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24098 - legalitzar-documents-academics Departament d'Educació i Formació Professional accio
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Normativa

  • Ordre ECD/3305/2002, de 16 de desembre,

    . Abrir en una nueva ventana.

    per la qual es modifiquen les de 14 de març de 1988 i 30 d'abril de 1996, per a l'aplicació del que disposa el Reial decret 104/1988, de 29 de gener, sobre homologació i convalidació de títols i estudis estrangers d'educació no universitària (BOE núm. 311, de 28.12.2002).

  • Ordre de 30 d’abril de 1996,

    . Abrir en una nueva ventana.

    per la qual s'adeqüen a la nova ordenació educativa determinats criteris en matèria d'homologació i convalidació de títols i estudis estrangers de nivells no universitaris i se'n fixa el règim d'equivalències amb els corresponents espanyols (BOE núm. 112, de 8.5.1996).

  • Reial decret 806/1993, de 28 de maig,

    . Abrir en una nueva ventana.

    sobre règim de centres docents estrangers a Espanya (BOE núm. 149, de 23.6.1993).

  • Ordre de 14 de març de 1988,

    . Abrir en una nueva ventana.

    per a l'aplicació del que disposa el Reial decret 104/1988, de 29 de gener, sobre homologació i convalidació de títols i estudis estrangers d'educació no universitària (BOE núm. 66, de 17.3.1988).

  • Reial decret 104/1988, de 29 de gener,

    . Abrir en una nueva ventana.

    sobre homologació i convalidació de títols i estudis estrangers d'educació no universitària (BOE núm. 41, de 17.2.1988).

  • ORDEN EDU/189/2021, de 6 de octubre, por la que se determina el procedimiento de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de enseñanzas no universitarias y de equivalencia de la escolaridad.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8521  publicado el 13/10/2021)
  • DECRETO 238/2008, de 2 de diciembre, por el que se asignan al Departamento de Educación las funciones y los servicios traspasados a la Generalidad de Cataluña en materia de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros en enseñanzas no universitarias.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5272  publicado el 04/12/2008)
  • REAL DECRETO 1388/2008, de 1 de agosto, sobre ampliación de funciones y servicios traspasados a la Generalitat de Cataluña por el Real Decreto 2809/1980, de 3 de octubre, en materia de enseñanza: homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros en enseñanzas no universitarias.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5214  publicado el 12/09/2008)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Es el trámite que tienes que hacer si has cursado estudios en el sistema educativo español y quieres que tengan validez en un país extranjero.

La Administración revisa que todos los documentos que presentas sean originales y válidos y, si es así, certifica la autenticidad (legalizando la firma de los certificados de estudios o de los títulos).

Esta validez (legalización) te permitirá que los estudios sean reconocidos oficialmente en el país extranjero.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Educació i Formació Professional
  • Direcció General d'Atenció a la Família i Comunitat Educativa
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía

A las personas que han cursado estudios en el sistema educativo español y quieren hacer valer estos estudios en un país extranjero.

Plazos

La puedes solicitar en cualquier momento.

Requisitos
  • Los documentos tienen que estar en lengua castellana.
  • Los certificados académicos
    • tienen que ser documentos originales,
    • expedidos por la secretaría del centro donde hayas cursado los estudios, y
    • que tengan la firma manuscrita del director o directora (también el nombre y apellidos y el cargo).
  • Los títulos académicos
    • tienen que ser documentos originales.
      Si solo tenso el título provisional, tienes que pedir en el centro donde has cursado los estudios:
    • un certificado en que se indique que el título definitivo está en trámite, y
    • que tenga la firma manuscrita del director o directora (también el nombre y apellidos y el cargo).
Tasas

Este trámite es gratuito.

Procedimiento para legalizar los documentos

En el procedimiento para legalizar los documentos hay un paso previo que es el de legalizar las firmas de los documentos. Este es el paso que tienes que hacer con este trámite:

Certificados
Tienes que ir a los servicios territoriales del Departamento de Educación y Formación Profesional de donde depende el centro educativo que ha hecho el certificado para legalizar la firma del director o directora del centro educativo o al Consorcio de Educación de Barcelona para los centros situados en la ciudad de Barcelona.
Cada servicio territorial legaliza las firmas de los certificados de los centros situados en su ámbito territorial.

Títulos
Tienes que ir a cualquier de los servicios territoriales del Departamento de Educación y Formación Profesional o al Consorcio de Educación de Barcelona para legalizar las firmas de los títulos mediante la firma del consejero o consejera.

Una vez legalizadas las firmas, continúa el proceso para legalizar los documentos que varía en función de si el país extranjero de destino de los documentos es signatario del Convenio de La Haya de 1961 o no lo es.

Consulta la lista de países que han subscrito el Convenio de La Haya.

  1. Países signatarios del Convenio de La Haya
    Para los países que han subscrito este convenio, el procedimiento es más simple, puesto que solo necesitas la apostilla de La Haya (legalización única), que certifica la autenticidad del documento. Esta apostilla la puedes obtener a través de los organismos siguientes:
    • Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Palau de Justicia, ps. de Lluís Companys, 14-16, 08018, Barcelona; teléfono 934 866 183).
    • Ministerio de Justicia, gerencia territorial (c. de Caballero, 52-56, 08014, Barcelona; teléfono 933 494 180).

      Una vez has obtenido la apostilla ya tienes el documento legalizado y los estudios podrán ser reconocidos oficialmente en el país extranjero.

  2. Países no signatarios del Convenio de La Haya
    En este caso, la legalización se lleva a cabo por vía diplomática, por lo tanto, el procedimiento es más largo, pero asegura que los documentos sean reconocidos oficialmente en los países que no forman parte del Convenio de La Haya. Consulta el web del Ministerio de Asuntos exteriores, Unión Europea y Cooperación de España.

Así mismo, algunos países extranjeros también piden un sello adicional de la representación consular en Barcelona. Te recomendamos que te pongas en contacto con el consulado o la embajada del país de destino por saber si es necesario este sello o no.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicita la legalización

    Haz la solicitud para aportar, presencialmente, la documentación que tienes que legalizar para que sea reconocida en el extranjero.

    Haz la solicitud para aportar, presencialmente, la documentación que tienes que legalizar para que sea reconocida en el extranjero.

    Presencialmente

    Et recomanem demanar cita per evitar esperes.

    Pide cita . Acceder a Ves a la cita

    Si se trata de un certificado, tienes que solicitar la legalización de firma a los servicios territoriales de donde depende el centro educativo donde cursaste los estudios; si se trata de un título puedes solicitarla en cualquier de los servicios territoriales o en el Consorcio de Educación de Barcelona.

  2. 2

    Segundo paso

    Recibe respuesta de la Administración

    ¿Cómo y cuando recibirás la respuesta?

    ¿Cómo y cuando recibirás la respuesta?

    El procedimiento no es inmediato. Los servicios territoriales te indicarán como y cuando tienes que recoger el documento con la firma legalizada.

Fecha de actualización 19.03.2025
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