qué es?
  • ¿A quién va dirigido?
  • Plazos
  • Documentación
  • Requisitos
  • Tasas

Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Aportar documentación
  3. 3. Aceptación tácita, reformulación y otra documentación requerida
  4. 4. Recibir la respuesta de la Administración
  5. 5. Recibir la ayuda
  6. 6. Presentar recurso
  7. 7. Justificar la subvención
  • Ir a: Solicitar
  • Ir a: ¿Qué es?
  • Ir a: ¿A quién va dirigido?
  • Ir a: Plazos
  • Ir a: Documentación
  • Ir a: Requisitos
  • Ir a: Tasas
  • Ir a: Pasos a realizar

Subvenciones para proyectos de fortalecimiento de la estructura y las capacidades de las ONGD para actividades del año 2024

Solicitar

QUIÉN
Entidades
CÓMO
Por Internet
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 15/01/2024 al 21/02/2024

Por Internet Iniciar
Saber más

Subvenciones para proyectos de fortalecimiento de la estructura y las capacidades de las ONGD para actividades del año 2024

Solicitar

Por Internet Iniciar
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 15/01/2024 al 21/02/2024

QUIÉN
CÓMO
Entidades Por Internet

¿Necesitas ayuda?

Suscripción a los avisos informativos

Recibirás información de novedades generales relacionadas con este trámite como el inicio de plazos, cambios en los formularios, etc...

Añadir como trámite favorito en el área privada

Estará siempre disponible y puedes elegir si ver los avisos informativos allí o recibirlos por correo.

Suscripción solo con un correo electrónico

Recibirás los avisos informativos en tu correo. Para gestionar las suscripciones, entra en tu área privada.

Normativa

  • RESOLUCIÓN EXT/4362/2023, de 19 de diciembre, por la que se abre la convocatoria de subvenciones para proyectos de fortalecimiento de la estructura y las capacidades de las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo, para actividades del año 2024 (ref. BDNS 734089).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9067  publicado el 27/12/2023)
  • RESOLUCIÓN EXT/3951/2023, de 24 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de fortalecimiento de la estructura y las capacidades de las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9050  publicado el 28/11/2023)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Este trámite tiene por objeto la concesión de las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a fomentar proyectos de fortalecimiento de la estructura y las capacidades de las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo catalanas con compromiso con la igualdad de género, los derechos humanos y la paz que trabajan en cooperación al desarrollo y/o educación global, de acuerdo con lo que establece el Plan director de cooperación al desarrollo 2023-2026 (de ahora en adelante, Plan director), aprobado por la Resolución 769/XIV del Parlament de Catalunya.

Ampliación del plazo de presentación de solicitudes durante 3 dias hábiles

Ya que durante el último día establecido para realizar el trámite se interrumpió temporalmente el funcionamiento de la sede electrónica de la Generalidad, y de acuerdo con la base 10.4 de la convocatoria, el trámite se podrá llevar a cabo durante los tres (3) días hábiles consecutivos siguientes.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Unió Europea i Acció Exterior
  • Agència Catalana de Cooperació al Desenvolupament
¿A quién va dirigido?
Entidades

En las ONGD (asociaciones, fundaciones y cooperativas sin ánimo de lucro) catalanas con compromiso con la igualdad de género, los derechos humanos y la paz que trabajan en el ámbito del desarrollo, el fomento de la paz, la acción humanitaria y/o la educación global, de acuerdo con lo que establece el Plan director.

Plazos

Plazo de presentación de la solicitud de subvención: del 15 de enero al 16 de febrero de 2024.

Documentación

Junto con el formulario de solicitud de subvención, las entidades solicitantes tendrán que aportar la documentación siguiente: 

  • Proyecto narrativo (según modelo normalizado)
  • Presupuesto completo del projecto desglosado por partidas (según modelo normalizado)
  • Cronograma de actividades (según modelo normalizado)

Documentos

Proyecto narrativo

Presupuesto completo del projecto desglosado por partidas

Cronograma de actividades

Requisitos

Las entidades que quieran optar por una subvención tienen que cumplir los requisitos siguientes:

  1. Estar inscritas al Registro de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que establece la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo, gestionado por la ACCD, o al Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). La inscripción a los registros se tiene que haber producido, como mucho, en la fecha de la publicación de la convocatoria correspondiente en el DOGC. La ACCD comprobará de oficio la inscripción al Registro de ONGD y al Registro del AECID.
  2. Ser miembros o estar vinculadas jurídicamente a entidades de segundo nivel, con sede en Cataluña, que tienen por objeto social el apoyo a actividades de desarrollo, fomento de la paz, la acción humanitaria y/o la educación global. Se entiende por entidad de segundo nivel la persona jurídica sin ánimo de lucro, formada por personas jurídicas y legalmente constituida y registrada en un registro catalán.
  3. Disponer de sede social y fiscal a Cataluña.
  4. Los establecidos por el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

En el formulario de solicitud hay que hacer constar, mediante una declaración responsable, que la entidad solicitante cumple los requisitos siguientes:

  1. No estar sometida a las causas que impiden adquirir la condición de beneficiaria que se establece en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y las que define el artículo 99 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.
  2. En el caso de recibir aportaciones de otras administraciones o entidades públicas o privadas para la misma finalidad, incluir una declaración en qué se haga constar la relación detallada de la entidad concedente y la cantidad solicitada y/o obtenida, o bien una declaración responsable que ni la entidad ni ningún órgano que dependa han pedido u obtenido subvenciones o ayudas para la misma finalidad de ningún organismo de las administraciones públicas ni de ninguna entidad privada.
  3. Si la actividad objeto de la subvención comporta el uso de elementos susceptibles de generar derechos de autor, que se cumple la normativa sobre propiedad intelectual.
  4. En caso de que la suma del importe solicitado sea superior a 10.000 euros, que las entidades solicitantes tendrán que declarar las retribuciones de sus órganos de dirección o administración, de acuerdo con el que establecen la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y el Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública. La declaración tiene que detallar la información sobre cada cargo directivo de manera individual, y no de todo el personal directivo de manera global. Esta declaración responsable también se tiene que presentar en el caso que el personal directivo, o parte de este personal, no perciba ninguna retribución, y hay que indicar esta circunstancia.
  5. En caso de que perciba subvenciones o ayudas públicas de importe superior a 100.000 euros anuales, o bien perciba subvenciones o ayudas públicas de importe superior a 5.000 euros anuales siempre que estos representen, como mínimo, el 40% de sus ingresos anuales, que se cumplen con las obligaciones de transparencia activa, de acuerdo con lo que establece el Decreto 8/2021, de 9 de febrero.
  6. Que las personas solicitantes se adhieren al Código ético que consta como anexo 2 de esta Resolución.
  7. No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género. Asimismo, las entidades solicitantes tienen que respetar lo que establece la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  8. En el caso de centros con 50 trabajadores o más, que cumple con la cuota legal de reserva de puestos de trabajo en la plantilla de la empresa establecida por el artículo 42.1 del texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o con las medidas alternativas de carácter excepcional establecidas por el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, y por el Decreto 86/2015, de 2 de junio.
  9. En el caso de centros con plantilla igual o superior a 25 personas, y con respecto a la prevención y detección de casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, que la entidad cumple la normativa aprobada por la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, indicando los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso en razón de sexo, y para intervenir en los centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril.
  10. Aplicar un plan de igualdad de acuerdo con lo que establece la Ley 17/2015, de 21 de julio, sobre disponer de medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
  11. En el caso de fundaciones y asociaciones, que ha adaptado los estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y a la Ley 5/2011, del 19 de julio, de modificación del anterior.
  12. En el caso de fundaciones, que ha cumplido el deber de presentar las cuentas anuales delante del protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.
  13. Que las personas de la entidad que desarrollan actividades que impliquen contacto habitual con menores no han sido condenadas por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidad sexual, y que, en caso de que cambie a alguna persona adscrita al proyecto, la entidad se compromete a hacer la comprobación oportuna con respecto al caso.
  14. En los centros laborales, cumplimiento de la normativa de política lingüística: hacer constar, al menos en catalán, los letreros y las informaciones de carácter fijo y que contengan texto que tienen que figurar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajan.
  15. Cuando se trate de centros y establecimientos abiertos al público, cumplimiento de la normativa de política lingüística: atender a los consumidores en cualquiera de las lenguas oficiales de Cataluña y redactar, al menos en catalán, la señalización y los carteles de información general de carácter fijo y los documentos de oferta de servicios para las personas usuarias y consumidoras de los establecimientos abiertos al público.
  16. Cumplimiento de las otras obligaciones que establecen en la base reguladora 21.
Tasas

No se tienen que pagar tasas para este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Plazos
    Del 15/01/2024 al 21/02/2024

    Por Internet

    Formulario de solicitud

    Iniciar . Acceder a Formulario de solicitud

    La solicitud de la subvención la tenéis que presentar mediante el formulario electrónico de solicitud y la siguiente documentación:

    • Proyecto narrativo (según modelo normalizado)
    • Presupuesto completo del projecto desglosado por partidas (según modelo normalizado)
    • Cronograma de actividades (según modelo normalizado)
  2. 2

    Segundo paso

    Aportar documentación

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación
  3. 3

    Tercer paso

    Aceptación tácita, reformulación y otra documentación requerida

    Plazos
    Del 28/05/2024 al 10/06/2024

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación

    La subvención se entenderá aceptada tácitamente si la entidad propuesta provisionalmente como beneficiaria no presenta ninguna alegación o su desistimiento en el plazo de diez (10) días hábiles a contar del día siguiente de la publicación de la propuesta de resolución provisional de concesión en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya.

    En caso de que el importe otorgado en la propuesta provisional sea inferior al solicitado, la entidad propuesta como beneficiaria tendrá que presentar la reformulación del presupuesto. La reformulación la tenéis que presentar mediante el formulario electrónico de aportación de documentación.

    • Formulario asociado a la propuesta de resolución provisional 
    • Presupuesto del proyecto con la reformulación 
    • Cronograma de actividades con la reformulación

    En caso de que en la propuesta de Resolución provisional se pida otra documentación, esta se tendrá que presentar mediante el formulario electrónico de aportación de documentación.

  4. 4

    Cuarto paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    De acuerdo con lo que establece la base reguladora 12.4 de la RESOLUCIÓN EXT/3951/2023, de 24 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de [...]

    De acuerdo con lo que establece la base reguladora 12.4 de la RESOLUCIÓN EXT/3951/2023, de 24 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de fortalecimiento de la estructura y las capacidades de las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo y la base 9.1 de la convocatoria, el órgano instructor del procedimiento para la concesión de las subvenciones es la persona responsable del área de Gestión de Convocatorias.

    Asimismo, y de acuerdo con la base 12.5 de la RESOLUCIÓN EXT/3951/2023, de 24 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de fortalecimiento de la estructura y las capacidades de las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo y la base 9.2 de la convocatoria, el órgano competente para la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones es el Consejo de Administración del ACCD. Mediante el Acuerdo del Consejo de Administración de 26 de octubre de 2017 se delega esta función en la persona titular de la Dirección del ACCD.

    La resolución de concesión de las subvenciones se tiene que dictar y notificar o publicar en el plazo máximo de 6 meses a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria. Una vez transcurrido este plazo sin resolución expresa, las solicitudes se entienden desestimadas (base reguladora 12.2).

    La resolución del procedimiento de concesión o denegación de las subvenciones se notifica mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos (base reguladora 15.2).

  5. 5

    Quinto paso

    Recibir la ayuda

    De acuerdo con lo que establece la base reguladora 18.1 de la RESOLUCIÓN EXT/3951/2023, de 24 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de [...]

    De acuerdo con lo que establece la base reguladora 18.1 de la RESOLUCIÓN EXT/3951/2023, de 24 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de fortalecimiento de la estructura y las capacidades de las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo, la entidad colaboradora hará el pago a las entidades beneficiarias por adelantado y de una sola vez cuando se haya publicado la resolución definitiva de concesión de la convocatoria correspondiente. Para el pago de este adelanto no se exige la presentación de garantía.

    Con carácter previo al pago, el ACCD comprobará que las entidades beneficiarias estén al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Administración Tributaria de Cataluña, así como de las obligaciones con la Seguridad Social. Si como consecuencia de las anteriores comprobaciones, se detecta alguna irregularidad, la entidad colaboradora requerirá a las entidades interesadas la presentación de los certificados correspondientes.

  6. 6

    Sexto paso

    Presentar recurso

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación

    Para presentar un recurso a la subvención, se tiene que presentar el formulario electrónico de aportación de documentación y será necesario adjuntar el resto de documentación que se considere pertinente.
    La extensión máxima es de 2.500 caracteres.

  7. 7

    Séptimo paso

    Justificar la subvención

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación

    Todas las subvenciones otorgadas al amparo de estas bases se tienen que justificar con la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto dentro de un plazo máximo de tres (3) meses contados desde la fecha de finalización del proyecto, de acuerdo con el Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones.

    Se puede ampliar el plazo de justificación, a petición de la entidad beneficiaria y siempre que no exceda la mitad del plazo inicial. La solicitud se tiene que hacer por escrito, antes de que finalice el plazo inicial de justificación, mediante Tràmits gencat.

    Una vez finalizada la actividad y dentro de un plazo máximo de tres meses a contar de la fecha de finalización, la entidad subvencionada tendrá que presentar a la entidad colaboradora un informe final justificativo del coste total del proyecto, incluida la parte no subvencionada por el ACCD, mediante el formulario electrónico de justificación y la siguiente documentación:

    • Una memoria explicativa técnica.
    • Cronograma.
    • Memoria final económica, que tiene que contener:
      1. una copia simple de las facturas y recibos y de los documentos justificativos del pago;

      2. una relación clasificada de los gastos del proyecto, con indicación del acreedor, número de factura o documento de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil, el importe y la fecha de emisión, y la fecha de pago.

    • Si procede, porque hay valorizaciones, estas se tienen que acreditar con certificaciones de la persona representante legal de la entidad que valoriza. En el modelo normalizado, hay que especificar quién hace la aportación, la titularidad del bien (mueble o inmueble) valorizado y qué tarea de voluntariado se ha valorizado. También hay que desglosar el importe de la valorización.
    • Documentación acreditativa del uso del logotipo del ACCD en los elementos informativos y de difusión por parte de todas las entidades beneficiarias.
    • Tres fotografías de la actuación financiada por el ACCD, con una anchura mínima de 1.024 píxeles y una resolución mínima de 72 PPI. La función de estas imágenes es ilustrativa, con el objetivo de complementar la difusión que desde el ACCD se hace de los proyectos subvencionados a la web del ACCD y a las redes sociales. En todos los casos hay que hacer constar la autoría de la obra.
    • En caso de que haya gastos subvencionables por un importe igual o superior al umbral de contratos menores (con el IVA o el impuesto local asimilable excluido) establecido por el artículo 118.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, hay que presentar la elección entre las ofertas presentadas y se tiene que justificar expresamente en una memoria cuándo no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

     

Fecha de actualización 11.01.2024
Loading...

¿No sabes por dónde empezar?

¿Quieres saber qué ayudas y servicios pueden encajar mejor con tu empresa?

Cuéntanos qué buscas y te ayudaremos a encontrarlo

Sigue las redes sociales de ACCIÓ

  • Icono de Twitter
  • Icono de Facebook
  • Icono de LinkedIn
  • Icono de Youtube
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Accesibilidad
  • Aviso legal
  • Canal ético
  • Mapa web
  • Política de Cookies
  • Preguntas frecuentes