Para aligerar los costes operativos de las PYMES y personas trabajadoras autónomas que hayan visto reducir significativamente sus ingresos como consecuencia del Covid-19, se establece un mecanismo para la renegociación y aplazamiento del pago de alquileres de locales de negocio a grandes propietarios o empresas públicas.
En el supuesto de que el propietario sea diferente a los anteriores, se facilita el uso de la fianza como mecanismo de pago, que se tendrá que volver a depositar en el plazo de un año. La moratoria al pago del alquiler se aplicará de manera automática y afectará en el periodo de tiempo que durará el estado de alarma y sus prórrogas. Para las mensualidades siguientes en el estado de alarma también se podrá aplicar, y será prorrogable una a una, sin que se puedan superar en ningún caso los cuatro meses.
FINALIZADO