¿Qué tienes que saber?
Subvenciones por las actividades realizadas durante el año 2024.
Se subvenciona, como máximo, hasta el 60 % del coste global de las actividades, con una cuantía máxima de 12.500 euros por entidad.
Presenta la solicitud del 1 al 15 de septiembre de 2025.
A federaciones y confederaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos de centros educativos no universitarios de Cataluña.
- Presentación de la solicitud: del 1 al 15 de septiembre de 2025.
- Presentación de la justificación de la subvención: del 1 al 15 de septiembre de 2025.
- Aportación de documentos: del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2025.
Documentos a adjuntar para solicitar la subvención:
- Una relación en la que se hace constar el ámbito geográfico de actuación y el número y el detalle de las asociaciones que integran la federación o confederación, según modelo normalizado.
- Escritura digitalizada de constitución pública y de los estatutos, y de todas las modificaciones que se hayan realizado hasta la fecha de presentación de la solicitud.
- Poderes o documentación acreditativa digitalizada de la representación con la que se actúa.
No es necesario aportar esta documentación si la firma electrónica acredita que la persona firmante tiene poderes suficientes para actuar en nombre de la persona representada.
Las entidades y asociaciones que han presentado en anteriores convocatorias la documentación mencionada en los puntos b y c no deben volver a presentarla si no han transcurrido más de 5 años y no se han modificado los datos.
Documentos a adjuntar para justificar la subvención:
- Una memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de cada una de las actividades solicitadas, con un máximo de 10, en las que se indiquen las actividades y resultados obtenidos, según el modelo normalizado.
- Una memoria económica sobre el coste de las actividades realizadas, donde consten todos los detalles expuestos en el apartado 8.3 de la Orden EDF/78/2025, de 23 de mayo.
- Estar legalmente constituidas.
- Tener sede social en Cataluña.
- No incurrir en ninguno de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiario.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y la Generalitat de Cataluña, y de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Dar cumplimiento a la normativa sobre política lingüística.
- No haber sido sancionadas, por resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de personas con discapacidad o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Y el resto de requisitos y condiciones que establecen las bases reguladoras en el punto 3 del anexo.
Este trámite es gratuito.
La comisión de evaluación otorga hasta un máximo de 100 puntos a las solicitudes, según los criterios que se establecen en el apartado 10 de la Orden EDF/78/2025, de 23 de mayo.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitad la subvención
Consultad las Instrucciones para solicitar por internet subvenciones destinadas a las federaciones y confederaciones de AMPA para las actividades que han llevado a cabo durante el año 2024 antes de [...]
Plazos
Del 01/09/2025 al 15/09/2025Consultad las Instrucciones para solicitar por internet subvenciones destinadas a las federaciones y confederaciones de AMPA para las actividades que han llevado a cabo durante el año 2024 antes de hacer la solicitud.
Para poder presentar la solicitud electrónicamente, es necesario que la entidad o su representante legal disponga de un certificado digital válido y vigente emitido por cualquier entidad de certificación clasificada por el Consorcio de Administración Abierta de Cataluña como válida para identificar la ciudadanía y las entidades ante las administraciones públicas catalanas. La relación de certificados digitales válidos la puedes consultar en Apoyo a la tramitación por internet en Trámites gencat.
En caso de que la entidad o su representante legal no dispongan de certificado digital, puedes obtener uno en los centros emisores correspondientes, según los tipos de certificado. Puedes consultar la relación de centros emisores en Apoyo a la tramitación por internet de Trámites gencat.
Consulta el estado del trámite en la sección Área privada.
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Segundo paso
Justificad la subvención
El trámite sólo será efectivo cuando se hayan enviado los dos formularios (solicitud y justificación) y la documentación complementaria de estos.
Plazos
Del 01/09/2025 al 15/09/2025El trámite sólo será efectivo cuando se hayan enviado los dos formularios (solicitud y justificación) y la documentación complementaria de estos.
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Tercer paso
Aportad documentos, haced alegaciones o desistid
La entidad puede presentar en cualquier momento los documentos que quiera o necesite aportar por requerimiento del Departamento; no puede tramitar por esta vía la solicitud y la justificación (ni sus [...]
Plazos
Del 01/09/2025 al 31/10/2025La entidad puede presentar en cualquier momento los documentos que quiera o necesite aportar por requerimiento del Departamento; no puede tramitar por esta vía la solicitud y la justificación (ni sus documentos adjuntos).
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Cuarto paso
Recibid la respuesta de la Administración
¿Cuando recibiréis la respuesta?
¿Cuando recibiréis la respuesta?
Recibiréis la respuesta en un plazo máximo de 6 meses, desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGC.
¿Cómo recibiréis la respuesta?
Las resoluciones provisional y definitiva de la convocatoria se notificarán mediante la publicación al Tablero electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña.
¿Qué tenéis que hacer una vez otorgada la subvención?
Tenéis que rellenar la declaración de aceptación de la subvención y la declaración de las retribuciones de los órganos de dirección o de administración.
¿Cómo recibiréis la subvención?
La recibiréis en un solo pago.