El suministro de gas natural a los consumidores a través de redes de distribución en instalaciones receptoras de gas es gestionado por los distribuidores, que otorgan la conexión a la red, y por|para los comercializadores, que formalizan contratos de suministro con los consumidores.
La actividad de distribuidoras, comercializadoras y consumidoras de combustibles gaseosos está sometida a la inscripción estatal.
Las empresas distribuidoras son las personas jurídicas titulares de las instalaciones de distribución que tienen por función la distribución de gas natural a través de canalización, así como del mantenimiento, la construcción y la operación de las instalaciones de distribución destinadas a situar el gas en los puntos de consumo. Estas son todas las funciones de los distribuidores, que no pueden comprar ni vender gas en el sistema.
Para ejercer la comercialización de gas natural en Cataluña se tiene que comunicar por escrito a la Generalitat el inicio de la actividad mediante el trámite de comunicación para ejercer la actividad de comercialización de gas natural. Las empresas comercializadoras de gas son agentes que compran y vienen y suministran gas a su cartera de clientes. No pueden ser propietarios de infraestructuras y acceden al sistema solicitando y contratando la capacidad de entrada a los transportistas, y la de salida a los distribuidores a través de sus infraestructuras.